Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza que aprueba porcentaje de recaudación aplicable al Servicio de Administración Tributaria

Ordenanza que aprueba porcentaje de recaudación aplicable al Servicio de Administración Tributaria

ORDENANZA N° 2611

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA;

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha;

Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, a través del Dictamen N° 042-2024-MML-CMAEO, el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA PORCENTAJE DE RECAUDACIÓN APLICABLE AL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Artículo Primero.- Recursos del SAT

Establézcase como recursos del Servicio de Administración Tributaria – SAT, el 4% (cuatro por ciento) del monto total de los ingresos tributarios y no tributarios de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que se recaude o recupere, bajo cualquier forma o modalidad.

Artículo Segundo.- Temporalidad

El porcentaje de 4% (cuatro por ciento) establecido en el artículo primero de la presente ordenanza tendrá un plazo de 2 (dos) años a partir de la publicación de la presente ordenanza.

Artículo Tercero.- Pagos por conceptos incluidos en el TUPA y en el TUSNE

Por los pagos realizados en línea de los conceptos incluidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA y en el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, utilizando la pasarela de pagos del SAT, la Municipalidad Metropolitana de Lima asumirá únicamente el costo financiero por el uso de la misma.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de abril de 2024.

Segunda.- El Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, a través de su página web www.sat.gob.pe, hará de conocimiento público la presente ordenanza.

Tercera.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano, y a la Oficina de Gobierno Digital, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario, así como en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano: www.gob.pe.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

Lima, 21 de marzo de 2024.

RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA

Alcalde

2274136-1