Reconocen la funcionalidad y vigencia de la aplicación móvil “APP SUNARP”
RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
N° 052-2024-SUNARP/SN
Lima, 3 de abril de 2024
VISTOS:
El Memorándum N° 252-2024-SUNARP/DTR del 12 de marzo de 2024, de la Dirección Técnica Registral; el Informe N° 023-2024-SUNARP/OTI del 14 de marzo de 2024, de la Oficina de Tecnologías de la Información; y, el Informe N° 274-2024-SUNARP/OAJ del 02 de abril de 2024, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;
Que, de acuerdo al artículo 1 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio de los ciudadanos;
Que, en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece que en virtud del principio de servicio al ciudadano, las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad, y actúan en función de sus necesidades así como del interés general de la Nación, asegurando que su actividad se realice, entre otros, con arreglo a la eficiencia, por lo que la gestión de las entidades del Estado debe realizarse optimizando la utilización de los recursos disponibles, procurando la innovación y la mejora continua;
Que, mediante Memorándum N° 252-2024-SUNARP/DTR, la Dirección Técnica Registral solicita evaluar la unificación de los dos (2) aplicativos móviles “APP SUNARP” y “SUNARP PROTEGE”, considerando que la última versión de la “APP SUNARP” proporciona acceso a los mismos servicios gratuitos que la aplicación móvil “SUNARP PROTEGE”, de manera tal que sea más eficiente para el usuario mantener una sola
aplicación;
Que, a través del Informe N° 023-2024-SUNARP/OTI, la Oficina de Tecnologías de la Información señala que, de acuerdo a la revisión realizada por la Dirección Técnica Registral y la Oficina de Tecnologías de la Información, la aplicación móvil “SUNARP PROTEGE” brinda servicios que ya se encuentran disponibles en la última versión de la “APP SUNARP”; recomendando mantener únicamente la aplicación móvil “APP SUNARP” y dejar sin efecto la Resolución N° 115-2021-SUNARP/SN, que aprueba la aplicación móvil “SUNARP PROTEGE”;
Que, el aplicativo móvil “APP SUNARP”, es un aplicativo móvil que permite a los ciudadanos solicitar publicidad simple (búsquedas de índice, boletas informativas) y publicidad certificada (certificado literal de partida, certificado negativo/positivo de propiedad, vigencia de poder, certificado registral vehicular, entre otros), mediante un dispositivo móvil, realizando el pago de manera virtual con una tarjeta de crédito o débito. Asimismo, el aplicativo contempla el acceso a los siguientes servicios gratuitos: Alerta Registral, Consulta Vehicular, Consulta de Propiedad, Síguelo, Consulta el Estado de Solicitud de Publicidad, Búsqueda de Personas Jurídicas (Directorio Nacional de Personas Jurídicas), Consulta TIVe y Alerta Normativa Registral;
Que, el aplicativo móvil “SUNARP PROTEGE”, es un aplicativo móvil que tiene como finalidad proporcionar a los ciudadanos una herramienta de acceso gratuito a la información del registro que no constituye publicidad registral, a través de sus dispositivos móviles, para la protección complementaria de sus derechos y titularidades inscritas. Los servicios gratuitos incorporados en la aplicación móvil son los siguientes: Consulta de Propiedad, Consulta en el Directorio Nacional de Personas Jurídicas, Consulta Vehicular, Alerta Registral y Síguelo;
Que, advirtiéndose que los servicios brindados por la aplicación “SUNARP PROTEGE” se encuentran comprendidos dentro de los servicios prestados por la aplicación “APP SUNARP”, a fin de mejorar la experiencia del usuario y asegurar una mejor calidad en la prestación de los servicios a la ciudadanía, resulta factible mantener operativa únicamente la aplicación “APP SUNARP”;
Que, por las consideraciones expuestas, la Oficina de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 274-2024-SUNARP/OAJ, concluye que resulta legalmente viable reconocer la funcionalidad y vigencia de la aplicación móvil “APP SUNARP”; asimismo, dejar sin efecto la Resolución N° 115-2021-SUNARP/SN del 1 de setiembre de 2021, que aprueba la aplicación móvil “SUNARP PROTEGE”;
De conformidad con lo previsto en el literal x) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado con la Resolución N° 035-2022-SUNARP/SN, contando con el visado de la Gerencia General, Dirección Técnica Registral, Oficina de Tecnologías de la Información y la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Reconocer la aplicación móvil “APP SUNARP”
Reconocer la funcionalidad y vigencia de la aplicación móvil “APP SUNARP”, como una herramienta de acceso a los distintos servicios de publicidad de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.
Artículo 2.- Dejar sin efecto
Déjese sin efecto la Resolución N° 115-2021-SUNARP/SN de fecha 1 de septiembre de 2021, que aprueba la aplicación móvil denominada “SUNARP PROTEGE”.
Artículo 3.- Entrada en vigencia
La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4.- Publicación
Disponer que la presente resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO
Superintendente Nacional
2275995-1