Aprueban el Reglamento Interno de la Red Local de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes del Distrito de Pachacámac (RELTOCA)
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 005-2024-MDP/A
Pachacámac, 6 de mayo de 2024
EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD
DE PACHACÁMAC
VISTOS: el Informe N°007-2024-MDP/GTCAI emitido por la Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales, el Informe N°148-2024-MDP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y los memorandos N°454 y 573-2024-GM/MDP cursado por la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante ordenanza municipal N° 320- 2023-MDP/C se crea la Red Local de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes del Distrito de Pachacámac (RELTOCA);
Que, con ordenanza municipal N° 333-2024-MDP/C se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, en donde se define las funciones de la Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales, entre otras, una contenida en el numeral 91.1 del artículo 91 que le atribuye a dicha gerencia, formular, proponer, implementar, dirigir, ejecutar y evaluar las políticas, estrategias, planes, programas, directivas, lineamientos, normas municipales, instrumentos de gestión, convenios y otros instrumentos técnico normativos para el desarrollo sostenible y competitivo en materia de turismo, artesanía y cultura a nivel distrital, es así que mediante informe de vistos propone la aprobación, vía decreto, del proyecto de reglamento interno del RELTOCA a fin de cumplir con lo dispuesto por la norma que la crea, el mismo que consta de 13 (trece) capítulos, 22 (veintidós) artículos y 2 (dos) disposiciones finales;
Que, según informe de vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que conforme al artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del alcalde dictar decretos de alcaldía con sujeción a las ordenanzas y leyes, en tanto el artículo 42, precisa que los decretos establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal, siempre y cuando, no se tergiverse ni desnaturalice el mandato contenido en la ordenanza;
Estando conforme el informe de vistos, a las facultades conferidas en el Artículo 4° de la Ordenanza Municipal N° 320-2023-MDP/C y a las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidad N° 27972;
DECRETA:
Artículo 1.- APROBAR el Reglamento Interno de la Red Local de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes del Distrito de Pachacámac (RELTOCA), el mismo que consta de 13 (trece) capítulos, 22 (veintidós) artículos y (2) disposiciones finales, que forman parte integrante del presente decreto.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales, ejecutar las acciones necesarias a fin de garantizar la implementación y difusión del reglamento aprobado.
Artículo 3.- PUBLICAR el decreto en el diario oficial El Peruano y el contenido íntegro del reglamento aprobado, en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac www.munipachacamac.gob.pe.
Artículo 4.- El reglamento entrará en vigencia al a partir del día siguiente de la publicación del decreto que lo aprueba.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ENRIQUE V. CABRERA SULCA
Alcalde
2288496-1