Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de Santa Anita aprobado por Ordenanza N° 2359

Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de Santa Anita, aprobado por Ordenanza N° 2359

ORDENANZA N° 2619

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de fecha;

Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, a través del Dictamen N° 034-2024-MML-CMDUVN, el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente;

ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SANTA ANITA, APROBADO POR ORDENANZA N° 2359

Artículo 1.- Aprobar el cambio de zonificación de Gran Industria (I3) a Comercio Metropolitano (CM) para el terreno de 17,360.64 m², ubicado en el sub lote A del terreno rústico denominado: Productos Alimenticios Catalanes S.A. con frente a la Autopista a Chosica – Secciones “A” y “B” que forman parte del Lote 3-A con frente al pasaje Lobatón, lotización del Fundo Vista Alegre o Trapiche Viejo, distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N° 14993463 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima, solicitado por la sociedad conyugal conformada por Wilma Aida Silva Violeta de Cuevas y Santos Ananías Cuevas Villa; haciendo extensivo el cambio de zonificación a Comercio Metropolitano (CM) a toda la manzana, respetando la zonificación Otros Usos (OU); conforme a lo graficado en el anexo, que forma parte de la presente ordenanza.

Artículo 2.- Las actividades industriales que tengan licencia de funcionamiento, involucradas en el cambio de zonificación de Gran Industria (I3) a Comercio Metropolitano (CM), podrán seguir funcionando hasta el cese de sus actividades o la demolición total de la edificación.

Artículo 3.- Disponer que, previo a la emisión de la licencia de edificación, se deberá aprobar el estudio de impacto vial, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 2087.

Artículo 4.- Recomendar que la Municipalidad Distrital de Santa Anita evalúe la condición actual de la vía local de acceso denominada pasaje Lobatón a efectos de evitar congestión vehicular y el uso de espacios públicos como estacionamiento.

Artículo 5.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zonificación del distrito de Santa Anita, aprobado mediante Ordenanza N° 2359-MML, la modificación aprobada en la presente ordenanza.

Artículo 6.- Disponer la notificación de la presente ordenanza a los administrados y a la Municipalidad Distrital de Santa Anita.

Artículo 7.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Oficina de Gobierno Digital su publicación, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe) el mismo día de su publicación en el diario oficial.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Lima, 25 de abril de 2024

RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA

Alcalde

2285079-1