Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban Los Lineamientos que establecen los criterios para la selección de los miembros del Comité de Expertos y los criterios técnicos para la revisión de los catálogos en el proceso de selección y adquisición de material bibliográfico 2024 destinados a los espacios no convencionales de lectura y/o la red de espacios de lectura del Ministerio de Cultura

Aprueban “Los Lineamientos que establecen los criterios para la selección de los miembros del Comité de Expertos y los criterios técnicos para la revisión de los catálogos en el proceso de selección y adquisición de material bibliográfico 2024 destinados a los espacios no convencionales de lectura y/o la red de espacios de lectura del Ministerio de Cultura”

RESOLUCIóN DIRECTORAL

N° 000249-2024-DGIA-VMPCIC/MC

San Borja, 3 de abril de 2024

VISTO, el informe N° 000205-2024-DLL/MC de fecha 01 de abril de 2024, de la Dirección del Libro y la Lectura; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación;

Que, la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro, tiene como objetivo promover e impulsar la formación de hábitos de lectura y garantizar el acceso a la lectura, mediante acciones de fomento;

Que, mediante el artículo 27 de la Ley N° 31053 Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro, se crea el Fondo Nacional de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura (FONDOLIBRO), estableciendo que los recursos asignados para el mismo puede ser utilizado entre otros fines, para “adquirir y distribuir libros y productos editoriales afines para las bibliotecas públicas integrantes del Sistema Nacional de Bibliotecas, los espacios no convencionales de lectura y/o la Red de espacios de lectura del Ministerio de Cultura”;

Que, el numeral 3.9 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que el Ministerio de Cultura cumple con la función de “Diseñar y proponer o aprobar, cuando corresponda, normas y lineamientos técnicos, directivas y otros instrumentos para garantizar la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales en las materias de su competencia, así como las relacionadas a la gestión del Ministerio de Cultura y sus recursos”;

Que, el artículo 77 del citado Reglamento, establece que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura “es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfica y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor”;

Que, asimismo, el numeral 81.7 del artículo 81 del citado Reglamento, establece que la Dirección del Libro y la Lectura tiene la función de “Facilitar y promover el acceso al libro incidiendo en todo su proceso material: producción, difusión, circulación, uso y conservación”;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 000351-2023-DGIA/MC, de fecha 21 de abril de 2023, se aprobaron los “Lineamientos sobre los criterios para la selección de los miembros del comité y criterios técnicos para la revisión de los catálogos en el proceso de selección y adquisición de material 2023 para la red de espacios de lectura a cargo de la Dirección del Libro y la Lectura”;

Que, mediante informe de visto la Dirección del Libro y la Lectura informa que luego de la evaluación de los Lineamientos sobre los criterios para la selección de los miembros del comité de expertos y criterios técnicos para la revisión de los catálogos por parte del personal técnico a cargo de las acciones de Acceso y Fomento de la Lectura de la mencionada dirección y la Biblioteca Nacional del Perú quienes han manifestado su conformidad con la actualización de los mismos, considera que resulta necesaria la actualización de los lineamientos que establecen los criterios para la selección de los miembros del comité de expertos y criterios técnicos para la revisión de los catálogos en el marco de la Ley N° 31053;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro;

Con el visado de la Dirección del Libro y la Lectura,

SE RESUELVE:

Artículo 1.- APROBAR “Los Lineamientos que establecen los criterios para la selección de los miembros del Comité de Expertos y los criterios técnicos para la revisión de los catálogos en el proceso de selección y adquisición de material bibliográfico 2024 destinados a los espacios no convencionales de lectura y/o la red de espacios de lectura del Ministerio de cultura”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 000351-2023-DGIA/MC, de fecha 26 de abril de 2023.

Artículo 3.- - Dispóngase la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) y la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese (publíquese/notifíquese) y cúmplase.

DANIEL ADOLFO GASPAR NAVARRO RETO

Dirección General de Industrias Culturales y Artes

2276434-1