Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aceptan renuncia de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Comas

Aceptan renuncia de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Comas

RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL

N° 381-2024-GM/MDC

Comas, 30 de abril de 2024

VISTOS:

El Expediente N° 20059-2024 de fecha 29 de Abril de 2024 presentado por la señora Lucia Catherine Romero Hurtado, el Informe N° 617-2024-ORRHH-OGA/MDC de fecha 29 de Abril de 2024 de la Oficina de Recursos Humanos, el Memorando N° 2448-2024-OGA/MDC de fecha 29 de abril de 2024 de la Oficina General de Administración, el Informe N° 22-2024-GAT/MDC de fecha 30 de abril de 2024 de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe N° 383-2024-OGAJ/MDC de fecha 30 de abril de 2024 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; sobre el cese de la Ejecutora Coactivo Tributario.

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 30305” Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, conforme a lo establecido en el Artículo 6° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Alcalde es el órgano ejecutivo del gobierno local y representante legal de la municipalidad y como tal, le corresponde implementar las medidas técnicas y administrativas orientadas a lograr de manera eficiente y oportuna los objetivos institucionales y metas trazadas por la Administración Municipal. Asimismo, el numeral 17 del Artículo 20° de la Ley N° 31433 - Ley que modifica la Ley 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, (...), respecto a las Atribuciones y Responsabilidades de Concejos Municipales (...) para fortalecer el ejercicio de su función de Fiscalización, señala que es atribución del Alcalde “Designar y cesar al Gerente Municipal y, a propuesta de éste, a los demás directivos públicos de confianza, cumpliendo con los requisitos previamente establecidos en la normativa vigente y en los documentos de gestión interna que regulan el perfil de cada puesto”;

Que, según lo establecido en el Artículo 1° de la Ley 27204-Ley que precisa que el cargo de Ejecutor Coactivo no es Cargo de Confianza, señala:

Artículo 1°.- Objeto de la Ley

Precisar que el Ejecutor y Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan y su designación, en los términos señalados en el Artículo 7° de la Ley N° 26979, “Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva”, no implica que ichos cargos sean de confianza.

Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 165-2023-AL/MDC se delega a la Gerencia Municipal, entre otras facultades y atribuciones, el poder designar, oficializar la designación, encargar, cesar y aceptar las renuncias de los Ejecutores Coactivos y Auxiliares Coactivos de la Municipalidad Distrital de Comas;

Que a través de la Resolución de Gerencia Municipal N°599-2023-GM/MDC, se designó a la Abog. Lucia Catherine Romero Hurtado las funciones de Ejecutor Coactivo (Tributario) de la Municipalidad Distrital de Comas; bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios - CAS;

Que, mediante el Inciso c) del Artículo 10 del decreto Legislativo 1057, sobre Extinción del Contrato Administrativo de Servicios establece que se extingue por: c) Renuncia. En este caso, el trabajador debe comunicar por escrito su decisión a la entidad contratante con una anticipación de 30 días naturales previos al cese. Este plazo puede ser exonerado por la autoridad competente de la entidad, por propia iniciativa o a pedido del contratado. En este último caso, el pedido de exoneración se entenderá aceptado si no es rechazado por escrito dentro del tercer día natural de presentado.

Que, la servidora Lucia Catherine Romero Hurtado, encontrándose bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 1057, ha presentado su renuncia mediante Expediente N° 20059-2024 de fecha 29 de abril de 2024, exonerándose del plazo de 30 días.

Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley N°27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”; TUO de la Ley 26979-“Ley de Procedimiento de Ejecución Coactivo”; Ley N° 27204-“Ley que precisa que los cargos de ejecutor y de auxiliar coactivo no son cargos de confianza”; Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; de conformidad a la Resolución de Alcaldía N° 165-2023-AL/MDC; y, con el visto bueno de la Oficina de Recursos Humanos, Oficina General de Administración y la Oficina General de Asesoría Jurídicos;

RESUELVE:

Artículo Primero.- ACEPTAR, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la Abog. LUCIA CATHERINE ROMERO HURTADO, en el cargo de EJECUTOR COACTIVO (TRIBUTARIO) de la Municipalidad Distrital de Comas; en consecuencia, DEJAR SIN EFECTO el Artículo Primero de la Resolución de Gerencia Municipal N° 599-2023-GM/MDC de fecha 11 de julio de 2023; dándose las gracias por la labor realizada.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina General de Atención al Ciudadano la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, asimismo. encargar a la Oficina de Tecnología de la Información, la publicación de la presente resolución en el Portal institucional de la Municipalidad Distrital de Comas (www.municomas.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

FANNY ROCÍO FLORES PURIZACA

Gerente Municipal

2288120-1