Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional 2019 - 2026 Ampliado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables hasta el año 2027 siendo su nueva denominación Plan Estratégico Institucional 2019 – 2027 Ampliado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

Aprueban ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional 2019 - 2026 Ampliado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables hasta el año 2027, siendo su nueva denominación “Plan Estratégico Institucional 2019 - 2027 Ampliado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 180-2024-MIMP

Lima, 13 de mayo de 2024

VISTOS, el Informe N° D000075-2024-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento; la Nota N° D000241-2024-MIMP-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y, asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

Que, con Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN);

Que, en ese marco el numeral 7.3 del artículo 7 de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD y sus modificatorias, establece que, a nivel institucional, los objetivos expresados en los Planes Estratégicos Institucionales - PEI, para su implementación en los Planes Operativos Institucionales - POI, se articulan con los objetivos estratégicos de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales - PESEM, los Planes Estratégicos Multisectoriales - PEM, los Planes de Desarrollo Regional Concertado - PDRC o los Planes de Desarrollo Local Concertado - PDLC, según corresponda al tipo de entidad;

Que, asimismo, el numeral 4.1 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modificatorias, señala que el PEI es un instrumento de gestión que define la estrategia del pliego para lograr sus objetivos, para un periodo mínimo de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población;

Que, con relación a la validación y aprobación del PEI, el párrafo 5.7 del numeral 5 de la citada Guía establece que el CEPLAN verifica y valida la consistencia técnica del PEI y emite un informe técnico, en ese sentido, luego de la validación, el titular de la entidad emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad;

Que, con Resolución Ministerial N° 174-2023-MIMP, se aprueba la ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional 2019 - 2025 Modificado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables hasta el año 2026, siendo su denominación “Plan Estratégico Institucional 2019 - 2026 Ampliado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 109-2024-MIMP, se aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024 - 2030 del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables;

Que, a través del Comunicado N° 0003-2024/CEPLAN, el CEPLAN con el objetivo de garantizar la vinculación de los PEI con los PESEM aprobados, y con la finalidad de iniciar la implementación de estos y de facilitar la elaboración, el registro y la aprobación del POI Multianual 2025-2027, dispone facilitar el proceso de ampliación de la temporalidad del PEI de los Pliegos del Gobierno Nacional;

Que, en mérito de lo antes señalado, con Oficio N° D000425-2024-CEPLAN-DNCP, la Directora Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN, en atención al correo institucional de fecha 16 de abril de 2024 del MIMP, remite al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP su Informe Técnico N° D000197-2024-CEPLAN-DNCPPEI, a través del cual se verifica y valida el PEI del MIMP para el periodo 2019 - 2027, el mismo que ha sido ampliado en aplicación a las orientaciones que establece el Comunicado N° 0003-2024/CEPLAN y la Guía para el Planeamiento Institucional, por lo que recomienda su aprobación;

Que, mediante Acta de Sesión Virtual N° 001-2024-MIMP-CPE, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conformada mediante Resolución Ministerial N° 029-2019-MIMP, valida la ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional 2019 - 2026 Modificado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hasta el año 2027, siendo su nueva denominación “Plan Estratégico Institucional 2019 - 2027 Ampliado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”;

Que, con Nota N° D000241-2024-MIMP-OGPPM la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe N° D000075-2024-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento, el cual señala que ha realizado la gestión correspondiente para contar con la ampliación del horizonte del Plan Estratégico Institucional 2019 - 2026 Ampliado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables hasta el año 2027, con el objetivo de dar cobertura al proyecto de POI Multianual 2025-2027 del Pliego 039: MIMP, considerando los lineamientos dispuestos por el CEPLAN, por lo que solicita la aprobación del “Plan Estratégico Institucional 2019 - 2027 Ampliado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, el cual ha sido validado por CEPLAN y la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conformada mediante Resolución Ministerial N° 029-2019-MIMP;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; la Resolución Ministerial N° 362-2023-MIMP que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD que aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional 2019 - 2026 Ampliado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables hasta el año 2027, siendo su nueva denominación “Plan Estratégico Institucional 2019 - 2027 Ampliado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, el mismo que en Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realizar el seguimiento y evaluación del cumplimiento del “Plan Estratégico Institucional 2019 - 2027 Ampliado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”.

Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y a la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para los fines correspondientes, en el marco de sus competencias.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO

Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

2288271-1