Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Documento Técnico: Plan de Gobierno Digital del Ministerio de Salud UE 001: Administración Central MINSA 2024-2026

Aprueban el Documento Técnico: Plan de Gobierno Digital del Ministerio de Salud, UE 001: Administración Central MINSA 2024-2026

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 317-2024/MINSA

Lima, 9 de mayo del 2024

Visto, el Expediente Nº OGTI0020230000749, que contiene el Informe Nº D000025-2024-OGTI-OIDT-MCA-MINSA y el Informe Nº D000040-2024-OGTI-OIDT-MCA-MINSA, emitidos por la Oficina General de Tecnologías de la Información, el Informe Nº D000064-2024-OGPPM-OPEE-MINSA, y el Informe Nº D000232-2024-OGPPM-OP-MINSA, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y, el Informe Nº D000480-2024-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud.

CONSIDERANDO:

Que, el numeral VI del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señala que la provisión de servicios de salud es de interés público, cualquiera sea la persona o institución que los provea, siendo responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad;

Que, el artículo 123 de la precitada Ley, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1161, establece que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud a nivel nacional, que tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y actúa como la máxima autoridad normativa en materia de salud;

Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo Rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;

Que, el numeral 4-A1 del artículo 4-A, del Decreto Legislativo Nº 1161, incorporado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la Función Rectora del Ministerio de Salud, y modificado por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, señala que la potestad rectora del Ministerio de Salud comprende la facultad que tiene para normar, supervisar, fiscalizar y, cuando corresponda, sancionar, en los ámbitos que comprenden la materia de salud;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, establece el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno;

Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 006-2020, Decreto de Urgencia que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, establece que éste es un Sistema Funcional del Poder Ejecutivo, conformado por un conjunto de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se organizan las actividades de la administración pública y se promueven las actividades de las empresas, la sociedad civil y la academia orientadas a alcanzar los objetivos del país en materia de transformación digital;

Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del citado Decreto de Urgencia precisa que el Sistema Nacional de Transformación Digital se sustenta en la articulación de los diversos actores públicos y privados de la sociedad y abarca, de manera no limitativa, las materias de gobierno digital, economía digital, conectividad digital, educación digital, tecnologías digitales, innovación digital, servicios digitales, sociedad digital, ciudadanía e inclusión digital y confianza digital; sin afectar las autonomías y atribuciones propias de cada sector, y en coordinación con éstos en lo que corresponda en el marco de sus competencias;

Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM, establece que tiene por objeto regular las actividades de gobernanza y gestión de las tecnologías digitales en las entidades de la Administración Pública en materia de Gobierno Digital, que comprende la identidad digital, la interoperabilidad, los servicios digitales, los datos, la seguridad digital y la arquitectura digital, así como, establecer el marco jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales en los tres niveles de gobierno;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 119-2018-PCM, modificada por la Resolución Ministerial Nº 087-2019-PCM, se crea el Comité de Gobierno Digital; y se estableció que la Secretaría del Gobierno Digital (SEGDI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, en su condición de órgano rector del Sistema Nacional de Informática, es la instancia competente para dictar las directivas o lineamientos para la gestión y planificación del Gobierno Digital en las entidades de la administración Pública comprendidas en el alcance de la precitada Resolución Ministerial;

Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gobierno Digital Nº 005-2018-PCM/SEGDI se aprueban los “Lineamientos para la formulación del Plan de Gobierno Digital”, con la finalidad de dotar de un instrumento que permita orientar el proceso de transformación digital en el Estado Peruano, con miras a facilitar la prestación de servicios digitales que, en efecto, generen valor público, así como coadyuvar a que nuestro país pueda lograr no sólo eficiencia sino también eficacia en la prestación de dichos servicios, contribuyendo al desarrollo de la economía digital y la sociedad del conocimiento en nuestro país;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 090-2022/MINSA, se aprueba la Directiva Administrativa Nº 326-MINSA/OGPPM-2022, “Directiva Administrativa para la Formulación, Seguimiento y Evaluación de los Planes Específicos en el Ministerio de Salud”, la misma que cuenta con el anexo 1, por medio del cual, se establece la estructura de los planes específicos; y, que los órganos técnicos deben tener en cuenta durante la formulación de sus Planes;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 780-2018/MINSA, modificada mediante la Resolución Ministerial Nº 336-2019/MINSA se constituye el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Salud, siendo una de sus funciones el formular el Plan de Gobierno Digital en coordinación con los órganos, unidades orgánicas, programas y/o proyectos del Ministerio de Salud;

