Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional Autónoma de Chota a España, en comisión de servicios
Universidad Nacional Autónoma de Chota
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
N° 061-2024-UNACH
15 de mayo de 2024
VISTOS:
La Carta Nº 010-2024-UNACH/ PH-PE, presentada el 09 de abril de 2024; el Informe N° 401-2024-UNACH/OPP-KAMM, de fecha 02 de mayo de 2024; la Carta Nº 392-2024-UNACH/DGA, presentada el 08 de mayo de 2024; el acuerdo de sesión ordinaria de Comisión Organizadora, de fecha 14 de mayo de 2024; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 18° de la Constitución Política del Perú, la universidad es la comunidad de profesores, alumnos y graduados. (…). Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes.
Que, la Ley Universitaria, Ley N° 30220, en su artículo 8° establece que, el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente ley y demás normas aplicables.
Que, el primer párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico…¨
Que, la Ley N° 27619, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto al contenido del acto de autorización, en su artículo 2°, señala: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac….¨ Finalmente, el artículo 10°, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas…”.
Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 018-2019-UNACH, de fecha 16 de enero de 2019, se aprobó la Directiva N° 001-2019-UNACH, denominada: “Directiva de Pago de comisión de servicios para salidas al exterior del país a docentes y administrativos de la Universidad Nacional Autónoma de Chota”.
Que, con Carta Nº 010-2024-UNACH/ PH-PE, presentada el 09 de abril de 2024, la LEAR del equipo técnico del Proyecto 101083115 HAInnovPrev de la Agencia Ejecutiva Europea en la Educación y Cultura del Programa ERASMUS-EDU-2022-CBHE, denominado ¨Empoderando la educación superior de Enfermería con prácticas innovadoras de prevención y control de infecciones asociadas a la atención médica en América Latina¨, informa que la Universidad Nacional Autónoma de Chota viene participando en dicho proyecto, el cual tiene como principal objetivo mejorar la calidad de los Planes de estudio de Enfermería en América Latina y contribuir a la prestación de una atención segura y de alta calidad.
Que, agrega, los integrantes del referido proyecto viajarán a la ciudad de Salamanca- España del 16 al 28 de mayo de 2024, a fin de participar de la Tercera Reunión Transnacional del Proyecto 101083115 HAInnovPrev de la Agencia Ejecutiva Europea en la Educación y Cultura del Programa ERASMUS-EDU-2022-CBHE. En tal sentido, solicita la asignación de pasajes y viáticos internacionales con cargo al Proyecto 101083115 HAInnovPrev de la Agencia Ejecutiva Europea en la Educación y Cultura del Programa ERASMUS-EDU-2022-CBHE, de acuerdo al detalle descrito en dicho documento.
Que, mediante Informe N° 401-2024-UNACH/OPP-KAMM, de fecha 02 de mayo de 2024, el jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, informa que ha procedido dotar de marco presupuestal a la meta 50, proyecto 101083115 HAInnovPrev de la Agencia Ejecutiva Europea en la Educación y Cultura del Programa ERASMUS-EDU-2022-CBHE y, atender con marco presupuestal existente en la fuente de financiamiento de Donaciones y Transferencias. Adjunta la Certificación de Crédito Presupuestal Nº 395 por el monto de S/. 31,187.34 soles.
Que, con Carta Nº 392-2024-UNACH/DGA, de fecha 03 de mayo de 2024, la directora de la Dirección General de Administración, en atención a la Carta Nº 010-2024-UNACH/ PH-PE, remite todos los actuados para la aprobación respectiva, mediante acto resolutivo.
Que, en atención a los documentos e informes de vistos y, de conformidad con el Artículo 59° de la Ley Universitaria N° 30220 y el Artículo 21° del Estatuto de la Universidad Nacional Autónoma de Chota.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR LA COMISIÓN DE SERVICIOS, a los docentes: a) Ph. D. Kelly Myriam Jiménez de Aliaga, b) Dr. Isaías Wilmer Dueñas Sayaverde y, c) Dra. Zoila Isabel Cárdenas Tirado, desde el 16 al 28 de mayo del 2024, a fin de que participen en la Tercera Reunión Transnacional del Proyecto 101083115 HAInnovPrev de la Agencia Ejecutiva Europea en la Educación y Cultura del Programa ERASMUS-EDU-2022-CBHE, a realizarse en la ciudad de Salamanca- España.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la asignación de pasajes y viáticos internacionales por Comisión de Servicios, con la finalidad, de que los citados docentes, participen en la Tercera Reunión Transnacional del Proyecto 101083115 HAInnovPrev de la Agencia Ejecutiva Europea en la Educación y Cultura del Programa ERASMUS-EDU-2022-CBHE, a realizarse en la ciudad de Salamanca- España, del 16 al 28 de mayo del 2024; con cargo al Proyecto 101083115 HAInnovPrev de la Agencia Ejecutiva Europea en la Educación y Cultura del Programa ERASMUS-EDU-2022-CBHE, según el siguiente detalle:
NOMBRES Y APELLIDOS |
DNI N° |
DÍAS |
PASAJES INTERNA- CIONALES |
VIÁTICOS INTERNA- CIONALES |
PASAJES NACIO- NALES |
VIÁTICOS NACIO- NALES |
PhD. Kelly Myriam Jiménez de Aliaga |
18159445 |
6 |
4,933.00 |
4,948.00 |
300.00 |
|
Dr. Isaías Wilmer Dueñas Sayaverde |
27432969 |
6 |
4,933.00 |
4,948.00 |
302.17 |
300.00 |
Dra. Zoila Isabel Cárdenas Tirado |
26730556 |
6 |
4,933.00 |
4,948.00 |
342.17 |
300.00 |
TOTAL |
S/ 31,187.34 |
Artículo Tercero.- DISPONER, que los docentes beneficiarios de viáticos y pasajes internacionales, señalados en el artículo segundo, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, presenten un informe detallado sobre el desarrollo y resultado de la reunión transnacional a la Presidencia de la Comisión Organizadora; así como la rendición de cuentas por los viáticos entregados, bajo apercibimiento de procederse, de acuerdo a lo establecido en el numeral 7.7 de la : “Directiva de Pago de comisión de servicios para salidas al exterior del país a docentes y administrativos de la Universidad Nacional Autónoma de Chota”.
Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR, a la Dirección General de Administración, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución e informar a la Presidencia de la Comisión Organizadora.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
Carlos Rafael Suárez Sánchez
Presidente de la Comisión Organizadora
Universidad Nacional Autónoma de Chota
Jorge Luis Quiñones Espinoza
Secretario General
Universidad Nacional Autónoma de Chota
2289655-1