Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de Lurigancho – Chosica aprobado mediante Ordenanza N° 1099

Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de Lurigancho - Chosica, aprobado mediante Ordenanza N° 1099

ORDENANZA N° 2617

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD

METROPOLITANA DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de fecha;

Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, a través del Dictamen N° 032-2024-MML-CMDUVN, el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente;

ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO

DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE

LURIGANCHO - CHOSICA, APROBADO

MEDIANTE ORDENANZA N° 1099

Artículo 1.- Aprobar el cambio de zonificación, de Zona de Habilitación Recreacional (ZHR) a Educación Básica (E1), para el terreno de 32,938.00 m2, conformado por el sub lote 5-01 y sub lote 5-02 del lote 5, con 16,469.00 m2 cada uno, del Fundo Ñaña, Av. Bernardo de Balaguer, distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima, inscritos en las Partidas N° 14539177 y N° 14539178, del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima, de propiedad de la Asociación Educativa Ares, conforme a lo graficado en el anexo, que forma parte de la presente ordenanza.

Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporar en el plano de zonificación del distrito de Lurigancho - Chosica, la modificación aprobada en el artículo precedente.

Artículo 3.- Disponer que, previo al desarrollo de la actividad, deberá contar con la habilitación urbana aprobada y ejecutada que contemple el desarrollo de la sección vial, acorde al uso educativo propuesto, conforme la Norma GH.020 del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE).

Artículo 4.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica, previo al otorgamiento de la licencia de edificación, requiera la evaluación vial donde se establezcan las intervenciones de obras viales necesarias que aseguren la mitigación del impacto vial generado por el nuevo equipamiento educativo, considerando su extensión y la afluencia de población educativa, el mismo que debe ser aprobado por dicha comuna.

Artículo 5.- Recomendar a la Municipalidad de Lurigancho - Chosica considere el rediseño de la sección vial de la Av. Bernardo Balaguer, para el adecuado funcionamiento vial, dado que actualmente se vienen ejecutando nuevas habilitaciones que generan una mayor densidad poblacional y carga vehicular.

Artículo 6.- Disponer la notificación de la presente ordenanza a la administrada y a la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica.

Artículo 7.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano y, a la Oficina de Gobierno Digital, su publicación, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Lima, 25 de abril de 2024

RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA

Alcalde

2285445-1