Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Instructivo N° 002-2024-EF/51.01 Instructivo para la elaboración del diagnóstico de brechas contables con fines de la preparación del programa de transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en las entidades del Sector Público

Aprueban el Instructivo N° 002-2024-EF/51.01 “Instructivo para la elaboración del diagnóstico de brechas contables con fines de la preparación del programa de transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en las entidades del Sector Público”

Resolución Directoral

Nº 006-2024-EF/51.01

Lima, 11 de mayo de 2024

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el numeral 5.1 y los incisos 1, 2 y 5 del numeral 5.2 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado por Decreto Supremo N° 057-2022-EF, la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Contabilidad, y tiene entre sus funciones, ejercer la máxima autoridad técnico–normativa de dicho Sistema; emitir normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en las entidades del Sector Público; así como elaborar la Cuenta General de la República y las Estadísticas de las Finanzas Públicas, procesando las rendiciones de cuenta remitidas por las entidades del Sector Público, de acuerdo a estándares internacionales vigentes;

Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del citado Texto Único Ordenado, establece que el Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos, mediante los cuales se ejecuta y evalúa el registro contable de los hechos económicos, financieros y patrimoniales del sector público, en armonía con la normativa contable internacional vigente;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 4.3 del artículo 4 del citado Texto Único Ordenado, el marco normativo para la preparación de la información financiera por parte de las entidades del Sector Público son las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP) de acuerdo con las disposiciones que emita la Dirección General de Contabilidad Pública;

Que, mediante Resolución Directoral N° 013-2023-EF/51.01, se aprueba la aplicación en el Perú de las NICSP de acumulación (o devengo), el Prólogo a las NICSP y el Marco Conceptual para la Información Financiera con Propósito General de las Entidades del Sector Público, de la edición 2022 en su versión en español del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (IPSASB, por sus siglas en inglés) de la Federación Internacional de Contadores (IFAC, por sus siglas en inglés), que forman parte del marco para la preparación de la información financiera en las entidades del Sector Público, con vigencia desde el 1 de enero de 2024;

Que, asimismo, la Dirección General de Contabilidad Pública mediante Resolución Directoral N° 016-2023-EF/51.01, aprueba las “Disposiciones para la aplicación del marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP) en la preparación de la Información Financiera”, con vigencia desde el 1 de enero de 2024, como parte de otras disposiciones que permitan la aplicación del Marco NICSP;

Que, mediante Resolución Directoral N° 004-2024-EF/51.01 se aprueba la Directiva N° 001-2024-EF/51.01, que dispone lineamientos generales que contemplan la emisión de instrumentos normativos por la Dirección General de Contabilidad Pública, para regular aspectos específicos sobre acciones administrativas y contables a ser llevadas a cabo por las entidades adoptantes en el proceso de transición, con fines de la generación de información financiera e información presupuestaria para la rendición de cuentas y toma de decisiones;

Que, por ello, es necesario establecer lineamientos que permitan a las entidades adoptantes, elaborar el diagnóstico de brechas contables, entre el Marco NICSP aplicable a partir del 1 de enero de 2024 y las prácticas contables anteriores aplicadas hasta el 31 de diciembre de 2023, como acción inicial y por única vez, con fines de la preparación del Programa de Transición, necesario para la etapa de planificación de las acciones para transitar al Marco NICSP;

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar, la norma de transición denominada Instructivo N° 002-2024-EF/51.01 “Instructivo para la elaboración del diagnóstico de brechas contables con fines de la preparación del programa de transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en las entidades del Sector Público”;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal h) del artículo 128 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 331-2023-EF/41, la Dirección General de Contabilidad Pública mantiene actualizada y sistematizada la normativa del Sistema Nacional de Contabilidad;

De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado mediante Decreto Supremo N° 057-2022-EF; y el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Apruébese el Instructivo N° 002-2024-EF/51.01 “Instructivo para la elaboración del diagnóstico de brechas contables con fines de la preparación del programa de transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en las entidades del Sector Público”.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral, así como del Instructivo N° 002-2024-EF/51.01 “Instructivo para la elaboración del diagnóstico de brechas contables con fines de la preparación del programa de transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en las entidades del Sector Público”, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR NUÑEZ DEL ARCO MENDOZA

Director General

Dirección General de Contabilidad Pública

2288556-1