Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Otorgan la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a personas naturales

Otorgan la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” a personas naturales

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 001-2020-MC

Lima, 2 de enero de 2020

VISTOS, el Informe Nº D000476-2019-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural, el Informe Nº D000256-2019/DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, así como el Informe Nº D000827-2019-DIA/MC de la Dirección de Artes; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciéndose entre sus funciones exclusivas el convocar y conceder reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC (en adelante, ROF), el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, mediante el artículo 51 del ROF se señala que la Dirección General de Patrimonio Cultural es el órgano de línea encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble, para promover el fortalecimiento de la identidad cultural del país;

Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 55 del ROF la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo;

Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene entre sus funciones emitir opinión técnica y recomendación en el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país, solicitando los informes correspondientes a los órganos de línea del Ministerio;

Que, asimismo, el numeral 82.15 del artículo 82 del ROF, establece que la Dirección de Artes es la unidad orgánica encargada de emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas, cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante Resolución Ministerial a ser publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;

Que, mediante Memorando Nº D000581-2019-DGIA/MC de fecha 18 de diciembre de 2019, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes traslada el Informe Nº D000827-2019-DIA/MC de fecha 09 de diciembre de 2019 de la Dirección de Artes en mérito al Informe Nº D000476-2019-DGPC/MC de fecha 03 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Patrimonio Cultural que hizo suyo el Informe Nº D000256-2019-DPI/MC de fecha 02 de diciembre de 2019, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, a través del cual se recomendó reconocer al señor Víctor Tomairo Ledesma como “Personalidad Meritoria de la Cultura”, en mérito a su destacada labor en la promoción, difusión, transmisión y salvaguardia de la danza de tijeras, expresión inscrita en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de Unesco;

Que, con lnforme Nº D000078-2019-OGAJ-MVO/MC de fecha 19 de diciembre de 2019, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal considerando jurídicamente viable la solicitud presentada;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y la Directiva Nº 002-2016/MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” al señor Víctor Tomairo Ledesma, violinista tradicional ayacuchano, en mérito a su destacada labor en la promoción, difusión, transmisión y salvaguardia de la danza de tijeras, expresión inscrita en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de Unesco.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SONIA GUILLÉN ONEEGLIO

Ministra de Cultura

1842739-1