Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Resolución Ministerial que aprueba la adenda al Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrita entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Gobierno Regional de Callao

Resolución Ministerial que aprueba la adenda al Convenio de Traspaso de Recursos, a ser suscrita entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Gobierno Regional de Callao

Resolución Ministerial

N° 112-2024-EF/52

Lima, 1 de abril del 2024

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 322-2015-EF publicado el 16 de noviembre de 2015, se aprobó la Operación de Endeudamiento Interno, bajo la modalidad de emisión de bonos soberanos, hasta por la suma de S/ 156 621 339,00 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS VEINTIÚN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinada a financiar parcialmente el proyecto “Construcción de la Vía Costa Verde Tramo Callao”;

Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Supremo N° 322-2015-EF, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, traspasará al Gobierno Regional de Callao, los recursos provenientes de la emisión interna de los bonos soberanos aprobados en el artículo 1 del Decreto Supremo antes señalado, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, a ser aprobado mediante Resolución Ministerial;

Que, el artículo 6 del Decreto Supremo N° 322-2015-EF, establece que el servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la emisión de los bonos soberanos, serán atendido por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos que para tal efecto le transfiera oportunamente el Gobierno Regional del Callao;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 390-2015-EF/52 se aprueba el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Gobierno Regional del Callao, el mismo que establece, entre otros, los términos y condiciones referidos al reembolso de la citada operación de endeudamiento interno;

Que, la Cláusula Sétima del citado Convenio de Traspaso de Recursos, establece que cualquier modificación de los términos del convenio, será efectuada mediante acuerdo escrito entre las partes;

Que, el Gobierno Regional del Callao ha sustentado, documentadamente, no contar con la capacidad económica para atender oportunamente el pago de la deuda contraída con cargo a los ingresos por concepto de canon, sobre canon, regalías mineras y participaciones, cuyo pago del principal asciende a S/ 156 621 339,00 en el año 2026, por lo que el citado Gobierno Regional ha solicitado la reprogramación de las obligaciones de la citada deuda a través de un pago amortizable mensual durante 10 años, a partir del año 2024 al año 2033;

Que, la reprogramación de la obligación asumida por el Gobierno Regional del Callao mencionado en el considerando precedente, requiere de la modificación del Convenio de Traspaso de Recursos suscrito, a través de una adenda, que se aprueba en el marco de la Cláusula Sétima del citado Convenio de Traspaso y bajo la misma formalidad prevista para la aprobación del mismo, en aplicación de lo señalado en el artículo 4 del Decreto Supremo N° 322-2015-EF;

Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General del Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público y por la Directiva N° 001-2019EF/52.04, “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes, y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 015-2019EF/52.01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Aprobar la adenda al Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrita entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público y el Gobierno Regional del Callao, mediante la cual se modifican las condiciones de reembolso de las obligaciones de pago derivadas de la operación de endeudamiento interno aprobada mediante el Decreto Supremo N° 322-2015-EF, la misma que como Anexo, forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Suscripción de documentos

Autorizar al(a la) Director(a) General de la Dirección General del Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, la adenda al Convenio de Traspaso de Recursos que se aprueba en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, así como toda la documentación necesaria para su implementación.

Artículo 3.- Publicación

La presente Resolución Ministerial y su Anexo, se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ARISTA ARBILDO

Ministro de Economía y Finanzas

2275258-1