Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan Transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan Transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

N° 050-2024-SUNARP/SN

Lima, 28 de marzo de 2024

VISTOS:

El Oficio N° 204-2024-CG/SGE del 19 de marzo de 2024, del secretario general de la Contraloría General de la República; el Oficio N° 251-2024-SUNARP/ZRIX/JEF del 22 de marzo de 2024, del jefe (e) de la Zona Registral N° IX – Sede Lima; el Informe N° 44-2024-SUNARP/OPPM del 26 de marzo de 2024, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 265-2024-SUNARP/OAJ del 27 de marzo de 2024, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución N° 223-2023-SUNARP/SN, se aprobaron los recursos que financian el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos, correspondiente al Año Fiscal 2024, del Pliego 067 Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;

Que, mediante la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, se establecieron las normas y disposiciones requeridas para el fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, con la finalidad de modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y eficiente del control gubernamental, así como de optimizar sus capacidades orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción;

Que, en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N°30742 se autoriza la incorporación de los Órganos de Control Institucional de las entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales a la Contraloría General de la República, de manera progresiva y sujeto al plan de implementación aprobado por la Contraloría General de la República; siendo que, para efectos del financiamiento de lo establecido en la citada Disposición, se autoriza a las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras hasta por el monto equivalente al total del gasto devengado al 31 de diciembre del año anterior a la efectiva incorporación, correspondiente a la Actividad 5000006: Acciones de Control y Auditoría, así como los gastos en personal y otros ejecutados para el funcionamiento de los Órganos de Control Institucional, por toda fuente de financiamiento, con cargo al presupuesto institucional de apertura del año fiscal correspondiente a la efectiva incorporación, de las entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, a favor de la Contraloría General de la República. Dichas transferencias financieras se realizan en el caso de las entidades del gobierno nacional, mediante resolución del titular del pliego, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego, precisándose que la resolución del titular del pliego se publica en el Diario Oficial El Peruano;

Que, con Resolución de Contraloría N° 355-2018-CG, se aprueba el Plan de Implementación de la Incorporación y Transferencias de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República;

Que, con la Resolución de Contraloría N° 349-2023-CG y su modificatoria, se aprobó la Directiva N° 012-2023-CG/GMPL “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, que establece las disposiciones para el proceso de la incorporación progresiva de los Órganos de Control Institucional a esta Entidad Fiscalizadora Superior, en el marco de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, y la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente;

Que, por otro lado, con Resolución de Contraloría N° 422-2023-CG, se aprobó el inicio del proceso de incorporación a la Contraloría General de la República de ciento setenta y cinco (175) Órganos de Control Institucional, entre los cuales se encuentra, el OCI de la Zona Registral N° IX-Sede Lima;

Que, en virtud a lo dispuesto en la normatividad precitada, mediante el Oficio N° 204-2024-CG/SGE, el secretario general de la Contraloría General de la República (CGR) solicita se efectúe la transferencia autorizada en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, con cargo al Presupuesto Institucional de Apertura del ejercicio 2024, a favor del Pliego 019: Contraloría General (Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General), por el monto de S/ 120,000.00 (Ciento veinte mil con 00/100 Soles) para la incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República;

Que, mediante Informe N° 70-2024-SUNARP/ZRIX/UPPM, la jefa de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de la Zona Registral N° IX-Sede Lima informa al jefe (e) de dicho órgano desconcentrado que con el Oficio N° 249-2024-SUNARP/ZRIX/JEF se procedió a solicitar la autorización de la modificación presupuestaria planteada de tipo 3 que permita financiar la transferencia financiera a favor de la Contraloría, sustentada con el Informe N° 68-2024-SUNARP-ZRIX/UPPM, la misma que, según indica, ha sido aprobada por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a través del SIAF Operaciones en Línea; y por ello, señala que, a fin de cumplir con la transferencia financiera requerida por la Contraloría General de la República y teniendo en cuenta los recursos presupuestales existentes, se requiere solicitar a la Gerencia General la emisión de la resolución del Titular del Pliego de autorización de la transferencia financiera, en el marco de lo establecido en la Ley 30742 y lo dispuesto en la Directiva N° 012-2023-CG/GMPL, por el monto de S/ 120,000.00 (Ciento veinte mil con 00/100 Soles);

