Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Encargan al Vicecontralor de Integridad y Control de la Contraloría General de la República las funciones del cargo de Contralor General de la República

Encargan al Vicecontralor de Integridad y Control de la Contraloría General de la República, las funciones del cargo de Contralor General de la República

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA

N° 259-2024-CG

Lima, 17 de mayo de 2024

VISTOS:

Las invitaciones cursadas por la Contraloría General de la República del Perú en su calidad de presidencia de la Comisión de Parlamentos y Entidades Fiscalizadoras Superiores (CPE) a las Entidades Fiscalizadoras Superiores Miembros del CPE, y el correo electrónico de fecha 29 de abril de 2024 cursado por la Contraloría General de la República del Paraguay en su calidad de presidencia de la OLACEFS; la Hoja Informativa N° 000037-2024-CG/CREI, de la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales; el Memorando N° 000993-2024-CG/GAD, de la Gerencia de Administración; la Hoja Informativa N° 000534-2024-CG/CONT, de la Unidad de Contabilidad; el Memorando N° 004064-2024-CG/ABAS, de la Subgerencia de Abastecimiento; y, la Hoja Informativa N° 000146-2024-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, el Parlamento Latinoamericano y Caribeño, o PARLATINO, es un organismo regional, permanente y unicameral, integrado por los parlamentos nacionales de los países soberanos e independientes de América Latina y el Caribe, elegidos democráticamente mediante sufragio popular, cuyos países suscribieron el correspondiente Tratado de Institucionalización el 16 de noviembre de 1987, en Lima – Perú;

Que, la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS), es un organismo internacional especializado de carácter técnico, cuyo objetivo es fomentar el desarrollo y perfeccionamiento de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) de los países de la región, en materia de control gubernamental; teniendo entre sus atribuciones el mantener contacto de carácter científico y técnico con instituciones y organizaciones de otras regiones del mundo, especializadas en control y fiscalización del manejo de los recursos públicos. La Contraloría General de la República del Perú es miembro activo de la organización y de las instancias de trabajo que la conforman; y preside la Comisión de Participación Ciudadana (CPC) y la Comisión de Parlamentos y Entidades Fiscalizadoras Superiores (CPE) de la OLACEFS;

Que, el Consejo Directivo es un órgano colegiado, según las disposiciones introducidas por la resolución 14/2019/AG de la XXIX Asamblea General Ordinaria. Asimismo, se encarga de realizar asesoría, efectuar seguimiento y velar por el cumplimiento de las resoluciones de la Asamblea General, así como también coadyuvar en su ejecución;

Que, conforme a lo previsto en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía administrativa, funcional, económica y financiera conforme a la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; asimismo, es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, que tiene como atribución supervisar la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control;

Que, la Comisión de Parlamentos y Entidades Fiscalizadoras Superiores tiene por objetivo optimizar el relacionamiento entre los Parlamentos y las EFS, con la finalidad de establecer sinergias para obtener resultados significativos respecto al aprovechamiento de la información que proporcionan las EFS, así como la generación de propuestas legislativas que permitan a las EFS fortalecer su ámbito de acción. Actualmente, cuenta con 12 miembros correspondientes a las EFS de: Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Curazao, El Salvador, Guatemala, México, Panamá, Paraguay, Perú y Venezuela. La Contraloría General de la República del Perú preside la citada comisión por el período 2024 – 2026;

Que, mediante correo electrónico de 29 de abril de 2024, la presidencia de la OLACEFS comunicó que, el 29 de mayo del presente, se llevará a cabo la LXXVIII Reunión del Consejo Directivo, en la ciudad de Panamá, República de Panamá. Asimismo, la presidencia de la OLACEFS remitió la Orden del Día, para consideración de la Contraloría General de la República del Perú, en su calidad de presidencia de la CPC y CPE, instancias de trabajo de la organización regional, con la finalidad que informe al Consejo Directivo de la OLACEFS sobre los avances de las actividades programadas en los planes operativos de las citadas instancias de trabajo;

Que, de acuerdo al cumplimiento del Plan Operativo Anual 2024 de la CPE, la Contraloría General de la República, en su calidad de presidencia de la CPE del período 2024–2026, cursó invitaciones a las EFS de la organización regional para participar en el Seminario Internacional “Comisión de Parlamentos y Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) OLACEFS y PARLATINO, Buenas prácticas para optimizar el relacionamiento entre los Parlamentos y las EFS”, a realizarse los días 30 y 31 de mayo de 2024, en las instalaciones de la sede permanente del PARLATINO, en la ciudad de Panamá, República de Panamá;

