Autorizan viaje de funcionario diplomático a Chile, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 0279-2024-RE
Lima, 5 de abril de 2024
VISTOS:
El Memorándum N° DSL003192024, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 27 de marzo de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) N°. 1332 del Despacho Viceministerial, de 27 de marzo de 2024; el Memorándum N° OPP010162024 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 2 de abril de 2024, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP011022024 de la Oficina de Administración de Personal, de 4 de abril de 2024;
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC) es un órgano regional que dota de una estructura a los Estados de América Latina en materia de aviación civil para adoptar por consenso recomendaciones y resoluciones;
Que, el Secretario de la CLAC -con sede en Lima- ha invitado a participar en la XXV Asamblea Ordinaria de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil, que se llevará a cabo en la ciudad de Santiago, República de Chile, el 8 de abril de 2024;
Que, uno de los principales objetivos de la referida Asamblea Ordinaria será la renovación del Comité Ejecutivo, es decir, se elegirá a su Presidente y Vicepresidente. Asimismo, en dicha ocasión se discutirá el Plan Operativo, el Presupuesto 2024-2025, así como las cuotas de contribución de los Estados Miembros a la CLAC, entre otros;
Que, en dicho marco, se llevarán a cabo la Feria Internacional del Aire y del Espacio -FIDAE-, del 9 al 14 de abril de 2024; la XIV Conferencia “Wings of Changes Américas” de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo -IATA-, del 11 al 12 de abril de 2024; entre otros eventos;
Que, en tal sentido, se estima necesaria la participación del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Miguel Ángel Gamarra Malca, Director de Asuntos Aéreos y Espaciales de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, del 8 al 12 de abril de 2024, en los referidos eventos, que se realizarán en la ciudad de Santiago, República de Chile;
Que, por razones de itinerario, el viaje del citado funcionario diplomático a la ciudad de Santiago, República de Chile, se realizará del 7 al 13 de abril de 2024;
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Miguel Ángel Gamarra Malca, Director de Asuntos Aéreos y Espaciales de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 7 al 13 de abril de 2024, para los fines expuestos en la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (303) 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior; y código POI: AOI00004500231 Preservación y Defensa de la Soberanía Aérea, así como Resguardo de los Intereses del Perú Vinculados al Espacio Exterior; debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos USD |
Viáticos por día USD |
Número de días |
Total viáticos USD |
Miguel Ángel Gamarra Malca |
636.17 |
370.00 |
7 |
2,590.00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER GONZÁLEZ-OLAECHEA FRANCO
Ministro de Relaciones Exteriores
2277086-1