Expiden duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero Forestal de la Universidad Nacional Agraria La Molina
UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA
CONSEJO UNIVERSITARIO
RESOLUCIÓN N° 0100-2024-CU-UNALM
La Molina, 14 de marzo de 2024
CONSIDERANDO:
Que, mediante Formulario Único de Trámite (FUT), de fecha 6 de marzo de 2024, la Srta. Marne Elena Suárez Benvenuto, egresada de la Facultad de Ciencias Forestales, solicita el Duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero Forestal por motivo de pérdida;
Que, la Srta. Marne Elena Suárez Benvenuto, obtuvo el Diploma de Título Profesional de Ingeniero Forestal, mediante Resolución N° 579-2002-UNALM, de fecha 14 de octubre de 2002, encontrándose inscrito en el Libro Nº 25, Folio Nº 218 del Registro N° 8145 de esta Casa de Estudios;
Que, revisada la solicitud, ésta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5° del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades, aprobado con Resolución N.º 1503-2011-ANR y sus modificatorias, por lo que resulta procedente lo solicitado, debiendo expedirse el duplicado correspondiente;
Por lo expuesto, estando a las normas legales glosadas, Ley 28626 y artículo 310 literal p) del Reglamento General de la UNALM; artículo 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos (SUNEDU) aprobado por Resolución del Consejo Directivo N.° 009-2015-SUNEDU/CD, y estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesión ordinaria de la fecha;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Anular el Diploma de Título Profesional de Ingeniero Forestal de la Srta. Marne Elena Suárez Benvenuto, expedido el 14 de octubre de 2002.
Artículo 2.- Expedir el duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero Forestal, a favor de la Srta. Marne Elena Suárez Benvenuto, por motivo de pérdida del original e inscribir en el libro oficial de registro.
Artículo 3.- Dar cuenta de la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU).
Artículo 4.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y archívese.
AMÉRICO GUEVARA PÉREZ
Rector
JORGE PEDRO CALDERÓN VELÁSQUEZ
Secretario General
2276211-1