Aprueban el Plan Operativo Institucional - POI 2020 del Ministerio Público
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 3788-2019-MP-FN
Lima, 30 de diciembre de 2019
VISTOS:
El Oficio N° 1680-2019-MP-FN-GG, de la Gerencia General de fecha 26 de diciembre de 2019; el Oficio N° 2759-2019-MP-FN-GG-OGPLAP, de fecha 23 de diciembre de 2019 de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, y el Oficio N° 1482-2019-MP-FN-OGASEJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, ambos de fecha 23 de diciembre de 2019; relacionados con el Plan Operativo Institucional – POI 2020 del Ministerio Público, y;
CONSIDERANDO:
Mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 053-2018-CEPLAN/PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN modifica la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, donde se establecen las pautas para la elaboración, implementación, seguimiento y evaluación de las políticas y planes institucionales, teniendo en cuenta las Políticas de Estado, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional Perú hacia el 2021, la Pre-imagen del Perú al 2030, las políticas nacionales, sectoriales y territoriales.
El numeral 71.3 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley n°28411, ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala que los planes operativos institucionales reflejan las metas presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar a corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las metas presupuestarias establecidos para dicho periodo; así como, la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada órgano o unidad orgánica.
De conformidad con lo establecido en Decreto de Urgencia N° 014-2019 - Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto para del Sector Público por el Año Fiscal 2020, se ha establecido el presupuesto del pliego 022: Ministerio Público; y estando a los lineamientos que establece la Guía para el Planeamiento Institucional aprobado por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 053-2018-CEPLAN/PCD, el Plan Operativo Institucional POI-2020 del Ministerio Público se ha actualizado y es consistente con el Presupuesto Inicial de Apertura (PIA) 2020.
El Plan Operativo Institucional – POI 2020 del Ministerio Público, como instrumento orientador y articulador de la gestión institucional, establece las actividades operativas priorizadas vinculadas al cumplimiento de los Objetivos y Acciones Estratégicas Institucionales aprobadas en el Plan Estratégico Institucional – PEI 2018 - 2022 del Ministerio Público; cuya ejecución permite producir bienes o servicios y realizar inversiones en un periodo anual, por lo que dicho documento de gestión debe ser aprobado por el Titular del Pliego para su estricto cumplimiento por todo el personal de la Institución, bajo responsabilidad funcional.
Por lo expuesto, resulta necesario expedir el acto resolutivo que apruebe el Plan Operativo Institucional – POI 2020 del Ministerio Público.
Contando con los vistos de la Gerencia General, Oficina General de Planificación y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64° de Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Plan Operativo Institucional – POI 2020 del Ministerio Público; documento que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina General de Planificación y Presupuesto sea la encargada del seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional POI – 2020 aprobado en el artículo precedente.
Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina General Tecnologías de la Información, la difusión de la presente Resolución y del Plan Operativo Institucional - POI 2020 aprobado, en el Portal Institucional del Ministerio Público (www.mpfn.gob.pe), así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).
Artículo Cuarto.- Disponer que la presente resolución sea publicada en el diario oficial El Peruano.
Artículo Quinto.- Remitir copia de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Oficina General de Planificación y Presupuesto, y Oficina General de Asesoría Jurídica, para conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese y comuníquese y publíquese.
ZORAIDA AVALOS RIVERA
Fiscal de la Nación
1842861-1