Autorizan viaje de Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 003-2020-MINAM
Lima, 6 de enero de 2020
VISTOS; los Memorandos N° 01037-2019-MINAM/VMDERN y 00004-2020-MINAM/VMDERN, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe N° 00005-2019-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;
Que, conforme a lo dispuesto en los literales a) y f) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, son funciones del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, diseñar la Política y Estrategia Nacional de Gestión Integrada de los Recursos Naturales y supervisar su implementación, en el marco de la Política Nacional del Ambiente y en coordinación con las entidades correspondientes; así como verificar el cumplimiento de las disposiciones de los tratados, convenios y otros instrumentos internacionales sobre materia ambiental, en el ámbito de su competencia;
Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en los literales a), c) y d) del artículo 65 de la acotada norma, la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental tiene la función de Elaborar e implementar los instrumentos técnicos de carácter nacional, programas y proyectos relacionados a la valoración económica ambiental, al desarrollo e implementación de instrumentos económicos ambientales y al financiamiento ambiental, en el marco de la normatividad vigente, en el ámbito de sus competencias y en coordinación con las entidades correspondientes Implementar acciones vinculadas a los tratados, convenios, convenciones y otros instrumentos internacionales relacionados con el crecimiento verde, en coordinación con las entidades correspondientes; así como, diseñar y promover instrumentos económicos y financieros que faciliten la inversión pública y privada en la conservación y uso sostenible de la biodiversidad, los servicios ecosistémicos y la protección del ambiente, en coordinación con las entidades correspondientes;
Que, mediante Carta de fecha 15 de octubre de 2019 (Expediente N° 2019053487), la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) remite al MINAM, la invitación a participar en la “13 Reunión de la Iniciativa de Gobernanza del Agua de la OCDE”, que se llevará a cabo en la ciudad de París, República Francesa, el 09 y 10 de enero del 2020;
Que, a través del Memorando N° 01037-2019-MINAM/VMDERN y Memorando N° 00004-2020-MINAM/VMDERN, el Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales remite su solicitud de autorización de viaje al exterior, así como de la señora Analía Aramburú Inga, profesional de la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental siendo que ambas participaciones en el referido evento permitirá: (i) Posicionar al Perú respecto a las condiciones de gobernanza del agua expresados en el primer borrador del Informe País; e interactuar con los demás miembros de la Iniciativa de Gobernanza del Agua (WGI), que representa el inicio de alianzas a nivel técnico para concluir las etapas restantes del Diálogo sobre Políticas de Gobernanza del Agua en el Perú (DPGA) y la futura implementación de recomendaciones; (ii) Retroalimentación y recomendaciones de los miembros y expertos del WGI sobre el primer borrador del Informe País; que cuenta con conclusiones y recomendaciones preliminares, tanto de la gobernanza a nivel nacional y subnacional; y, iii) Coordinar con el equipo OCDE respecto a la organización y metodología de la próxima misión al Perú, en la que se llevará a cabo el seminario de políticas en la cual se pondrá en debate la propuesta preliminar del plan de acción con entidades gubernamentales y no gubernamentales vinculadas a la gestión de recursos hídricos;
Que, teniendo consideración que dichas participaciones irrogarán gastos al Tesoro Público por concepto de viáticos y pasajes aéreos internacionales que serán cubiertos por el MINAM; la Oficina General de Administración remitió las correspondientes certificaciones presupuestales;
Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros;
Que, asimismo, el artículo 1 del referido Decreto Supremo, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos correspondientes, la autorización de viaje, en caso irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo;
Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Gabriel Quijandría Acosta, Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, y de la señora Analía Alejandra Aramburú Inga, profesional de la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental, a la ciudad de París, República Francesa, del 7 al 10 de enero de 2020, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, serán cubiertos, por el Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle:
Gabriel Quijandría Acosta
Pasajes Internacionales US$ 1,857.04
Viáticos (por 3 días) US$ 1,620.00
Analía Alejandra Aramburú Inga
Pasajes Internacionales US$ 1,857.04
Viáticos (por 3 días) US$ 1,620.00
Artículo 3.- Encargar las funciones del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, a la señora Lies Araceli Linares Santos, Viceministra de Gestión Ambiental, en adición a sus funciones, a partir del 8 de enero de 2020 y en tanto dure la ausencia del titular.
Artículo 4.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, los servidores cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberán presentar un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Ministerio del Ambiente; así como, la respectiva rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación.
Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Despacho Viceministerial de Gestión Ambiental, a la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental y a la Oficina General de Recursos Humanos, para los fines correspondientes.
Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Fabiola Muñoz Dodero
Ministra del Ambiente
1843141-1