Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Precisan que los fedatarios administrativos designados continúan ejerciendo sus funciones en las intendencias de tributos internos

Precisan que los fedatarios administrativos designados continúan ejerciendo sus funciones en las intendencias de tributos internos

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

N° 000087-2024-SUNAT/800000

PRECISA QUE LOS FEDATARIOS ADMINISTRATIVOS DESIGNADOS CONTINÚAN EJERCIENDO SUS FUNCIONES EN LAS INTENDENCIAS DE

TRIBUTOS INTERNOS

Lima, 15 de mayo de 2024

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 040-2023-EF y la Resolución de Superintendencia Nº 000081-2023/SUNAT, se aprobaron la Sección Primera y la Sección Segunda, respectivamente, del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, el cual se encuentra vigente desde el 1 de mayo de 2024;

Que, mediante el ROF se efectuó, entre otros, el cambio de estructura y denominación de las intendencias regionales y de las oficinas zonales por intendencias de tributos internos;

Que, el Anexo 3 de la Sección Segunda del ROF contiene la clasificación de intendencias de tributos internos;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 040-2023-EF dispone que para todo efecto legal, la mención a las unidades de organización de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT que se efectúe en cualquier disposición, documento de gestión, proceso, procedimiento y otro documento debe entenderse referida a la nueva estructura y nomenclatura aprobada en la Sección Primera y Sección Segunda del ROF, en lo que corresponda, considerando las funciones asignadas a cada unidad de organización;

Que, en concordancia con lo previsto por la referida disposición complementaria final, resulta conveniente precisar que los servidores designados en su momento como fedatarios administrativos en las mencionadas intendencias regionales y oficinas zonales, continúan ejerciendo sus funciones como fedatarios administrativos en las actuales Intendencias de Tributos Internos correspondientes;

De acuerdo con el Informe Técnico Nº 000008-2024-SUNAT/1M2000 de la Gerencia de Administración Documentaria y Archivo y de conformidad con la facultad conferida en los incisos a) y c) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobada por el Decreto Supremo Nº 040-2023-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Precisar que los servidores designados como fedatarios administrativos en las ex intendencias regionales y ex oficinas zonales, continúan ejerciendo plenamente sus funciones como fedatarios administrativos en las actuales intendencias de tributos internos correspondientes, según el Anexo que se adjunta.

Artículo 2.- El Anexo es publicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT (www.gob.pe/sunat), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL ORLANDO TALLA PIMENTEL

Superintendente Nacional Adjunto de

Administración y Finanzas (e)

2289199-1