Que, por medio de la Hoja Informativa N° 000037-2024-CG/CREI, la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales señala que la participación del Contralor General de la República en los citados eventos permitirá, entre otros aspectos: i) Cumplir con los compromisos asumidos de la Contraloría General de la República en su calidad de presidencia de la CPE, promoviendo y fortaleciendo a través de actividades e iniciativas la cooperación entre los Parlamentos y las Entidades Fiscalizadoras Superiores en pro de la gestión de los recursos públicos; ii) Conocer las iniciativas legislativas de los parlamentos relevantes en el ámbito del control que permitan fortalecer la labor de acción de las EFS, en pro de la rendición de cuentas y la fiscalización; iii) Intercambiar buenas prácticas e iniciativas respecto al relacionamiento de las EFS y el Parlamento, para el desarrollo de las EFS y sus acciones fiscalizadoras, con el fin de obtener resultados significativos en la fiscalización y rendición de cuentas, que conlleve a mejorar la eficacia y eficiencia en la gestión de los recursos públicos; iv) Contribuir con la implementación y promoción de la Agenda 2030, máxime en el Objetivo de Desarrollo Sostenible 16 “Paz, Justicia e Instituciones sólidas” y sus metas 16.5 (Reducir considerablemente la corrupción y el soborno en todas sus formas) y 16.6 (Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas); v) Cumplir con los compromisos institucionales asumidos por la Contraloría General de la República en su calidad de presidencia de la CPC y de la CPE, dando cuenta al Consejo Directivo de la OLACEFS, de las actividades desarrolladas en el marco de su Plan Operativo Anual 2024, así como conocer la labor efectuada e interacción con los órganos y grupos de trabajo de la organización; y, vi) Enriquecer el debate técnico e intercambio de experiencias, lo que coadyuvará a afianzar las relaciones bilaterales y lazos de cooperación entre la Contraloría General de la República, el Parlamento y las EFS participantes del evento, sentando las bases para futuros proyectos y/o iniciativas conjuntas, tanto en el ámbito bilateral como multilateral;

Que, asimismo de acuerdo a lo expuesto en la Hoja Informativa N° 000037-2024-CG/CREI, resulta conveniente para los fines institucionales la participación del Contralor General de la República en la LXXVIII Reunión del Consejo Directivo de la OLACEFS a realizarse el día 29 de mayo de 2024, y en el Seminario Internacional “Comisión de Parlamentos y Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) OLACEFS y PARLATINO, Buenas prácticas para optimizar el relacionamiento entre los Parlamentos y las EFS” a realizarse los días 30 y 31 de mayo de 2024, ambos eventos a desarrollarse en la ciudad de Panamá, República de Panamá; siendo necesario encargar las funciones inherentes del Despacho del Contralor General de la República, al Vicecontralor de Integridad y Control, a efectos de asegurar la función rectora que compete a esta Entidad Fiscalizadora Superior;

Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y modificatorias, así como demás normativa aplicable, los gastos que irrogue la mencionada comisión de servicios serán financiados con los recursos del Pliego 019: Contraloría General, de conformidad con lo señalado por la Gerencia de Administración mediante Memorando N° 000993-2024-CG/GAD, sobre la base del cálculo de gastos efectuado por la Unidad de Contabilidad, conforme a la Hoja Informativa N° 000534-2024-CG/CONT, y de acuerdo con lo sustentado por la Subgerencia de Abastecimiento a través del Memorando N° 004064-2024-CG/ABAS;

En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 32 y 33 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; y de acuerdo con la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; así como la precitada Ley N° 27619 y su Reglamento;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Encargar al Vicecontralor de Integridad y Control de la Contraloría General de la República, las funciones del cargo de Contralor General de la República, a partir del 28 de mayo de 2024 y en tanto dure la ausencia del Titular de esta Entidad Fiscalizadora Superior, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos que se deriven de la presente comisión de servicios serán financiados con recursos del Pliego 019: Contraloría General, según detalle siguiente: pasajes aéreos por un importe de US$ 735.25 dólares americanos y S/ 315.00 (Trescientos quince y 00/100 soles), viáticos por un importe de US$ 945.00 (3 días) y gastos de instalación por un importe de US$ 315.00 (1 día).

Artículo 3.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELSON SHACK YALTA

Contralor General de la República

2289849-1