Que, el Plan de Gobierno Digital es el instrumento para la gestión y planificación del Gobierno y Transformación Digital de la administración pública, cuyo fin es definir el portafolio de proyectos y la estrategia de las entidades para lograr sus objetivos en este proceso, cuya elaboración se hace tomando en cuenta la articulación con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, el Plan Estratégico Sectorial Multianual, los Planes de Desarrollo Concertado, el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional Multianual;

Que, el artículo 52 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, establece que la Oficina General de Tecnologías de la Información es el órgano de apoyo dependiente de la Secretaría General, responsable de implementar el gobierno electrónico; planificar, implementar y gestionar los sistemas de información del Ministerio, entre otras funciones;

Que, en el marco legal antes descrito, y en el marco de sus competencias, la Oficina General de Tecnologías de la Información, a través de los Informes Nº D000025-2024-OGTI-OIDT-MCA-MINSA y Nº D000040-2024-OGTI-OIDT-MCA-MINSA, sustenta la aprobación del Documento Técnico: Plan de Gobierno Digital del Ministerio de Salud UE 001: Administración Central MINSA 2024-2026; precisando que el Comité de Gobierno y Transformación Digital cumplió con ejecutar cada una de las etapas definidas como parte de los lineamientos para la formulación del Plan de Gobierno Digital de la entidad, y para la definición del Portafolio de Proyectos del Plan de Gobierno Digital, por lo que ha considerado que se incluyan únicamente a aquellos proyectos cuyo órgano responsable cuente con recursos financieros asignados para el 2024, a fin de garantizar su viabilidad;

Que, la presente propuesta normativa cuenta con opinión favorable de la Oficina de Presupuesto, y, la Oficina de Planeamiento y Estudios Económicos de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, emitidas mediante el Informe Nº D000064-2024-OGPPM-OPEE-MINSA y, el Informe Nº D000232-2024-OGPPM-OP-MINSA, respectivamente;

Que, los órganos técnicos del Ministerio, entre ellos: la Oficina de Cobranzas y Ejecución Coactiva, la Oficina de Tesorería, la Oficina de Abastecimiento, la Oficina de Contabilidad, la Oficina General de Administración, la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, la Dirección General de Telesalud Referencia y Urgencias (DIGTEL), y la Oficina de Gestión Documental y Atención al Ciudadano de la Secretaría General, han emitido opinión favorable de la propuesta normativa; en tal sentido, el Órgano proponente, cumplió con el requisito establecido en el literal a), del subnumeral 6.3.3. de las “Normas para la elaboración de Documentos Normativos del Ministerio de Salud”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 826-2021-MINSA;

Con el visado de la Dirección General Telesalud, Referencia y Urgencias, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre, de la Oficina General de Tecnologías de la Información, de la Oficina de Gestión Documental y Atención al Ciudadano, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Despacho Viceministerial de Salud Pública;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y por el Decreto Legislativo Nº 1504, que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017, modificado por los Decretos Supremos Nº 011-2017-SA y Nº 032-2017-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico: Plan de Gobierno Digital del Ministerio de Salud, UE 001: Administración Central MINSA 2024-2026, que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar al Comité de Gobierno y Transformación Digital del MINSA medir el progreso de la implementación del Plan de Gobierno y Transformación Digital del Ministerio de Salud, UE 001: Administración Central MINSA 2024-2026, en el marco de la Resolución Ministerial Nº 336-2019/MINSA.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo, en el Diario Oficial El Peruano; y, en la sede digital del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ

Ministro de Salud

2287360-1