Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Convocan a participar en la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2024 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla

Convocan a participar en la “Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2024 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla”

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 008-2024-MDC

Cieneguilla, 26 de abril de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA

VISTOS:

El Memorando N° 0920-2024-MDC/GPP, de fecha 25 de abril de 2024, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Legal N° 102-2024-MDC/GAJ, de fecha 28 de abril de 2024, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 0322-2024-MDC/GM, de fecha 26 de abril de 2024, de la Gerencia Municipal, respecto a la Convocatoria a la ciudadanía en general del distrito de Cieneguilla a participar en la “Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2024 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla” y la aprobación del “Cronograma de Actividades para el Desarrollo de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2024 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla”, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza N° 359-2023-MDC, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 30305, en concordancia con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, establece que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley N° 27972, establece como atribuciones del Alcalde: Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las ordenanzas; asimismo, el Artículo 42° de la citada ley establece que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, el primer párrafo del Artículo 148° de la citada ley, establece que: Los gobiernos locales están sujetos a las normas de transparencia, de sostenibilidad fiscal y a otras conexas en su manejo de los recursos públicos; dichas normas constituyen un elemento fundamental para la generación de confianza de la ciudadanía en el accionar del Estado, así como para alcanzar un manejo eficiente de los recursos públicos. Para tal afecto aprobaran normas complementarias que establezcan mecanismos efectivos para la rendición de cuentas;

Que, la Ley N° 31433, Ley que modifica la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 2°, señala que: Se incorpora el Artículo 119-A a la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (…), estableciéndose que, los gobiernos locales realizan como mínimo dos (02) audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en septiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal;

Que, la Única Disposición Complementaria Final del Reglamento para el Desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, aprobado mediante Ordenanza N° 359-2023-MDC, establece que: Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento serán absueltos por la Gerencia Municipal, siendo ratificado por el Alcalde, quien, de ser el caso, dictará las normas complementarias mediante Decreto o Resolución de Alcaldía, según corresponda a la naturaleza de los aspectos a ser regulados, en concordancia con el Artículo Tercero de la citada Ordenanza;

Que, mediante Memorando N° 0920-2024-MDC/GPP, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, luego del análisis técnico normativo correspondiente, solicita y recomienda la emisión del Decreto de Alcaldía que establece la: Convocatoria a la ciudadanía en general del distrito de Cieneguilla a participar en la “Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2024 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla” y la aprobación de la propuesta de: “Cronograma de Actividades para el Desarrollo de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2024 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla”;

Que, con Informe Legal N° 102-2024-MDC/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del análisis de los actuados con los informes correspondientes, de conformidad con el marco normativo y el Memorando N° 0920-2024-MDC/GPP de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, emite opinión legal favorable respecto a la propuesta del Cronograma de Actividades para el Desarrollo de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2024 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; recomendando derivar los actuados a la Secretaría General a fin de que el titular de la entidad emita el Decreto de Alcaldía, conforme a sus facultades;

Que, con Memorándum N° 0322-2024-MDC/GM, la Gerencia Municipal solicita a la Secretaría General la elaboración del respectivo Decreto de Alcaldía a ser suscrito por el titular de la entidad, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias;

Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20° y el Artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias y la Única Disposición Complementaria Final del Reglamento, aprobado mediante Ordenanza N° 359-2023-MDC, en concordancia con el Artículo Tercero de la citada Ordenanza;

DECRETA:

Artículo Primero.- CONVOCAR, a la ciudadanía en general del distrito de Cieneguilla a participar en la “Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2024 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla”, en el marco del Artículo 11° del Reglamento para el Desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, aprobado mediante Ordenanza N° 359-2023-MDC y de acuerdo con lo que será establecido en el “Cronograma de Actividades para el Desarrollo de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2024 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla”.

Artículo Segundo.- APROBAR, el “Cronograma de Actividades para el Desarrollo de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2024 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla”, según el Anexo adjunto que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- DISPONER, el cumplimiento a todos los Órganos y Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla: (Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencias y Subgerencias), de lo establecido en el Artículo 9° del Reglamento, aprobado mediante Ordenanza N° 359-2023-MDC y en el presente Decreto de Alcaldía y su respectivo Anexo en cuanto les corresponda.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario Oficial “El Peruano”, a la Subgerencia de Tecnologías de Información y Comunicación, la publicación conjuntamente con el Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/municieneguilla) y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión del presente Decreto de Alcaldía y su Anexo en los medios de comunicación con los que cuenta la entidad.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA

Alcalde

2286816-1