Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican el Artículo 1 de la Resolución de Contraloría N° 376-2023-CG que formaliza la creación de tres (03) Unidades Ejecutoras a nivel descentralizado en el Pliego 019: Contraloría General

Modifican el Artículo 1 de la Resolución de Contraloría N° 376-2023-CG, que formaliza la creación de tres (03) Unidades Ejecutoras a nivel descentralizado en el Pliego 019: Contraloría General

Resolución de Contraloría

N° 198-2024-CG

Lima, 5 de abril de 2024

VISTOS:

El Memorando N° 000685-2024-CG/GRECE, de la Gerencia de Recursos Estratégicos; el Proveído N° 001019-2024-CG/SGE, de la Secretaría General; la Hoja Informativa N° 000358-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000415-2024-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 16 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, esta Entidad Fiscalizadora Superior cuenta con autonomía administrativa, funcional, económica y financiera, teniendo por misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como, contribuir con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadanía para su adecuada participación en el control social;

Que, de acuerdo al artículo 14 de la citada Ley N° 27785, esta Entidad Fiscalizadora Superior, en su calidad de ente técnico rector, organiza y desarrolla el control gubernamental en forma descentralizada y permanente, el cual se expresa con la presencia y accionar de los órganos de control en cada entidad pública de los niveles central, regional y local;

Que, mediante el artículo 21 de la Ley N° 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas, se autorizó la creación, durante el Año Fiscal 2023, de tres (03) Unidades Ejecutoras a nivel descentralizado en el Pliego 019: Contraloría General, siendo estas: Unidad Ejecutora 003: Macrorregión de Control Norte, Unidad Ejecutora 004: Macrorregión de Control Centro y Unidad Ejecutora 005: Macrorregión de Control Sur;

Que, con Resolución de Contraloría N° 376-2023-CG se formaliza la creación de las citadas tres (03) Unidades Ejecutoras en el Pliego 019: Contraloría General, conforme al siguiente detalle: Unidad Ejecutora 003: Macrorregión de Control Norte, con sede administrativa en la Gerencia Regional de Control de Piura; Unidad Ejecutora 004: Macrorregión de Control Centro, con sede administrativa en la Gerencia Regional de Control de Huánuco; y, Unidad Ejecutora 005: Macrorregión de Control Sur, con sede administrativa en la Gerencia Regional de Control de Puno;

Que, el artículo 2 de la Resolución de Contraloría N° 376-2023-CG, modificado por el artículo 1 de la Resolución de Contraloría N° 024-2024-CG, establece que la Gerencia de Recursos Estratégicos conduce el proceso de implementación de las tres (03) unidades ejecutoras indicadas en el considerando precedente para su adecuada operatividad, lo cual involucra las gestiones para la adecuación de la estructura administrativa, la delegación de facultades, la adecuación de los instrumentos de gestión institucional involucrados, la identificación de los procesos y la dotación de los recursos necesarios para el funcionamiento de las citadas unidades ejecutoras, entre otros. Asimismo, dispone que para efectos de la implementación y operatividad de las referidas unidades ejecutoras, la Gerencia de Recursos Estratégicos ejerce la representación legal de la Contraloría General de la República ante las entidades e instituciones que correspondan;

Que, por su parte, el artículo 1 de la Resolución de Contraloría N° 405-2023-CG, establece los ámbitos territoriales de atención de las tres Unidades Ejecutoras creadas mediante Resolución de Contraloría N° 376-2023-CG, siendo que en su artículo 2, concordante con el artículo 73-A y el literal z) del artículo 73-B del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, y sus modificatorias, establece que la Gerencia de Recursos Estratégicos se encarga de coordinar y supervisar la gestión administrativa de la Unidad Ejecutora 003: Macrorregión de Control Norte, Unidad Ejecutora 004: Macrorregión de Control Centro y Unidad Ejecutora 005: Macrorregión de Control Sur, del Pliego 019: Contraloría General, una vez éstas inicien operaciones, con el fin de estandarizar procedimientos y generar economías de escala en los procesos de adquisiciones de bienes y servicios;

Que, en ese contexto, mediante Memorando N° 000685-2024-CG/GRECE, la Gerencia de Recursos Estratégicos propone la modificación del artículo 1 de la Resolución de Contraloría N° 376-2023-CG, a efectos de que se precise el ámbito geográfico donde se ubican las sedes administrativas de las unidades ejecutoras mencionadas precedentemente, con la finalidad de que éstas puedan desarrollar sus actividades con normalidad;

Que, para la adecuada continuidad del proceso de implementación de la Unidad Ejecutora 003: Macrorregión de Control Norte, Unidad Ejecutora 004: Macrorregión de Control Centro y Unidad Ejecutora 005: Macrorregión de Control Sur, resulta pertinente modificar el artículo 1 de la Resolución de Contraloría N° 376-2023-CG, de conformidad con la propuesta formulada por la Gerencia de Recursos Estratégicos; quedando vigente los ámbitos territoriales de las mencionadas unidades ejecutoras, establecidos mediante Resolución de Contraloría N° 405-2023-CG;

Que, de acuerdo a los literales a) y b) del artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Contralor General de la República cuenta con las facultades para determinar la organización interna de esta Entidad Fiscalizadora Superior, así como para planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría General y los órganos del Sistema Nacional de Control;

Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000415-2024-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000358-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión del acto resolutivo por el cual se modifica el artículo 1 de la Resolución de Contraloría N° 376-2023-CG, a efectos de que se precise el ámbito geográfico donde se ubican las sedes administrativas de la Unidad Ejecutora 003: Macrorregión de Control Norte, Unidad Ejecutora 004: Macrorregión de Control Centro y Unidad Ejecutora 005: Macrorregión de Control Sur, respectivamente;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución de Contraloría N° 376-2023-CG, en los términos siguientes:

“Artículo 1.- Formalizar la creación de tres (03) Unidades Ejecutoras a nivel descentralizado, en el Pliego 019: Contraloría General, conforme al siguiente detalle:

- Unidad Ejecutora 003: Macrorregión de Control Norte, con sede administrativa en el ámbito territorial de la Gerencia Regional de Control de Piura.

- Unidad Ejecutora 004: Macrorregión de Control Centro, con sede administrativa en el ámbito territorial de la Gerencia Regional de Control de Huánuco.

- Unidad Ejecutora 005: Macrorregión de Control Sur, con sede administrativa en el ámbito territorial de la Gerencia Regional de Control de Puno.”

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Secretaría General y a todos los órganos y unidades orgánicas de la Contraloría General de la República, para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELSON SHACK YALTA

Contralor General de la República

2276944-1