Autorizan viaje de oficial subalterno de la Marina de Guerra del Perú a Italia, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 00456-2024-DE
Lima, 10 de mayo del 2024
VISTOS:
El Oficio Nº 3462/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 01336-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00682-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio Nº 068/52, el Agregado Naval a la Embajada del Perú en la República Italiana hace de conocimiento al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú que, con documento Pro. Nº 36 el Jefe de la Primera Sección de Cooperación Internacional del Tercer Departamento de Planes, Operaciones y Estrategia Marítima del Estado Mayor de la Marina Militar Italiana, hace extensiva la invitación, para que un (1) Oficial del grado de Capitán de Corbeta o Teniente Primero participe en calidad de observador en el Ejercicio Operacional “MARE APERTO 24-1”, a realizarse en la República Italiana, del 15 al 27 de mayo de 2024;
Que, por medio de la Carta Nº 094/42, el Agregado Naval a la Embajada del Perú en la República Italiana agradece al Jefe de la Primera Sección de Cooperación Internacional del Tercer Departamento de Planes, Operaciones y Estrategia Marítima del Estado Mayor de la Marina Militar Italiana, por la invitación cursada, la misma que ha sido aceptada por la Marina de Guerra del Perú; por lo que, ha dispuesto la participación de un (1) Oficial, cuyo nombre será comunicado de forma oportuna;
Que, a través del Mensaje Naval 241735 abril 2024, el Agregado Naval a la Embajada del Perú en la República Italiana informa al Comandante General de Operaciones del Pacífico de la Marina de Guerra del Perú, que el Oficial que participará como observador en el Ejercicio Operacional “MARE APERTO 24-1”, se embarcará a bordo del Buque Patrullero “COMANDANTE BORSINI” (P-491), en el Puerto de Cagliari, el día 15 de mayo de 2024; desembarcándose en el Puerto de Messina, el día 26 de mayo de 2024;
Que, mediante Carta Nº 101/42, el Agregado Naval a la Embajada del Perú en la República Italiana comunica al Jefe de la Primera Sección de Cooperación Internacional del Tercer Departamento de Planes, Operaciones y Estrategia Marítima del Estado Mayor de la Marina Militar Italiana, que se ha designado al Teniente Primero Miguel Alberto HERRERA URETA, para que participe en el citado Ejercicio Operacional;
Que, a través del Informe Legal Nº 048-2024, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal de la Comandancia General de Operaciones del Pacífico opina que resulta procedente la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente Primero Miguel Alberto HERRERA URETA, para que participe como observador en el Ejercicio Operacional “MARE APERTO 24-1”, a realizarse en la República Italiana, del 15 al 27 de mayo de 2024, en representación de la Marina de Guerra del Perú;
Que, con Oficio Nº 719/42, la Dirección General de Operaciones del Pacífico remite a la Dirección General del Personal de la Marina, la documentación pertinente para la tramitación de la autorización del presente viaje al exterior, en comisión de servicio;
Que, la Exposición de Motivos anexada al Oficio Nº 719/42, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente Primero Miguel Alberto HERRERA URETA, para que participe como observador en el Ejercicio Operacional “MARE APERTO 24-1”; por cuanto, permitirá fortalecer sus conocimientos y competencias, desarrollar una cultura de entendimiento y promover plataformas a fin de poder intercambiar información que posibiliten la creación de un puente de coordinación para alcanzar objetivos comunes, en beneficio de la Marina de Guerra del Perú;
Que, conforme a lo indicado en el Mensaje Naval 081531 abril 2024 del Agregado Naval a la Embajada del Perú en la República Italiana, durante el embarque no se efectuarán pagos de hospedaje ni alimentación por parte del personal participante; asimismo, se precisa que los gastos que se origine previo al embarque y posterior al desembarque, serán asumidos por cada país, de acuerdo a las coordinaciones efectuadas con el Estado Mayor de la Marina Militar Italiana; por lo que, se deberá considerar el pago de dos (2) días de viáticos;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 081-2024, suscrita por el Jefe de la División de Pasaportes, Visas y Viáticos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por el Jefe de la Oficina General de Administración de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), pasaje terrestre (retorno) y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 101-2024, la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, con las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000009, Nº 0000000101 y Nº 0000000570, emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno dos (2) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, con Oficio Nº 3462/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente Primero Miguel Alberto HERRERA URETA, para que participe como observador en el Ejercicio Operacional “MARE APERTO 24-1”, a realizarse en la República Italiana, del 15 al 27 de mayo de 2024; debiendo embarcarse a bordo del Buque Patrullero “COMANDANTE BORSINI” (P-491), en el Puerto de Cagliari, el día 15 de mayo de 2024; desembarcándose en el Puerto de Messina, el día 26 de mayo de 2024, así como autorizar su salida del país el 13 de mayo y su retorno el 29 de mayo de 2024;
Que, a través del Oficio N° 01336-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 362-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal N° 00682-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente Primero Miguel Alberto HERRERA URETA, para que participe como observador en el Ejercicio Operacional “MARE APERTO 24-1”, a realizarse en la República Italiana, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente Primero Miguel Alberto HERRERA URETA, identificado con CIP N° 01016921 y DNI N° 70470627, para que participe como observador en el Ejercicio Operacional “MARE APERTO 24-1”, a realizarse en la República Italiana, del 15 al 27 de mayo de 2024; debiendo embarcarse a bordo del Buque Patrullero “COMANDANTE BORSINI” (P-491), en el Puerto de Cagliari, el día 15 de mayo de 2024; desembarcándose en el Puerto de Messina, el día 26 de mayo de 2024; así como autorizar su salida del país el 13 de mayo y su retorno el 29 de mayo de 2024.
Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasaje aéreo (ida): Lima - Cagliari (República Italiana)
clase económica (Incluye importe TUUA)
US$ 2,196.65 x 1 persona US$ 2,196.65
Pasaje Terrestre (retorno): Messina - Catania (República Italiana)
US$ 30.00 x 1 persona US$ 30.00
Pasaje aéreo (retorno): Catania (República Italiana) - Lima
clase económica
US$ 1,800.00 x 1 persona US$ 1,800.00
Viáticos:
US$ 540.00 x 1 persona x 2 días US$ 1,080.00
--------------------
Total a pagar: US$ 5,106.65
Artículo 3.- Los gastos de hospedaje y alimentación que se originen a bordo del Buque Patrullero “COMANDANTE BORSINI” (P-491), serán asumidos por la Marina Militar Italiana; y, los gastos que se originen previo al embarque y posterior al desembarque, serán asumidos por la Marina de Guerra del Perú.
Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El Oficial Subalterno comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.
Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
2287798-1