Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 562/MDSMP y amplían plazo de vencimientos del pago anual del impuesto predial 2024 la primera cuota del impuesto predial 2024 la primera segunda y tercera cuota de los arbitrios municipales 2024 así como la vigencia del beneficio de pronto pago denominado Sanmartiniano Puntual

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 562/MDSMP y amplían plazo de vencimientos del pago anual del impuesto predial 2024, la primera cuota del impuesto predial 2024, la primera, segunda y tercera cuota de los arbitrios municipales 2024, así como la vigencia del beneficio de pronto pago denominado “Sanmartiniano Puntual”

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 004-2024/MDSMP

San Martín de Porres, 25 de marzo de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE SAN MARTÍN DE PORRES

VISTOS: El Informe N° 195-2024-SGRTYCD-GAT/MDSMP de fecha 12 de marzo de 2024 emitido por la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, Memorándum N° 013-2024-GAT/MDSMP de fecha 18 de marzo de 2024 emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, Informe N° 219-2024-GAJ-MDSMP de fecha 19 de marzo de 2024 emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, Memorandum N° 0465-2024-MDSMP/GM de fecha 20 de marzo de 2024 de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;

Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que, (…) el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; asimismo, el artículo 42° de la norma citada prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del concejo municipal;

Que, a través de la Ordenanza N° 562/MDSMP publicada el 02 de febrero de 2024 en el diario oficial El Peruano, se aprueba el beneficio de pronto pago denominado “Sanmartiniano Puntual” y el calendario de vencimiento del impuesto predial y arbitrios municipales 2024, la misma que faculta en su primera disposición final y transitoria al alcalde del distrito de San Martín de Porres, para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la aplicación de la mencionada ordenanza, así como para prorrogar la vigencia de la misma.

Que, mediante el Decreto de Alcaldía N° 003-2024/MDSM, publicado el 29 de febrero de 2024, se prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 562/MDSMP, en el sentido de ampliar el plazo de los vencimientos del pago anual del impuesto predial 2024, la primera cuota del impuesto predial 2024, la primera y segunda cuota de arbitrios municipales 2024, sí como la vigencia del beneficio de pronto pago denominado “Sanmartiniano Puntual”, hasta el 30 de marzo de 2024;

Que, mediante Informe N° 195-2024-SGRTYCD-GAT/MDSMP de fecha 12 de marzo de 2024, la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, remite a la Gerencia de Administración Tributaria, el proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 562/MDSMP prorrogada con Decreto de Alcaldía N° 003-2024/MDSMP; en ese sentido, se extienda el vencimiento del pago anual del impuesto predial 2024, la primera cuota del impuesto predial 2024, la primera, segunda y tercera cuota de los arbitrios municipales 2024, así como la vigencia del beneficio de pronto pago denominado “Sanmartiniano Puntual” hasta el 30 de abril de 2024;

Que, mediante el Informe N° 013-2024-GAT/MDSMP de fecha 18 de marzo de 2024, la Gerencia de Administración Tributaria hace suyo el Informe N° 195-2024-SGRTYCD-GAT/MDSMP;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 219-2024-OGAJ/MDSM de fecha 19 de marzo de 2024, emite opinión legal favorable para la aprobación del Decreto de Alcaldía que aprueba la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 562/MDSMP, prorrogada con Decreto de Alcaldía N° 003-2024/MDSMP, hasta el 30 de abril de 2024;

Que, la Gerencia Municipal mediante Memorando N° 0465-2024-GM/MDSMP de fecha 20 de marzo de 2024, corre traslado de los actuados para la emisión del Decreto de Alcaldía;

En uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de abril de 2024 la vigencia de la Ordenanza N° 562/MDSMP prorrogada con Decreto de Alcaldía N° 003-2024/MDSMP, en ese sentido ampliar el plazo de los vencimientos del pago anual del impuesto predial 2024, la primera cuota del impuesto predial 2024, la primera, segunda y tercera cuota de los arbitrios municipales 2024, así como la vigencia del beneficio de pronto pago denominado “Sanmartiniano Puntual” hasta el 30 de abril de 2024, conforme lo dispuesto en la Primera Disposición Final y Transitoria de la citada norma.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a las unidades orgánicas en lo que fuere de su competencia el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Desarrollo de Tecnología de la Información y Estadística, la publicación del presente Decreto en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres (www.gob.pe/munisanmartindeporres).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

HERNAN TOMAS SIFUENTES BARCA

Alcalde

2273883-1