Precisan entrada en vigencia de la Unidad Modelo de Flagrancia Tipo I del Distrito Judicial de Lambayeque
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000151-2024-CE-PJ
Lima, 9 de mayo del 2024
VISTO:
El Oficio N° 000351-2024-ST-CNF-PJ, cursado por el Secretario Técnico de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, mediante sesión extraordinaria de fecha 21 de enero de 2022, la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, acordó que el Poder Judicial asuma el liderazgo del proyecto de implementación de la Unidades de Flagrancia en el Perú, a mérito del cual el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial emitió la Resolución Administrativa N° 000369-2023-P-CE-PJ, que reconforma la referida comisión, precisando las funciones a realizar; disponiendo además otras medidas administrativas.
Segundo: Que, a través de la Resolución Administrativa N° 000266-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el Plan de Implementación de Unidades de Flagrancia Delictiva en el Poder Judicial, identificando la necesidad de crear unidades modelo de flagrancia delictiva por tipología a nivel nacional, unidades diseñadas para el tratamiento exclusivo del proceso inmediato en casos flagrantes; y para el caso del Distrito Judicial de Lambayeque se ha previsto una Unidad Modelo de Flagrancia, Tipo I (para el Poder Judicial, cada Unidad Modelo de Flagrancia Tipo I, cuenta con 4 Juzgados de Investigación Preparatoria y 3 Juzgados Penales Unipersonales).
Tercero. Que, en ese contexto, por Resolución Administrativa N° 000053-2024-CE-PJ, de fecha 20 de febrero de 2024, se dispuso la implementación de la Unidad Modelo de Flagrancia en los Distritos Judiciales de La Libertad, Lambayeque, Arequipa y Tacna; así como la toma de medidas administrativas, precisándose que la implementación en el Distrito Judicial de Lambayeque, esta prevista para el 6 de mayo del presente año.
Cuarto. Que, la implementación de las Unidades Modelo de Flagrancia Delictiva no solo implica la creación de órganos jurisdiccionales, despachos fiscales, defensores públicos y policías especializados, sino que ésta importa además la necesidad de contar con infraestructura o espacios físicos, que permita albergar en una sola instalación a los cuatro operadores de justicia (Poder Judicial, Ministerio Público, Defensores Públicos y Policía Nacional), a efectos de desarrollar una labor articulada reduciendo los tiempos en el trámite del proceso, a fin de dar una respuesta inmediata en los casos de flagrancia delictiva.
Quinto. Que, mediante Oficio N° 001175-2024-P-CSJLA-PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque solicita la prórroga excepcional para la implementación de la Unidad de Flagrancia en la referida Corte Superior, en atención a que aún se encuentran en proceso de adquisición y contratación diversos bienes y servicios, los mismos que dadas las exigencias que demanda la Ley de Contrataciones, superan los plazos para iniciar funciones en la fecha prevista; motivo por la cual solicita se conceda plazo adicional para la inauguración establecida (6 de mayo de 2024), la misma que se cumplirá el 20 de mayo del presente año.
Sexto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo esto así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente diferir la fecha de inicio de funciones de la Unidad Modelo de Flagrancia del Distrito Judicial de Lambayeque.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 668-2024 de la décima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 2 de mayo de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer que la Unidad Modelo de Flagrancia Tipo I del Distrito Judicial de Lambayeque, entrará en vigencia a partir del 20 de mayo de 2024; quedando modificado en este extremo el artículo segundo de la Resolución Administrativa N° 000053-2024-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
Artículo Segundo.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Secretario Técnico de la Comisión de Implementación de las Unidades Flagrancia - Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente
2287347-1