Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 02-2024-MDLP que otorga beneficios tributarios y no tributarios para los contribuyentes del distrito de La Perla

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 02-2024-MDLP que otorga beneficios tributarios y no tributarios para los contribuyentes del distrito de La Perla

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 02-2024-MDLP

La Perla, 21 de marzo de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA.

VISTO:

El Informe N° D000096-2024-MDLP/SGRYEC emitido por la Sub Gerencia de Recaudación y ejecutoria Coactiva, Memorándum N° D000078-2024-MDLP/GAT emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, Memorándum N° D00016-20224-MDLP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, Memorándum N° D000376-2024-MDLP/OGPP emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Informe N° D000091-2024-MDLP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, Memorándum N° D000119-2024-MDLP/GM; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 30305-“Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29792-Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la ley mediante decretos de alcaldía y por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo; asimismo el Artículo 42º del mismo cuerpo legal, indica que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 02-2024-MDLP publicado en el diario oficial “El Peruano” con fecha 16 de enero de 2024, se establecieron Beneficios Tributarios y No Tributarios para los contribuyentes del Distrito de La Perla; dicha ordenanza municipal se encuentra orientada al pago de las obligaciones tributarias con una serie de beneficios establecidos, teniendo una vigencia hasta el 30 de marzo de 2024;

Que, mediante la Primera Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N° 02-2024-MDLP, el Concejo Municipal faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicación de la referida Ordenanza, así como establecer la prórroga de la misma, si así fuera necesario;

Que, mediante Informe N° D000096-2024-MDLP/SGRYEC de fecha 14 de marzo de 2024, la Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva propuso prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 02-2024-MDLP, teniendo como plazo de vigencia hasta el 30 de marzo de 2024;

Que, mediante Memorándum N° D000078-2024-MDLP/GAT de fecha 14 de marzo de 2024, la Gerencia de Administración Tributaria remitió un proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 02-2024-MDLP hasta el 30 de abril del 2024;

Que, mediante Memorándum N° D000016-2024-MDLP/OGAJ de fecha 15 de marzo de 2024, la Oficina General de Asesoría Jurídica solicitó a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto opinión técnica respecto a la prórroga de la amnistía tributaria y no tributaria hasta el 30 abril de 2024;

Que, mediante Memorándum N° D000376-2024-MDLP/OGPP de fecha 20 de marzo de 2024, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, opinó por la procedencia de prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 02-2024-MDLP hasta el 30 de abril del 2024;

Que, mediante Informe N° D000091-2024-MDLP/OGAJ de fecha 20 de marzo de 2024, la Oficina General de Asesoría Jurídica opinó por la procedencia de aprobar el Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 02-2024-MDLP hasta el 30 de abril del 2024;

Que, mediante Memorándum N° D000119-2024-MDLP/GM de fecha 21 de marzo de 2024, la Gerencia Municipal remitió los actuados administrativos a Secretaría General para continuar con el trámite correspondiente;

QUE, ESTANDO A LO EXPUESTO Y DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES;

RESUELVE:

Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 02-2024-MDLP-Ordenanza que otorga beneficios tributarios y no tributarios para los contribuyentes del Distrito de La Perla, hasta el 30 de Abril del 2024.

Artículo Segundo.- ESTABLECER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia desde el 01 de abril del año 2024, hasta la fecha señalada en el artículo precedente.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina General de Administración, Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, Sub Gerencia de Control Urbano y Fiscalización Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnología de la Información, tomar acciones y/o medidas técnicas necesarias para la implementación en el Sistema Integrado de Gestión Municipal; la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad,
(www.munilaperla.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

RODOLFO MARIANO ADRIANZEN CASTAÑEDA

Alcalde

2272919-1