Autorizan viaje de Presidente del Consejo Regional de Ucayali a Corea del Sur, en comisión de servicios
CONSEJO REGIONAL
ACUERDO REGIONAL
Nº 215-2023-GRU-CR
Pucallpa, veintitrés de octubre de dos mil veintitrés.
POR CUANTO:
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización – Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”.
Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”.
Que, el artículo 3° del nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: “El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadora de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificaciones y conexas”. Así mismo, el artículo 5° precisa que, el Consejo Regional, es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fiscalizadoras. Tiene autonomía normativa, administrativa, política, fiscalizadora e investigación en los asuntos de su competencia.
Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 23 de octubre de 2023, mediante Citación N° 035-2023-GRU-CR-SCR, se dispone como tercer punto, el Pedido N° 007-2023-GRU-CR-MJAH, de fecha 18 de octubre de 2023, el Consejero Regional – Manuel Jesús Antonio Huamán, solicita mediante Acuerdo Regional autorización de viaje al exterior del país, del 14 al 22 de noviembre de 2023, con la finalidad de participar en el Foro de Economía Innovadora de Corea y Perú, a realizarse los días 15 al 21 de noviembre de 2023, en Gwang Ju - Seúl – República de Corea del Sur.
Que, el Consejero Regional – Manuel Jesús Antonio Huamán, en su intervención en el debate señala que, mediante Carta el Dr. Soo Yuong Kim, representante de KPIED – Asociación para el Desarrollo de la Industria Fotónica de Korea (Korea Association Photonics Industry Developmkent), le invita a participar del Foro de Economía Innovadora de Corea y Perú, a realizarse en Gwang Ju - Seúl – República de Corea del Sur, del 15 al 21 de noviembre de 2023, donde se desarrollaran temas de importancia para el desarrollo industrial del país, desarrollándose temas como la exposición de nuevas tecnologías de productos de la industria de Convergencia Fotónica; la nueva Economía Innovadora Korea-Perú; Desarrollo de Contenidas de Conservación Sostenible para la Selva Amazónica. Así mismo, señala que KPIED está cubriendo todos los gastos de hospedaje, alimentación y traslado en Gwang Ju - Seúl –República de Corea del Sur; respecto al pasaje aéreo la Ruta Lima Perú – Seúl Korea – Lima Perú, será cubierto el 70% del costo total y el 30% estará cargo del Gobierno Regional de Ucayali, que deberá cubrir el pasaje Pucallpa - Lima – Pucallpa.
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o Institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional.
Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 23 de octubre de 2023, celebrada de manera virtual desde el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac N° 460 - Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Unanimidad, se aprueba el siguiente:
ACUERDO REGIONAL:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el VIAJE AL EXTERIOR del País, al Presidente del Consejo Regional de Ucayali – señor Manuel Jesús Antonio Huamán, del 13 al 23 de noviembre de 2023, con la finalidad de participar en el Foro de Economía Innovadora de Corea y Perú, a llevarse a cabo en Gwang Ju - Seúl – República de Corea del Sur, los días 15 al 21 de noviembre de 2023.
Artículo Segundo.- ESTABLECER que la participación del Consejero Regional - señor Manuel Jesús Antonio Huamán, a la invitación indicada en el Artículo Primero, no irroga gastos al Gobierno Regional de Ucayali, sobre hospedaje, alimentación y traslado en Gwang Ju- Seúl – República de Korea del Sur.
Artículo Tercero.- ESTABLECER que KPIED – Asociación para el Desarrollo de la Industria Fotónica de Korea (Korea Association Photonics Industry Developmkent), cubrirá el 70% del pasaje aéreo internacional la ruta Lima Perú – Seúl Korea del Sur – Lima Perú; y el 30% del costo del pasaje será cubierto por el Gobierno Regional de Ucayali.
Artículo Cuarto.- ESTABLECER que el Consejero Regional – señor Manuel Jesús Antonio Huamán, a su retorno cumpla con informar por escrito al Consejo Regional sobre las actividades realizadas.
Artículo Quinto.- REMITASE el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo Sexto.- REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, para su conocimiento y fines.
Artículo Séptimo.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.
Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial “El Peruano”; así mismo, publicarse en un Diario de mayor circulación de la Capital de la Región, y a la Oficina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal de la página web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
MANUEL JESUS ANTONIO HUAMAN
Presidente
Consejo Regional
2227974-1