Establecen disposiciones para la realización del Matrimonio Civil Comunitario 2024
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 011-024-MSS
Santiago de Surco, 9 de mayo de 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
VISTO:
El Memorándum N° 836-2024-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe N° 365-2024-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 2096-2024-SG-MSS de la Secretaría General, y el Informe N° 336-2024-CALC-MSS del Asesor I de la Secretaría General, respecto del Decreto de Alcaldía que aprueba disposiciones necesarias para la mejor aplicación de la Ordenanza N° 696-MSS, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades citada Ley, señala “Los Decretos de Alcaldía establecen las normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”; asimismo, el segundo párrafo del artículo 39º de la referida Ley dispone que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de Gobierno, mediante Decretos de Alcaldía;
Que mediante Ordenanza N° 696-MSS, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 09 de marzo del 2024, se autoriza la celebración del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2024, a realizarse el día 11 de mayo de 2024 en el distrito de Santiago de Surco, con ocasión de la celebración del Día de la Madre;
Que, el Artículo Sexto de la precitada Ordenanza, faculta al Alcalde, para que, mediante Decreto de Alcaldía apruebe las disposiciones que sean necesarias para su mejor aplicación;
Que, mediante el Memorándum Nº 2096-2024-SG-MSS de fecha 08.05.2024, la Secretaría General de acuerdo al Informe N° 336-2024-CALC-MSS de su Asesor I, remite la propuesta de Decreto de Alcaldía, que precisa el lugar y hora de celebración del matrimonio, así como propone la exoneración del plazo de publicación del edicto matrimonial a las parejas inscritas;
Que, mediante Informe N° 365-2024-GAJ-MSS de fecha 08.05.2024 la Gerencia de Asesoría Jurídica, es de la opinión que, es procedente aprobar el Decreto de Alcaldía que dicta disposiciones complementarias a la Ordenanza N° 696-MSS, que Autoriza la Celebración de un Matrimonio Civil Comunitario - Mayo 2024, en el cual se establece, que el Matrimonio Civil Comunitario 2024, se llevará a cabo el 11 de mayo de 2024, en el Parque Ecológico Voces por el Clima del Distrito de Santiago de Surco, a las 18:00 horas, y de manera extraordinaria se exonere del plazo de ley de la publicación del edicto matrimonial de las parejas de contrayentes que participen en el Matrimonio Civil Comunitario 2024, por ocho (08) días;
Que, la Gerencia Municipal, a través del Memorándum N° 836-2024-GM-MSS de fecha 08.05.2024, solicita se emita el Decreto de Alcaldía que dicte disposiciones complementarias a la Ordenanza N° 696-MSS;
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20° así como lo descrito en el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- ESTABLECER que el Matrimonio Civil Comunitario 2024, se llevará a cabo el 11 de mayo de 2024, en el parque Ecológico Voces por el Clima del Distrito de Santiago de Surco, a las 18:00 horas.
Artículo Segundo.- EXONERAR del plazo de ley de la publicación del edicto matrimonial de las parejas contrayentes que participen en el Matrimonio Civil Comunitario 2024, por ocho (08) días. La publicación del Edicto Matrimonial conjunto, que contenga la relación de los contrayentes aptos para contraer matrimonio civil con sus datos respectivos, se realizará en la vitrina de la oficina de matrimonios y en un diario de circulación nacional.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto, en cuanto sea de su competencia.
Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco (www.munisurco.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOS BRUCE MONTES DE OCA
Alcalde
2287095-1