Que, en virtud a ello, con el Oficio N° 251-2024-SUNARP/ZRIX/JEF, el jefe (e) de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, solicita se gestione el acto resolutivo a fin de proceder con la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por concepto del proceso de incorporación progresiva de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría según la Directiva N° 012-2023-CG/GMPL, aprobada con Resolución de Contraloría N° 349-2023-CG en el marco de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, hasta por el monto de S/ 120,000.00 (Ciento veinte mil con 00/100 Soles);

Que, mediante el Informe N° 44-2024-SUNARP/OPPM, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización adjunta y hace suyo el Informe Técnico N° 15-2024-SUNARP/OPPM/UP, emitido por la Unidad de Presupuesto, señalando que: “(…) Se ha verificado que en el Presupuesto Institucional de Gastos para el Año Fiscal 2024, la Unidad Ejecutora 002 SUNARP Sede Lima, tiene crédito presupuestario aprobado en la especifica de gasto 2.4.13.11 A otras Unidades del Gobierno Nacional, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios por el monto de S/ 120 000,00 para realizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742 Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control (…)”;

Que, en ese sentido, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable en materia presupuestaria respecto a la disponibilidad presupuestaria para la transferencia financiera hasta por la suma de S/ 120,000.00 (Ciento veinte mil con 00/100 Soles), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General, destinada a financiar los gastos en el marco del proceso de incorporación progresiva del OCI a la Contraloría General de la República;

Que, mediante correo electrónico institucional del 27 de marzo de 2024, el jefe de la Unidad de Administración de la Zona Registral N° IX-Sede Lima, indica que de acuerdo a lo señalado en el Oficio N°204-2024-CG/SGE, “el monto de transferencia financiera a favor de la CGR por concepto de locadores es menor al monto devengado al cierre del periodo fiscal 2023 (S/ 162,000.00)”;

Que, mediante el Informe Nº 265-2024-SUNARP/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo que autorice la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, hasta por el monto de S/ 120,000.00 (Ciento veinte mil con 00/100 Soles) para la incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República, en el marco de lo dispuesto por la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742; siendo competencia del despacho de la Superintendencia Nacional emitir el citado acto resolutivo que deberá ser publicado en el Diario Oficial “El Peruano”, conforme a lo dispuesto en la precitada norma y en el artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 035-2022-SUNARP/SN, que establece que el Superintendente Nacional es la más alta autoridad jerárquica y ejerce la titularidad del pliego presupuestal y representación institucional;

De conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742 y el literal x) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 035-2022-SUNARP/SN; contando con el visado de la Gerencia General, Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizar la transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2024, del Pliego 067: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, Unidad Ejecutora 002: Sunarp Sede Lima, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 120,000.00 (Ciento veinte mil con 00/100 Soles) para la incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República, en el marco de lo dispuesto por la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto institucional aprobado para el Año Fiscal 2024 del Pliego 067: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Unidad Ejecutora 002 Sunarp Sede Lima, en la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle:

DEL En Soles

Pliego : 067 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

UNIDAD EJECUTORA : 002 Sunarp Sede Lima

Programa Presupuestal : 0113 Servicios Registrales Accesibles y Oportunos con cobertura universal

Producto : 3000001 Acciones Comunes

Actividad : 5000276 Gestión del Programa

Fuente de Financiamiento : 01 Recursos Ordinarios

Categoría de Gasto : 5 Gastos Corrientes

Genérica de Gasto : 2.4 Donaciones y Transferencias

Específica de Gasto : 2.4.13.11 A Otras Unidades del Gobierno Nacional

Monto de la Transferencia : S/ 120 000,00

AL En Soles

Pliego : 019 Contraloría General de la República

Unidad Ejecutora : 001-196-Contraloría General S/ 120 000,00

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Publicación y difusión

Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp (www.gob.pe/sunarp), el mismo día de su publicación en el diario oficial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO

Superintendente Nacional

2274873-1