Expiden duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Ciencias - Ingeniería Agrícola de la Universidad Nacional Agraria La Molina
UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA
CONSEJO UNIVERSITARIO
RESOLUCIÓN Nº 0506-2023-CU-UNALM
La Molina, 15 de diciembre de 2023
CONSIDERANDO:
Que, mediante Formulario Único de Trámite, FUT, de fecha 28 de noviembre de 2023, la Srta. Liseth Steysil Quispe Medina, ex alumna de la Facultad de Ingeniería Agrícola, solicita el Duplicado de diploma de Grado de Bachiller Ciencias - Ingeniería Agrícola, por motivo de pérdida;
Que, la Srta. Liseth Steysil Quispe Medina, obtuvo el diploma de Grado de Bachiller en Ciencias - Ingeniería Agrícola, mediante Resolución Nº 0070-2018-CU-UNALM, de fecha 28 de marzo de 2018, encontrándose inscrito en el Libro Nº 45, Folio Nº 126 y Registro Nº 21405 de esta Casa de Estudios;
Que, revisada la solicitud, ésta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR y sus modificatorias, por lo que resulta procedente lo solicitado, debiendo expedirse el duplicado correspondiente;
Por lo expuesto, estando a las normas legales glosadas, Ley 28626 y artículo 310, literal p), del Reglamento General de la UNALM, artículo 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos - SUNEDU, aprobado con Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015- SUNEDU/CD y, estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesión extraordinaria de la fecha;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Anular el diploma de Grado de Bachiller en Ciencias - Ingeniería Agrícola de la Srta. Liseth Steysil Quispe Medina, expedido el 28 de marzo de 2018.
Artículo 2.- Expedir el duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Ciencias - Ingeniería Agrícola, a favor de la Srta. Liseth Steysil Quispe Medina, por motivo de pérdida del original e inscribir en el libro oficial de registro.
Artículo 3.- Dar cuenta de la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria.
Artículo 4.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y archívese.
Américo Guevara Pérez
Rector
Jorge Pedro Calderón Velásquez
Secretario General
2276203-1