Aprueban cesión de posición contractual de diversas concesiones definitivas para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en líneas de transmisión efectuada por CONSORCIO ENERGÉTICO DE HUANCAVELICA S.A. a favor de CONELSUR LT S.A.C.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 425-2019-MINEM/DM
Lima, 30 de diciembre de 2019
VISTOS: El Expediente Nº 14118001 sobre concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión 220 kV S.E. Trujillo Norte – S.E. Cajamarca Norte y Línea de Transmisión 60 kV S.E. Cajamarca Norte – S.E. La Pajuela; la solicitud de aprobación de cesión de posición contractual de la referida concesión definitiva presentada por CONSORCIO ENERGÉTICO DE HUANCAVELICA S.A. (en adelante, CONENHUA) a favor de CONELSUR LT S.A.C. (en adelante, CONELSUR); los Informes Nº 524-2019-MEM/DGE-DCE y Nº 569-2019-MINEM/DGE-DCE elaborados por la Dirección General de Electricidad; y, el Informe Nº 1231-2019-MINEM/OGAJ elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Ministerio de Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 165-2001-EM publicada el 25 de octubre de 2001, se otorga a favor de CONENHUA la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica con la Línea de Transmisión 220 kV S.E. Trujillo Norte – S.E. Cajamarca Norte y Línea de Transmisión 60 kV S.E. Cajamarca Norte – S.E. La Pajuela, ubicadas en los departamentos de La Libertad y Cajamarca; aprobándose el Contrato de Concesión Nº 194-2001;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 587-2002-EM/DM publicada el 30 de enero de 2003, se impone con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica de la que es titular CONENHUA, la servidumbre de electroducto y tránsito en los proyectos señalados en el considerando que antecede;
Que, mediante documento con registro Nº 2980665 presentado con fecha 25 de setiembre de 2019, CONENHUA solicita la aprobación de la cesión de posición contractual del Contrato de Concesión Nº 194-2001, a favor de CONELSUR;
Que, como sustento de la solicitud referida en el considerando anterior, CONENHUA presenta el Contrato “Cesión de Posición Contractual de Concesión y Transferencia de Servidumbre” (en adelante, CONTRATO DE CESIÓN) suscrito el 05 de setiembre de 2019, mediante el cual CONENHUA cede a favor de CONELSUR su posición contractual en el Contrato de Concesión Nº 194-2001, según lo establecido en el numeral 2.1 de la Cláusula Segunda del CONTRATO DE CESIÓN. Asimismo, CONENHUA cede a favor de CONELSUR la servidumbre impuesta mediante la Resolución Ministerial Nº 587-2002-EM/DM según lo estipulado en el numeral 2.2 de la referida Cláusula Segunda;
Que, la cesión de posición contractual se encuentra regulada en los artículos 1435 y siguientes del Código Civil, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 295;
Que, de acuerdo con los Informes de Vistos de la Dirección General de electricidad, la cesión de posición contractual está debidamente sustentada, debiendo aprobarse, y en consecuencia tener como titular de la citada concesión definitiva a CONELSUR, la que deberá inscribir el CONTRATO DE CESIÓN, que motive la expedición de la presente Resolución Ministerial, en el Registro de Concesiones para la Explotación de los Servicios Públicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM;
Con el visto del Viceministerio de Electricidad, de la Dirección General de Electricidad y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 295, Código Civil; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la cesión de posición contractual de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión 220 kV S.E. Trujillo Norte – S.E. Cajamarca Norte y Línea de Transmisión 60 kV S.E. Cajamarca Norte – S.E. La Pajuela, que efectúa CONSORCIO ENERGÉTICO DE HUANCAVELICA S.A. a favor de CONELSUR LT S.A.C., por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Tener como titular de la concesión definitiva mencionada en el artículo precedente a CONELSUR LT S.A.C., quien asumirá todos los derechos y obligaciones que constan en el Contrato de Concesión Nº 194-2001 y los que le corresponden de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y demás normas legales y técnicas aplicables.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, por una sola vez y por cuenta de CONELSUR LT S.A.C., dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, en concordancia a lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS LIU YONSEN
Ministro de Energía y Minas
1841933-1