Autorizan al Gobernador Regional la reducción del PIA correspondiente al Saldo de Balance en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados
Acuerdo de Consejo Regional
Nº 011-2024-GRA/CR
Ayacucho, 30 de enero de 2024
EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO.
POR CUANTO:
El pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Ayacucho, en Sesión Extraordinaria del día 30 de enero de 2024, trató y deliberó la solicitud formulada por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial mediante Oficio Nº 095-2023-GRA/GG-GRPPAT, solicita AUTORIZAR al Gobernador Regional la modificación del presupuesto institucional modificado del Gobierno Regional por concepto de los recursos Directamente Recaudados; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal;
Que, los acuerdos del consejo regional expresan la decisión del máximo órgano de gobierno de la Región Ayacucho, sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme lo establece el artículo 39º de la citada Ley Nº 27867;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria, de Ley 31953 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se autoriza a los gobiernos regionales y a los gobiernos locales a modificar su presupuesto institucional modificado, De producirse una modificación en las estimaciones de ingresos que determinen una variación en los recursos, correspondientes a las fuentes de financiamiento Recursos Determinados y Recursos Directamente Recaudados, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, hasta el 31 de enero de 2024;
Que, mediante Oficio Nº 095-2024-GRA/GG-GRPPAT, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ayacucho solicita al pleno del Consejo Regional aprobar por Acuerdo de Consejo Regional la reducción del presupuesto institucional aprobado mediante modificación del presupuesto institucional en la fuente de financiamiento 02 Recursos Directamente Recaudados, rubro 09 RDR por el importe total de S/. 2, 893,611.00 soles distribuido en G.G. 2.3 Bienes y Servicios soles; adjunta el Informe Nº 04-2024-GRA/GG-GRPPAT-SGF–BBVT de la sectorista de salud, en la que señala que la Unidad Ejecutora 401 Hospital Huamanga según la Cuenta Única de Tesoro no tiene los saldos financieros que respalden con los créditos presupuestales en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados:
Asignaciones financieras Rubro 09
PLIEGO |
UNIDAD |
FUENTE DE |
RUBRO DE |
PROGRAMACIÓN |
RECAUDACION |
DEVENGADO |
SALDO DE |
PROPUESTA |
444 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO |
401 HOSPITAL HUAMANGA |
2. RDR |
09. RDR |
3,562,828 |
6,855,451 |
6,186,234 |
669,217 |
2,893,611 |
TOTAL |
3,562,828 |
6,855,451 |
6,186,234 |
669,217 |
2,893,611 |
Fuente: Oficio Nº 203-2024-GRA/GG-GRDS-DIRESA/HR” MAMLL” A-DE
Cuadro Nº 02 – Estructura de gasto en las que se ajustarán los recursos
PLIEGO |
UNIDAD EJECUTORA |
FUENTE DE FINANCIA- MIENTO |
RUBRO DE FINAN- CIA- MIENTO |
GASTOS CATEGORIA PRESU- PUESTAL |
PRO- DUCTO |
ACTIVIDAD |
FUN- CION |
GENERICA DE GASTO |
SUB-GENERICA DE GASTO |
DETALLE SUB-GENE- RICA DE GASTO |
ESPE- CIFICA DE GASTO |
DETALLE DE ESPE- CIFICA DE GASTO |
PROGRA- MACION 2024 (PIA-DICE) (A) |
PROGRA- MACION 2024 (PIA-DEBIO DECIR) (B) |
PRO- PUESTA DEL MONTO (C)=(A)-(B) |
444 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO |
401 HOSPITAL HUAMANGA |
2. Recursos Directamente Recaudados |
09. RDR |
9002.ASIGNA- CIONES PRESU- PUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS |
3999999. SIN PRO- DUCTO |
5001569.COMERCIA- LIZACION DE MEDICA- MENTOS E INSUMOS |
20. SALUD |
3.BIENES Y SERVICIOS |
1.COMPRA DE BIENES |
8.SUMI- NISTROS MEDICOS |
1. PRO- DUCTOS FARMA- CEUTI- COS |
2. MEDICA- MENTOS |
5,899,048 |
3,005,437 |
2,893,611 |
TOTAL |
5,899,048 |
3,005,437 |
2,893,611 |
Fuente: Informe Nº 014-2024-GRA/GG-GRDS-DIRESA/HR-MAMLL-A-OPP-ABOV
El monto de la reducción del marco presupuestal en el Rubro 09 es de S/. 2,893,611.00.
La Sub Gerencia de Finanzas ha determinado reducción del marco presupuestal en el Rubro 09 Recursos Directamente Recaudados por el monto de S/. 2,893,611.00 (dos millones ochocientos noventa y tres mil seiscientos once con 00/100).
Que, en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 30 de diciembre de 2024, se trató el Oficio Nº 095-2024-GRA/GG-GRPPAT, presentado por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ayacucho que solicita al pleno del Consejo Regional aprobar por Acuerdo de Consejo Regional la reducción del PIA 2024 por el importe total de S/. 2,893,611.00. soles 2.3 S/. Bienes y Servicios; con la lectura de los documentos, en primer término se sometió a voto dispensar la emisión del dictamen por la Comisión respecto a la propuesta, a razón del urgente tratamiento en la Sesión y el plazo que corresponde, dispensa que fue admitida con el voto unánime; con el debate del pedido por el pleno y con el voto unánime de los miembros se aprobó autorizar al Gobernador Regional la reducción del PIA correspondiente al Saldo de Balance en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados por el importe total de S/. 2, 893,611.00. soles;
Que, el literal a) y k) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional y fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional; asimismo el literal a) del artículo 45º de la misma Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional;
Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 29053, establece entre las atribuciones del Gobernador Regional de promulgar las Ordenanzas Regionales o hacer (…) y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; asimismo el artículo 39º del cuerpo legal acotado establece que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano e institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR y normas conexas, el Consejo Regional con el voto mayoritario de los miembros, con la dispensa de lectura y aprobación del Acta, aprobó el siguiente:
ACUERDO REGIONAL:
Artículo Primero.- AUTORIZAR al Gobernador Regional de la Región Ayacucho, la reducción de PIA en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados - Saldos de Balance – por el importe total de S/. 2,893,611.00. soles, distribuido en G.G. 2.3 S/. Bienes y Servicios.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Gobernador Regional, en su condición de Titular del Pliego Presupuestario, la implementación del presente Acuerdo de Consejo Regional
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y el mismo día en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, en concordancia con lo que dispone el numeral 24º de la Ley Nº 31912 16.2 del artículo 16º de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2023.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique y cumpla.
HÉCTOR ALBERTO CÁRDENAS CASTRO
Presidente
Consejo Regional
2257980-1