Aprueban la reducción del Presupuesto Institucional Modificado de la Unidad Ejecutora 001 SIS del Pliego 135: Seguro Integral de Salud
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 000044-2024-SIS/J
La Victoria, 5 de abril del 2024
VISTOS: El Informe Nº 000044-2024-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Legal N° 000195-2024-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Jefatural N° 000259-2023-SIS/J, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 135 Seguro Integral de Salud, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;
Que, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público dispone en los artículos 45 y 47 que los montos y las finalidades de los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público sólo pueden ser modificados durante el ejercicio presupuestario, dentro de los límites y con arreglo al procedimiento establecido, mediante modificaciones en el Nivel Institucional y modificaciones en el Nivel Funcional y Programático, las cuales deben ser aprobadas mediante resolución del titular de la Entidad, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces, precisando que la facultad de aprobación del Titular puede ser delegada;
Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 006-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público dispone que en los casos que fuera necesario una modificación en las estimaciones de ingresos y saldos de balance por las fuentes de financiamiento Donaciones y Transferencias y Recursos Directamente Recaudados, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, hasta el 30 de abril de 2024, para reducir su presupuesto institucional aprobado respecto a los recursos correspondientes a las mencionadas fuentes de financiamiento;
Que, el numeral 11.2 del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 006-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público establece que la modificación del presupuesto institucional autorizada en el numeral precedente se aprueba mediante resolución del titular del pliego para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, y mediante acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal para el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, respectivamente. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de Consejo Regional se publica en el diario oficial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en la sede digital del gobierno local. Copia de la resolución del titular, del acuerdo de Consejo Regional y del acuerdo de Concejo Municipal, según corresponda, se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
Que, mediante Informe N° 000044-2024-SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional concluye que: “(…) en el marco de lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 006-2024, luego del análisis respectivo a la proyección de ingresos al cierre del año fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 001 SIS del Pliego 135 Seguro Integral de Salud, correspondería la reducción del Presupuesto Institucional Modificado (PIM) en la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados (RDR) por el monto de S/ 7 893 914.00 y en la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias (DyT) por el monto de S/ 818,456.00, a fin de sincerar los recursos asignados a la Unidad Ejecutora 001 SIS (…)”;
Que, mediante Informe Legal N° 000195-2024-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, luego de la revisión del sustento normativo correspondiente, concluye que resulta legalmente viable la aprobación de la resolución jefatural que apruebe la reducción del Presupuesto Institucional Modificado (PIM) en la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados (RDR), así como de la fuente de financiamiento 4. Donaciones y Transferencias de la Unidad Ejecutora 001 SIS del Pliego 135: Seguro Integral de Salud;
Con el visto de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en el Decreto de Urgencia N° 006-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Reducción de presupuesto por la fuente de financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados
Aprobar la reducción del Presupuesto Institucional Modificado de la Unidad Ejecutora 001 SIS del Pliego 135: Seguro Integral de Salud por la fuente de financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados hasta por la suma de S/ 7 893 914,00 (Siete Millones Ochocientos Noventa y Tres Mil Novecientos Catorce y 00/100 Soles), de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS En Soles
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 . Recursos Directamente Recaudados
1 Ingresos Presupuestarios
1.2 Contribuciones Sociales
1.2.1.2.1.2 Aportaciones al Régimen Semicontributivo 6 315 131,00
1.2.1.2.1.3 Aportaciones al Régimen Semicontributivo
correspondiente a las Microempresas 1 578 783,00
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TOTAL INGRESOS 7 893 914,00
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EGRESOS En Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 135 : Seguro Integral de Salud
UNIDAD EJECUTORA 001 : Seguro Integral de Salud
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales
PRODUCTO 3999999 : Sin Producto
ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 4 : Donaciones y Transferencias
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 914 174,00
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos
PRODUCTO 3999999 : Sin Producto
ACTIVIDAD 5001172 : Seguro Integral de Salud Semicontributivo
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 6 979 740,00
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TOTAL UNIDAD EJECUTORA 001 7 893 914,00
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TOTAL PLIEGO 135 7 893 914,00
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Artículo 2.- Reducción de presupuesto de la fuente de financiamiento 4. Donaciones y Transferencias
Aprobar la reducción del Presupuesto Institucional Modificado de la Unidad Ejecutora 001 SIS del Pliego 135: Seguro Integral de Salud por la fuente de financiamiento 4. Donaciones y Transferencias hasta por la suma de S/ 818 456,00 (Ochocientos Dieciocho Mil Cuatrocientos Cincuenta y Seis y 00/100 Soles), de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS En Soles
FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Donaciones y Transferencias
1 Ingresos Presupuestarios
1.9 Saldos de Balance
1.9.1 1 .1 1 Saldos de Balance 818 456,00
===========
TOTAL INGRESOS 818 456,00
===========
EGRESOS En Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 135 : Seguro Integral de Salud
UNIDAD EJECUTORA 001 : Seguro Integral de Salud
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales
PRODUCTO 3999999 : Sin Producto
ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 4 : Donaciones y Transferencias
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 818 456,00
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TOTAL UNIDAD EJECUTORA 001 818 456,00
===========
TOTAL PLIEGO 135 818 456,00
Artículo 3.- Notas para Modificación Presupuestaria
La Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del Pliego 135 Seguro Integral de Salud instruye a la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud, para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 4.- Presentación de la Resolución
Copia de la presente Resolución, se remite dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA
Jefa del Seguro Integral de Salud
2277018-1