Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban Reglamento Interno de la Red Municipal de Artesanos del Distrito de Pachacámac

Aprueban Reglamento Interno de la Red Municipal de Artesanos del Distrito de Pachacámac

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 004-2024-MDP/A

Pachacámac, 3 de mayo de 2024

EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE

PACHACÁMAC

VISTOS: el Informe Nº 006-2024-MDP/GTCAI emitido por la Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales, el Informe Nº 150-2024-MDP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y los memorandos Nº 433 y 562-2024-GM/MDP cursados por la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante ordenanza municipal Nº 322- 2023-MDP/C se crea la Red Municipal de Artesanos del Distrito de Pachacámac (REMAP) como instancia local del registro y certificación de los artesanos del distrito, dirigida a coordinar, formalizar y fomentar sus actividades como constructores de identidad y tradiciones culturales, desplegando trabajos articulados con las distintas entidades públicas vinculadas a la tarea artesanal y a la promoción cultural;

Que, en el artículo 4 de la referida norma, se faculta al alcalde para que en un plazo de 45 (cuarenta y cinco) días calendario, mediante decreto de alcaldía, proceda a reglamentar el REMAP;

Que, mediante informe de vistos, emitido por la Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales presenta el proyecto de Reglamento Interno de la Red Municipal de Artesanos del Distrito de Pachacámac, para su evaluación y ulterior aprobación, el mismo que es declarado viable por la Oficina General de Asesoría Jurídica y opina por que se apruebe mediante decreto de alcaldía;

Que, según el artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del alcalde dictar decretos de alcaldía con sujeción a las ordenanzas y leyes, en tanto el artículo 42, precisa que los decretos establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; esto es, sin tergiversar ni desnaturalizar el mandato contenido en la ordenanza;

Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el numeral 6 del artículo 20 y artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo 1.- APROBAR el Reglamento Interno de la Red Municipal de Artesanos del Distrito de Pachacámac (REMAP), el mismo que consta de 12 (doce) capítulos, 24 (veinticuatro) artículos y 02 (dos) disposiciones finales, que forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales, ejecutar las acciones necesarias a fin de garantizar la implementación y difusión del reglamento aprobado.

Artículo 3.- PUBLICAR el decreto en el diario oficial El Peruano y el contenido íntegro del reglamento aprobado, en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac www.munipachacamac.gob.pe.

Artículo 4.- El reglamento entrará en vigencia al a partir del día siguiente de la publicación del decreto que lo aprueba.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

Enrique V. Cabrera Sulca

Alcalde

2286146-1