Disponen, conforme al artículo 30 del Reglamento para el Proceso de Inscripción y Postulación para el curso del Proyecto de Estandarización y Creación del Grupo de Formador de Formadores en las Distintas Especialidades del Poder Judicial, el reconocimiento y registro como “Formador de Formadores del Poder Judicial” a los 78 señores magistrados y magistradas que aprobaron las dos etapas del curso
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000159-2024-CE-PJ
Lima, 16 de mayo del 2024
VISTO:
El Oficio N.° 0000356-2024-ST-CNF/PJ, cursado por el Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial, mediante el cual informa sobre el desarrollo del “Programa Especializado en Herramientas de Apoyo de Educación y Enseñanza para Formador de Formadores en las distintas Especialidades del Poder Judicial Etapa N.° 2”; y propone la aprobacion de la nomina de magistrados y magistradas como Formador de Formadores en las Distintas Especialidades del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que el Poder Judicial, de acuerdo a la Constitución y las leyes, es la institución encargada de administrar justicia a través de sus órganos jerárquicos como los Juzgados de Paz, Juzgados de Paz Letrados, Cortes Superiores, y la Corte Suprema de Justicia de la República. Asimismo, ofrece un servicio de justicia de calidad a la población amparado en los principios de igualdad, no discriminación y el más amplio acceso a la justicia. Por lo tanto, la función del Poder Judicial puede resumirse en aplicar la Constitución, las leyes, y las normas internacionales sobre Derechos Humanos.
Segundo. Que, los jueces y juezas necesitan capacitación actualizada y permanente para generar confianza, buena imagen y administrar justicia dentro de los parámetros de la Constitución y las leyes. A mérito de lo cual mediante Resolución Administrativa N.° 000440-2023-CE-PJ se aprobó el Proyecto de “Estandarización y creación del grupo de formador de formadores en las distintas especialidades del Poder Judicial”, que consta de dos etapas, i) Proceso de evaluación y selección, que se llevó a cabo del 31 de octubre de 2023 al 6 de febrero de 2024, en la sede de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; y ii) Proceso de capacitación en herramientas pedagógicas, andragógicas y metodología de enseñanza en diversas especialidades, desarrollado del 4 de marzo al 5 de abril del presente año.
Tercero. Que, mediante Oficio N.° 0000356-2024-ST-CNF/PJ, el Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial remite el Informe N.° 000026-2024-CT-CNF-PJ, del cual se advierte que 78 magistrados y magistradas han superado las etapas: i) Proceso de evaluación y selección, y ii) Proceso de capacitación en herramientas pedagógicas, andragógicas y metodología de enseñanza en diversas especialidades.
Cuarto. Que, conforme al artículo 30 del Reglamento para el Proceso de Inscripción y Postulación para el curso del Proyecto de Estandarización y Creación del Grupo de Formador de Formadores en las distintas Especialidades del Poder Judicial, corresponde el reconocimiento y registro como “Formador de Formadores del Poder Judicial”, a 78 magistrados y magistradas que han superado las etapas correspondientes
Quinto. Que el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N.° 686-2024, de la décima sexta edición del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 8 de mayo de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra y Cáceres Valencia, sin la intervención del señor Zavaleta Grández por asistir a una reunión programada con anterioridad; en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Téngase presente el informe presentado por el Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial.
Artículo Segundo.- Disponer, conforme al artículo 30 del Reglamento para el Proceso de Inscripción y Postulación para el curso del Proyecto de Estandarización y Creación del Grupo de Formador de Formadores en las Distintas Especialidades del Poder Judicial, el reconocimiento y registro como “Formador de Formadores del Poder Judicial” a los 78 señores magistrados y magistradas que aprobaron las dos etapas del curso.
Artículo Tercero.- El periodo de vigencia como Formador de Formadores será de dos años, renovables por el mismo periodo; en tanto cumplan con las exigencias de la “Directiva de Monitoreo de las Actividades de Capacitación de los Formadores del Poder Judicial a Nivel Nacional”.
Artículo Cuarto.- Disponer que los magistrados y magistradas reconocidos como Formador de Formadores, preferentemente serán los capacitadores en sus respectivas especialidades en las actividades académicas programadas por las Cortes Superiores de Justicia del país, Equipos Técnicos, Comisiones Especiales, Programas Presupuestales, a fin de estandarizar criterios, y en esa dirección efectivizar y mejorar la calidad de capacitación de los operadores de justicia a nivel nacional.
Artículo Quinto.- Disponer que la Comisión del Proyecto de Estandarización y Creación del Grupo de Formador de Formadores en las Distintas Especialidades del Poder Judicial, en coordinación con el Centro de Investigaciones Judiciales y en el plazo de 30 días calendario, elaboren propuesta de “Directiva de Monitoreo de las Actividades de Capacitaciones de los Formadores del Poder Judicial a Nivel Nacional”.
Artículo Sexto.- Disponer que la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial, notifique a los magistrados y magistradas que aprobaron las dos etapas del referido curso.
Artículo Sétimo.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Comité Evaluador de Estandarización y Creación del Grupo de Formador de Formadores en las distintas Especialidades del Poder Judicial, Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente
2289496-1