Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Chile, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
Nº 00314-2024-DE
Lima, 4 de abril del 2024
VISTOS:
El Oficio Nº 1771/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 00607-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00449-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, con Oficio Nº 133/72, el Sub-Inspector General de la Marina de Guerra del Perú informa al Director General del Personal de la citada Institución Armada que, de acuerdo al Plan Anual de Viajes al Extranjero (PAVE) Año Fiscal 2024 se ha considerado una Inspección Programada General Operativa, Administrativa y de Control de Gestión a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en la República de Chile, ubicada en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; por lo que, comunica el nombramiento del Contralmirante Mario Héctor CACHO PELLA y del Capitán de Navío Ronald Gerardo GUERRERO MONTES, para efectuar la citada inspección del 15 al 18 de abril de 2024;
Que, a través del Informe Legal Nº 001-2024, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal de la Inspectoría General de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del mencionado personal naval, con la finalidad de efectuar la Inspección Programada General Operativa, Administrativa y de Control de Gestión a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en la República de Chile, ubicada en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, en la fecha programada;
Que, la Exposición de Motivos elaborada por la Inspectoría General de la Marina, precisa que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Contralmirante Mario Héctor CACHO PELLA y del Capitán de Navío Ronald Gerardo GUERRERO MONTES, para efectuar la Inspección Programada General Operativa, Administrativa y de Control de Gestión a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en la República de Chile; por cuanto, permitirá evaluar los procesos de gestión de la citada Agregaduría, verificando la correcta utilización de los bienes y recursos del Estado Peruano, así como evaluar el grado de alistamiento operativo y administrativo en que se encuentran las Agregadurías para el cumplimiento de su misión. Asimismo, permitirá verificar el correcto cumplimiento y aplicación de las leyes, ordenanzas navales y disposiciones vigentes;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 031-2024, suscrita por el Jefe de la División de Remuneraciones de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por el Jefe de la Oficina General de Administración de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 046-2024, el Jefe de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, con las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000009 y Nº 0000000101, emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, con Oficio Nº 1771/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Contralmirante Mario Héctor CACHO PELLA y del Capitán de Navío Ronald Gerardo GUERRERO MONTES, para efectuar la Inspección Programada General Operativa, Administrativa y de Control de Gestión a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en la República de Chile, ubicada en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 15 al 18 de abril de 2024, así como autorizar su salida del país el 14 de abril y su retorno el 19 de abril de 2024, adjuntando la documentación sustentatoria correspondiente;
Que, a través del Oficio N° 00607-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 152-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal N° 00449-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Contralmirante Mario Héctor CACHO PELLA y del Capitán de Navío Ronald Gerardo GUERRERO MONTES, para efectuar la Inspección Programada General Operativa, Administrativa y de Control de Gestión a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en la República de Chile, ubicada en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Contralmirante Mario Héctor CACHO PELLA, identificado con CIP N° 00896755 y DNI N° 43525479 y del Capitán de Navío Ronald Gerardo GUERRERO MONTES, identificado con CIP N° 00909464 y DNI N° 09858559, para efectuar la Inspección Programada General Operativa, Administrativa y de Control de Gestión a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en la República de Chile, ubicada en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 15 al 18 de abril de 2024, así como autorizar su salida del país el 14 de abril y su retorno el 19 de abril de 2024.
Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima - Santiago de Chile – (República de Chile) – Lima
clase económica
US$ 1,100.00 x 2 personas (Incluye importe TUUA) US$ 2,200.00
Viáticos:
US$ 370.00 x 2 personas x 4 días US$ 2,960.00
Total a pagar: US$ 5,160.00
Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 4.- El personal naval más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, el personal designado efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.
Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Walter Enrique Astudillo Chávez
Ministro de Defensa
2276507-1