Declaran de Interés Regional la Elaboración de la Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático (ERCCU) de Ucayali, para el periodo 2023-2030
CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL
N° 017-2023-GRU-CR
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 27680-Ley de Reforma Constitucional-Capitulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley Nº 27783-Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y demás normas complementarias.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1° de la Constitución Política del Perú, establece que, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la Sociedad y del Estado. Mientras que, el artículo 2° asegura que, toda persona tiene derecho a la vida, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar; a la igualdad ante la Ley; nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole; nadie debe ser víctima de violencia;
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191° señala que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; asimismo, el artículo 192° establece que: “Los gobiernos regionales (…). Son competentes para: (...) 7. Promover y regular actividades y/o servicios en materia de (…) medio ambiente, conforme a Ley”;
Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 38° señala que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”; en tanto que, el artículo 53° inciso c), establece como funciones en materia ambiental: c) Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio climático, dentro del marco de las estrategias nacionales respectivas”;
Que, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, en su artículo 61° establece que: “Los gobiernos regionales, a través de sus Gerencias de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, y en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales y la Autoridad Ambiental Nacional, implementan un Sistema Regional de Gestión Ambiental”;
Que, la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en su artículo 6° señala como instrumentos de gestión y planificación ambiental: f) El diseño y dirección participativa de estrategias nacionales para la implementación progresiva de las obligaciones derivadas del Convenio de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Convenio de la Diversidad Biológica y los otros tratados en los que actúe como punto focal nacional;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, en su artículo 10° señala como funciones de las autoridades regionales: “1) Elaborar, aprobar, implementar, monitorear, evaluar y actualizar su ERCC, de conformidad con la ENCC, las NDC y, sus instrumentos de gestión territorial vigentes, considerando los periodos de actualización de su Plan de Desarrollo Regional Concertado. 2) Incorporar las medidas de adaptación y mitigación de la ERCC. 3) Implementar medidas de adaptación y mitigación al cambio climático a nivel regional que contribuyan a la implementación de la ENCC y NDC, en coordinación con las autoridades sectoriales, de conformidad con la normativa vigente y en el marco de sus competencias”;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2015-MINAM, se aprueba la Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENCC), el cual contiene elementos que permiten elaborar los planes sectoriales y subnacionales en materia de cambio climático;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 090-2016-MINAM, de fecha 12 de abril de 2016, se aprueban los “Lineamientos para la Gestión Integrada del Cambio Climático”, cuyo objetivo es fortalecer la gestión integrada de cambio climático, a través de la implementación de un proceso de concertación multisectorial y multinivel del sector público y privado, y de la sociedad civil, orientado a diseñar, formular e implementar medidas de reducción de emisiones de GEI y de adaptación alineadas a las políticas, planes y acciones de desarrollo vinculadas a la gestión de cambio climático y al cumplimiento de los compromisos adquiridos internacionalmente;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 017-2011-GRU/CR, de fecha 13 de diciembre del 2011, se reconoce la Comisión Ambiental Regional de Ucayali, como la instancia de carácter multisectorial y multidisciplinario que coordina la política ambiental regional, promueve el dialogo y el acuerdo entre los sectores públicos y privados, para orientar la gestión ambiental a un nivel de eficacia real donde se absuelvan los problemas ambientales que solo deben ser tratados bajo mecanismos transectoriales y participativos;
Que, mediante Acuerdo Regional N° 0103-2021-GRU-CR, de fecha 13 de agosto de 2021, el Consejo Regional de Ucayali, acuerda, derivar a la Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Consejo Regional, el expediente N° 00706242, relacionado con la propuesta de Ordenanza Regional del Espacio Técnico de Gestión y de su Instrumento denominado: “Reconocimiento de la Comisión Ambiental Regional de Ucayali / CAR-U 2021 y la Actualización de su Reglamento”, para su análisis y dictamen correspondiente, el cual se encuentra pendiente de aprobación;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 021-2019-GRU-CR, de fecha 31 de diciembre de 2019, se aprobó la actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de Ucayali 2019-2022;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 001-2023-GRU-CR, de fecha 27 de febrero de 2023, se aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado del Departamento de Ucayali 2023-2033, como documento de gestión referente para los Planes Estratégicos Institucionales, Planes Operativos Institucionales del Gobierno Regional de Ucayali, Planes Sectoriales, Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Locales, Mancomunidades Municipales, Planes Temáticos y Planes de diferente naturaleza, que sean elaborados en el ámbito territorial del Departamento de Ucayali;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 152-2021-MINAM, de fecha 17 de agosto de 2021, se aprueban los “Lineamientos metodológicos para la formulación y actualización de las Estrategias Regionales de Cambio Climático y sus anexos”, cuyo objetivo es proporcionar orientaciones a los gobiernos regionales para la formulación y actualización de las Estrategias Regionales de Cambio Climático (ERCC), en el marco de la implementación de la Ley Marco de Cambio Climático (LMCC) y el Reglamento de la Ley Marco de Cambio Climático (RLMCC), y, en concordancia con lo establecido en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, a fin de que sea implementado, monitoreado y evaluado en el tiempo y con carácter de mejora continua;
