Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban la modificación del Manual de Clasificador de Cargos

Aprueban la modificación del Manual de Clasificador de Cargos

RESOLUCIÓN Nº 014-2024-GG-ICL/MML

Lima, 8 de mayo de 2024

VISTOS:

El Memorando Múltiple Nº 0035-2024-ICL/GG, de fecha 05 de abril del 2024, emitido por la Gerencia General; el Memorando NºD000036-2024-ICL/GA, de fecha 10 de abril del 2024, emitido por la Gerencia de Administración; el Informe Nº D000037-2024-ICL/GAJ, de fecha 10 de abril del 2024, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el Oficio Nº D000019-2024-MML-OGA-OGRH (D.S. 00713-2024), recepcionado en fecha 08 de mayo de 2024, emitido por la Jefe de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración de la Municipalidad Metropolitana de Lima; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 6 de la Ley Nº30057, Ley del Servicio Civil, establece que las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil y por la entidad;

Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº040-2014-PCM y modificatorias, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos está conformado por siete (7) subsistemas, de los cuales, el Subsistema de organización del trabajo y su distribución define las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas. Los procesos que se consideran dentro de este subsistema siendo los siguientes: a) Diseño de los puestos, y, b) Administración de puestos;

Que, ante la existencia de diferente normativa que hace referencia al Cuadro de Asignación de Personal (en adelante CAP) Provisional y al no contar con una directiva que desarrolle criterios para elaborar, aprobar, actualizar y modificar el CAP Provisional, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº000150-2021-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva Nº006-2021-SERVIR-GDSRH;

Que, el numeral 6.1.1 de la Directiva precitada, menciona que la propuesta del Manual de Clasificador de Cargos (en adelante MCC) de la entidad debe contener los cargos estructurales que la entidad requiere para que los órganos y unidades orgánicas cumplan con las funciones mínimas indispensables dispuestas en el Reglamento de Organización y Funciones (en adelante ROF) o el Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, no siendo obligatorio el uso de todas las clasificaciones dispuestas en la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público.

Que, por su parte, la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene como finalidad establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función;

Que, con el Decreto Supremo Nº053-2022-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº31419, con el cual se busca establecer los requisitos mínimos para Cargos o puestos con funciones vinculadas a funcionarios públicos, directivos públicos y sus equivalencias al requisito de Título profesional estableciendo que los requisitos referidos en el documento de gestión interna denominado “MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS DEL INSTITUTO CATASTRAL DE LIMA – 2023”, corresponden a las equivalencias como Órgano Desconcentrado Especial, determinados en los artículos 19 y 22 del Reglamento de la Ley Nº 31419;

Que, el artículo 19 del citado instrumento establece que en el marco de lo establecido en la Ley y sólo para fines del presente Reglamento, se considera equivalente al requisito de título profesional otorgado por universidad, referido en el literal a) de los artículos 14 y 16, alguno de los siguientes supuestos:

a) Grado de Bachiller y dos (02) años adicionales en la experiencia específica en la función o materia.

b) Grado de Bachiller y estudios de Maestría, acreditándose estudios culminados o la condición de egresado.

c) Título Profesional en institutos o escuelas de educación superior y dos (02) años adicionales en la experiencia específica en la función o materia. De acuerdo a las necesidades de la entidad, esta equivalencia aplica únicamente en las oficinas de comunicaciones, tecnologías de información, atención al ciudadano, gestión documentaria y archivo, o los que hagan sus veces;

Que, estas equivalencias no resultan aplicables a los cargos o puestos que ejercen dirección de las Oficinas de Asesoría Jurídica, Contabilidad, Inversiones, Secretarías Técnicas, Secretarías Técnicas de órganos resolutivos, entre otros que por norma expresa disponga el requisito de título profesional, habilitación profesional y/o colegiatura, según corresponda;

Que, de acuerdo a la opinión de la Autoridad Nacional de Servicio Civil – SERVIR, mediante Informe Técnico Nº 1792-2022-SERVIR-GPGSC de fecha 21 de septiembre de 2022, pone en conocimiento que, siendo el Instituto Catastral de Lima, un Órgano Desconcentrado Especial del Pliego Presupuestal de la Municipalidad Metropolitana de Lima, corresponde aplicar el inciso 16.4 del Reglamento de la Ley Nº 31419 – Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, en relación a los requisitos mínimos para cargos o puestos designados, así como sus equivalencias correspondientes;

Que, en esa situación, con Acuerdo Nº011-2023-CD-ICL-MML, de fecha 24 de marzo de 2023, el Consejo Directivo del Instituto Catastral de Lima acordó aprobar la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos presentada por la Gerencia de Administración y Finanzas, y encargó a la Gerencia General la emisión del acto resolutivo correspondiente, en virtud al literal c) del artículo 7 de la Ordenanza Nº 2303-2021; emitiendo la Resolución Nº 10-2023-GG-ICL/MML de fecha 27 de marzo de 2023, de Gerencia General, que resolvió, en su artículo segundo, Oficializar la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos que como anexo forma parte de la resolución citada.

