Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Manual para la elaboración de planes regionales y provinciales en seguridad vial

Aprueban el “Manual para la elaboración de planes regionales y provinciales en seguridad vial”

resolución directoral

N° 014-2024-MTC/18

Lima, 10 de abril de 2024

VISTO:

El Informe N° 041-2024-MTC/18.04, elaborado por la Dirección de Seguridad Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Memorando N° 0119-2024-MTC/18.01, elaborado por la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, en adelante La Ley, establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto;

Que, los numerales 1 y 3 del artículo 5 de la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establecen que el Ministerio tiene, entre otras funciones rectoras, las siguientes: i) formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, fiscalizar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; y, ii) coordinar con los gobiernos regionales y locales la implementación de las políticas nacionales y sectoriales, y evaluar su cumplimiento;

Que, el numeral 2 del artículo 7 de la referida Ley, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el marco de sus competencias compartidas, cumple con la función de planear, regular, gestionar, ejecutar y evaluar la circulación y seguridad vial;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 009-2023-MTC se aprueba la Política Nacional Multisectorial de Seguridad Vial 2023 - 2030, con el propósito de atender el problema público referente a la pérdida de vidas y capacidades humanas como consecuencia de los siniestros de tránsito, cuyos artículos 3 y 5 establecen que la conducción, así como el seguimiento y evaluación de la misma se encuentra a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal o, la que haga sus veces;

Que, la Política Nacional Multisectorial de Seguridad Vial 2023-2030 ha establecido seis (6) objetivos prioritarios, los mismos que se detallan a través de dieciocho (18) lineamientos, veintisiete (27) servicios y acciones estratégicas; que deben ser implementadas por las entidades competentes de los tres niveles de gobierno, considerando que estos se enmarcan en sus competencias y funciones legalmente establecidas;

Que, uno de los servicios de la referida Política Nacional es la asistencia técnica para el diseño y evaluación de instrumentos de gestión de seguridad vial con enfoque de visión cero, fiable para las entidades públicas en los tres niveles de gobierno, dentro del cual se encuentra la elaboración de planes regionales y/o provinciales para la seguridad vial, para lo cual debe aprobarse un instrumento técnico normativo orientativo en donde se describan las actividades operativas que se deben considerar en los citados planes;

Que, resulta necesario establecer un proceso estandarizado para la elaboración de planes regionales y planes provinciales, con el propósito de asegurar su articulación con la Política Nacional Multisectorial de Seguridad Vial 2023-2030, garantizando su adecuado diseño, implementación, seguimiento y evaluación;

Que, por su parte, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, de acuerdo con lo establecido en el literal a) y l) del artículo 97 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01, tiene entre sus funciones formular planes en materia de seguridad vial y expedir resoluciones en el ámbito de su competencia;

Que, asimismo, la Dirección de Seguridad Vial conforme a lo contemplado en los literales g) y h) del artículo 106 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece estándares de contenidos y brinda asistencia técnica en la elaboración de planes de Seguridad Vial en los tres niveles de gobierno;

Que, mediante Informe N° 0041-2024-MTC/18.04, la Dirección de Seguridad Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, propone la aprobación del Manual para la elaboración de planes regionales y provinciales de seguridad vial como un instrumento que coadyuva a los Gobiernos Regionales y Municipalidades Provinciales a la elaboración y aprobación de los mismos en el marco de la Política Nacional Multisectorial de Seguridad Vial 2023-2030;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo N° 009-2023-MTC, que aprueba la Política Nacional Multisectorial de Seguridad Vial 2023-2030, la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del “Manual para la elaboración de planes regionales y provinciales en seguridad vial”

Aprobar el “Manual para la elaboración de planes regionales y provinciales en seguridad vial”, el mismo que, en calidad de Anexo, forma parte Integrante de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2.- Aprobación de los planes regionales y provinciales en seguridad vial

Los Gobiernos Regionales y las Municipalidades Provinciales en el ámbito de sus competencias territoriales, según corresponda, aprueban los planes regionales y provinciales de seguridad vial, considerando lo señalado en el Manual para la elaboración de planes regionales y provinciales en seguridad vial y en cumplimiento de la Política Nacional Multisectorial de Seguridad Vial 2023-2030, con la asistencia técnica de la Dirección de Seguridad Vial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones durante su fase de formulación.

Artículo 3.- Monitoreo del cumplimiento de los planes regionales y provinciales en seguridad vial

En el marco de la conducción de la Política Nacional Multisectorial de Seguridad Vial 2023-2030, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, a través de la Dirección de Seguridad Vial monitorea el avance del cumplimiento de los Planes regionales y provinciales en seguridad vial, para lo cual, los Gobiernos Regionales y las Municipalidades Provinciales remiten los referidos planes debidamente aprobados; así como los reportes mensuales de su implementación.

Artículo 4.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral y su Anexo en el Portal Institucional del Estado peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VÍCTOR ADRÍAN ARROYO TOCTO

Dirección General de Políticas

y Regulación en Transporte Multimodal

2286879-1