Que, en la precita R.M. N° 152-2021-MINAM, de fecha 17 de agosto de 2021, en su Sección 2: Lineamientos metodológicos para la formulación y actualización de la ERCC, de forma expresa se establecen que entre las tres (03) etapas de la fase de Organización, se encuentra considerado la Etapa 1: Declaratoria de interés regional, que tiene como objetivo expresar la voluntad política del GORE, poniendo de manifiesto la necesidad de iniciar las acciones para la formulación o actualización de la ERCC; el cual incluye el modelo de declaratoria de interés regional;
Que, con el INFORME N° 001-2023-GRU-GR-GGR-ARAU-DCDB/XVSR, de fecha 28 de marzo de 2023, elaborado por la Ing. Xiomi Vasni Saboya Rios-Especialista Ambiental de la Dirección de Conservación y Diversidad Biológica de la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali, concluye: La Estrategia Regional de Cambio Climático, es un instrumento vinculante que se alinea a la Estrategia Nacional ante el Cambio Climático (ENCC), y las Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC), y el Plan de Desarrollo Concertado (PDC), Plan Estratégico Institucional (PEI), Plan Operativo Institucional (POI), Presupuesto Público y otros instrumentos de inversión y gestión a nivel Regional, a fin de incorporar las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático. Asimismo, tiene como prioridad atender los efectos adversos y aprovechar las oportunidades que genera el cambio climático en diferentes áreas y sectores a nivel regional, a fin de promover el desarrollo resiliente al clima y bajo en carbono;
Que, mediante Informe Nº 428-2023-GRU-GGR-ARAU-DCDB, el Ing. Miguel Sánchez, Director de la Dirección de Conservación y Diversidad Biológica de la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali, realiza el levantamiento de observaciones, mencionado en el OFICIO N° 0700-2023-GRU-CR-SCR descritas en el Acuerdo Regional N° 121-2023-GRU-CR;
Que, mediante Informe Legal Nº 049-2023-GRU- GGR ORAJ/TTC, de fecha 22 de junio de 2023, elaborado por el Abogado Telésforo Trujillo Caico de la Oficina de Asesoría Legal del Gobierno Regional de Ucayali se concluye que la propuesta de Ordenanza Regional que “Declara de interés Regional la Actualización Estrategia Regional de cambio climático 2023-2030”, deberá ser elevado al Consejo Regional para su aprobación;
Que, mediante Opinión Legal N° 00024-2023-GRU-CR/AL-SVCA, de fecha 18 de octubre de 2023, la Asesora Legal del Consejo Regional de Ucayali-Abogada Sandra Valeria Corrales Acho, concluye: i) La iniciativa de Ordenanza Regional sobre “Declarar de Interés Regional la Elaboración de la Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de Ucayali (ERCCU) para el Periodo 2023-2030”, cuenta con Sustento Técnico Legal, conforme lo señala el artículo 102° del Reglamento Interno del Consejo Regional. ii) La Sección 2, numerales 2.1 y 2.11 de la Resolución Ministerial N° 152-2021-MINAM, la propuesta obligatoriamente debe estar alineado a lo indicado en la Etapa 1, es decir que la Declaratoria de Interés Regional la Actualización de la ERCCU, es un requisito indispensable para lograr la actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de Ucayali (ERCCU) para el Periodo 2023-2030. Dicha etapa tiene como objetivo expresar la voluntad política del Gobierno Regional de Ucayali. Por lo que Opina: Declarar Procedente la aprobación de la propuesta Ordenanza Regional sobre “Declarar de Interés Regional la Elaboración de la Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de Ucayali (ERCCU) para el Periodo 2023-2030”;
Que, mediante Dictamen N° 003-2023-GRU-CR-CRNyGMA, de fecha 23 de octubre de 2023, la Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Consejo Regional, recomienda la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional sobre “Declarar de Interés Regional la Elaboración de la Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de Ucayali (ERCCU) para el Periodo 2023-2030;
Que, el literal o) del artículo 21° de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional de Ucayali promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional;
Que, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 37º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 10 de noviembre de 2023, se aprobó por Unanimidad la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- “DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL LA ELABORACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DE LA ESTRATEGIA REGIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO (ERCCU) DE UCAYALI, PARA EL PERIODO 2023-2030”.
Artículo Segundo.- DESÍGNESE a la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali, a través de la Dirección de Conservación y Diversidad Biológica, como encargado del proceso de Elaboración de la Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de Ucayali, para el periodo 2023-2030.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali, a través de su Dirección de Conservación y Diversidad Biológica, impulsar la participación y el apoyo en el proceso de actualización del Grupo Técnico Regional Diversidad Biológica, Cambio Climático y mecanismos de conservación de la Comisión Ambiental Regional (CAR) de Ucayali.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali, notificar la presente Ordenanza Regional a las Gerencias y a las Direcciones Regionales del Gobierno Regional de Ucayali; así como a los miembros de la Comisión Ambiental Regional-CAR Ucayali, inmersas e interesadas en la Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático, para su conocimiento y estricto cumplimiento.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali, remitir copia de la presente Ordenanza Regional al Ministerio del Ambiente como Autoridad Nacional en materia de cambio climático.
Artículo Sexto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta, para proceder a su implementación correspondiente.
Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza Regional entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme a Ley.
Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Tecnologías de la Información su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).
Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación.
En Pucallpa, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés.
MANUEL JESUS ANTONIO HUAMAN
Presidente
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, a los 16 días del mes de noviembre de 2023.
MANUEL GAMBINI RUPAY
Gobernador Regional
2236972-1