Que, en ese contexto, con Memorando Múltiple Nº 0035-2024-ICL/GG de fecha 05 de abril de 2024, la Gerencia General solicita elaborar la modificación del Manual de Clasificador de Cargo del ICL para determinar las equivalencias conforme a la normativa vigente;

Que, con el Memorando Nº D000036-2024-ICL/GA de fecha 10 de abril de 2024, la Gerencia de Administración remite y hace suyo el Informe Técnico Nº D000001-2024-ICL/GA-AVARRHH de su Especialista en Recursos Humanos que recomienda que se incorpore en las fichas de información de los cargos estructurales de la Gerencia General, Secretario General, Gerente de Administración, Gerente de Catastro, Gerente de Proyectos y Gerente de Cartografía y Tecnología de la Información, en lo que respecta a las equivalencias establecidas en el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; toda vez, que las mismas no se encuentran plasmadas en el citado instrumento;

Que, de la propuesta adjunta en el documento remitido por la Gerencia de Administración, se observa que dicho instrumento no ha modificado las funciones de cada unidad orgánica, sino solo se encontraría detallando las equivalencias del título profesional, al no encontrarse incorporadas dentro del citado Manual, en atención a lo regulado en el Reglamento de la Ley Nº31419, con el cual tienen por finalidad establecer los requisitos mínimos para Cargos o puestos con funciones vinculadas a funcionarios públicos, directivos públicos y sus equivalencias al requisito de Título profesional que dispone el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM

Que, con el Informe Nº D000037-2024-ICL/GAJ, de fecha 10 de abril del 2024, la Gerencia de Asuntos Jurídicos considera favorable aprobar la propuesta de modificación del Manual de Clasificador de Cargos, en donde se incorpora las equivalencias correspondientes al Título Profesional establecido en el Manual de Clasificador de Cargos del ICL; toda vez, que la misma solo tendría la finalidad de plasmar en el acotado instrumento lo dispuesto en las normas superiores;

Que, con Acuerdo Nº 031-2024-CD-ICL/MML de fecha 11 de abril de 2024, el Consejo Directivo del Instituto Catastral de Lima acordó aprobar la modificación del Manual de Clasificador de Cargos encargando a la Gerencia General la emisión del acto resolutivo correspondiente;

Que, en ese contexto mediante Oficio Nº D000019-2024-MML-OGA-OGRH (D.S. 00713-2024) recepcionado en fecha 08 de mayo de 2024, la Jefe de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración de la Municipalidad Metropolitana de Lima hace suyo el Informe Nº D000093-2024-MML-OGA-OGRH-ARL, del Jefe del Área de Relaciones Laborales, dando la aprobación pertinente al proyecto de Manual de Clasificador de Cargos a efectos de que se prosiga con la secuencia administrativa correspondiente;

Que, en uso de las atribuciones conferidas y previstas el artículo 28 del Estatuto del ICL y el literal a) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del ICL;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DAR CUMPLIMIENTO a lo dispuesto en el Acuerdo Nº 031-2024-CD-ICL/MML de fecha 11 de abril de 2024, del Consejo Directivo del Instituto Catastral de Lima el cual acordó aprobar la modificación del Manual de Clasificador de Cargos presentado por la Gerencia de Administración.

Artículo Segundo.- APROBAR la modificación del Manual de Clasificador de Cargos, incorporando en las fichas de información de los cargos estructurales de la Gerencia General, Secretario General, Gerente de Administración, Gerente de Catastro, Gerente de Proyectos y Gerente de Cartografía y Tecnología de la Información, en lo que respecta a las equivalencias establecidas en el artículo 19 del Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración la difusión, implementación, cumplimiento y seguimiento de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Cartografía y Tecnología de la Información la publicación de la presente resolución, y el anexo, en el Portal Institucional del Instituto Catastral de Lima (icl.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

RUTH MERY FERNANDEZ GONZALES

Gerente General

Instituto Catastral de Lima

2287050-1