Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza que aprueba la rectificación del plano de zonificación del distrito de Pachacámac

Ordenanza que aprueba la rectificación del plano de zonificación del distrito de Pachacámac

ORDENANZA N° 2620

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD

METROPOLITANA DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha;

Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 040-2024-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA

QUE APRUEBA LA RECTIFICACIÓN DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE PACHACÁMAC

Artículo Primero.- Aprobar la rectificación del plano de zonificación del distrito de Pachacámac, de Otros Usos-Zona Arqueológica (OU-ZA) a Agrícola (A), de las parcelas conformadas por las unidades catastrales N° 07335 y N° 016033, inscritas en las partidas registrales N° PO3157715 y N° PO3157716, en el Sector de Manchay Bajo, distrito de Pachacámac, provincia y departamento de Lima; haciendo extensivo de oficio, la rectificación de zonificación de su entorno calificado como OU-ZA a Agrícola (A) en el Sector Manchay Bajo, manteniendo la calificación OU-ZA en las zonas arqueológicas monumentales: Manchay Bajo (Resolución Directoral N°000145-2021-DGPA/MC), Montículo Manchay Bajo Sector 1 y Sector 2, conforme al gráfico que, como anexo, forma parte de la presente ordenanza.

Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación incorpore en el plano de zonificación del distrito de Pachacámac, la rectificación aprobada en el artículo precedente.

Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina General de la Secretaria del Concejo cumpla con comunicar a los propietarios de los predios y a la Municipalidad Distrital de Pachacamac lo indicado en la presente Ordenanza.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano y, a la Oficina de Gobierno Digital su publicación, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

Lima, 9 de mayo de 2024

RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA

Alcalde

2288634-1