Autorizan viaje de funcionarios del Proyecto denominado: “Dinamización del Ecosistema Regional de Innovación y Emprendimiento para fortalecimiento de Capacidades y Vinculación de Actores Estratégicos en la Región de San Martín (DER-SM)” a México, para participar en misión técnica
PROYECTO ESPECIAL HUALLAGA CENTRAL
Y BAJO MAYO
GERENCIA GENERAL
Resolución Gerencial
Nº 021-2024-GRSM-PEHCBM/GG
Tarapoto, 19 de marzo de 2024
Visto:
La Carta N° 024-2024-GRSM-PEHCBM-DERSM/CG, de fecha 07/03/2024, de la Coordinadora General del Proyecto DER SAN MARTÍN, el Informe N° 046-2024-GRSM-PEHCBM/OPP, de fecha 15.03.2024, del Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto y el Informe N° 027-2024-GRSM-PEHCBM/DDAyPIP, de fecha 18.03.2024, del Director de la DDAyPIP del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo, solicitan autorización para la participación de la Misión Técnica Internacional con Destino a México, para continuar con la II Fase del Proyecto denominado: Dinamización del Ecosistema Regional de Innovación y Emprendimiento para el Fortalecimiento de Capacidades y Vinculación de Actores Estratégicos en la Región de San Martín (DER-SM).
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos señala que, esta norma regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público.
Que, los artículos 2 y 3 de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad y deberán publicarse en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias, señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y de acuerdo a las disposiciones contenidas en su Reglamento. La autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector. La autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y su Reglamento;
Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias, dispone que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac.
En caso de requerimiento expreso formulado por un Ministro de Estado, se autorizará gastos de representación sobre cuyo monto total se rendirá cuenta documentadamente. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad. Los viajes de delegaciones que representen al país en el exterior serán oficializados mediante Resolución Ministerial del Sector Relaciones Exteriores;
Que, el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias, establece que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográficas. Siendo que para América del Sur el monto de viáticos es de $ 370.
Que, el artículo 7 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias, señala que los Ministros de Estado que en misión oficial viajen al exterior del país, utilizarán pasajes de la categoría negocios. Los funcionarios que no ostenten el rango antes señalado, utilizarán la categoría económica;
Que, el numeral 6.8 del artículo 6 de la DIRECTIVA N° 001-2023-GRSM/ORA “Disposiciones y Procedimientos para la Autorización de Viáticos por Comisión de Servicios y Rendición de Cuentas en la Sede Central del Gobierno Regional San Martín”, señala que: En caso de viajes al exterior del país, las resoluciones de autorización de viaje al exterior deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje, tal como lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo N°047-2002-PCM. Asimismo, el numeral 6.10, precisa que la autorización de viaje al exterior deberá ser proyectada y tramitada por el responsable de la Gerencia Regional y/o Dirección que autoriza la comisión de servicios.
Que, mediante Carta N° 024-2024-GRSM-PEHCBM-DERSM/CG, de fecha 07/03/2024, la Coordinadora General del Proyecto “Dinamización del Ecosistema Regional de Innovación y Emprendimiento para fortalecimiento de Capacidades y Vinculación de Actores Estratégicos en la Región de San Martín (DER-SM), Invita a participar de la Misión Técnica Internacional con destino a México, ya que se tiene programado una misión Técnica Internacional, que permitirá a los actores del ecosistema de la Región de San Martín, conocer metodologías, programas, políticas y prácticas para la dinamización de ecosistemas, además generación de innovación y emprendimiento, que apoye al cierre de brechas y establecer posibles colaboraciones, señalando que los gastos de pasaje y bolsa de viaje serán cubiertos por el Proyecto DER-SM.
Que mediante Informe N° 046-2024-GRSM-PEHCBM/OPP, de fecha 15/03/2024, el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, solicita al Gerente General-PEHCBM, autorización de permiso para participar en la Misión Técnica Internacional con destino a México; dicha invitación fue realizado por la Coordinadora General del Proyecto DER-SM, y siendo acreditado por la entidad como miembro alterno (II-Suplente), para continuar con la II Fase del Proyecto denominado: “Dinamización del Ecosistema Regional de Innovación y Emprendimiento para fortalecimiento de Capacidades y Vinculación de Actores Estratégicos en la Región de San Martín (DER-SM);
Que mediante Informe N° 027-2024-GRSM-PEHCBM/DDAyPIP, de fecha 18/03/2024, el Director de la DDAyPIP, solicita al Gerente General-PEHCBM, autorización de permiso para participar en la Misión Técnica Internacional con destino a México. Señalando que con fecha 23/01/2024, la Entidad mediante Oficio Múltiple N° 003-2024-GRSM/PEHCBM/GG, da a conocer el equipo impulsor de designación del Titular y suplentes siendo acreditado miembro alterno (I-Suplente), para continuar con la II Fase del Proyecto denominado: “Dinamización del Ecosistema Regional de Innovación y Emprendimiento para fortalecimiento de Capacidades y Vinculación de Actores Estratégicos en la Región de San Martín (DER-SM);
Que, en consecuencia, Gerencia General de la Entidad, de acuerdo a los fines expuestos en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en misión técnica a los Sres. Ing. Homero Mendoza Pinchi – SUPLENTE I y Ing. César Augusto Coral Rengifo – SUPLENTE II, para la participación en la Misión Técnica Internacional con destino a México, para continuar con la II Fase del Proyecto denominado: “Dinamización del Ecosistema Regional de Innovación y Emprendimiento para fortalecimiento de Capacidades y Vinculación de Actores Estratégicos en la Región de San Martín (DER-SM), que se realizaran del 21 al 28 de marzo de 2024;
Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en la Resolución Ejecutiva Regional Nº 345-2023-GRSM/GR del 22.08.2023; y con las visaciones de la Oficina de Asesoría Legal y Oficina de Administración.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior de los siguientes funcionarios: Ing. HOMERO MENDOZA PINCHI – SUPLENTE I y Ing. CÉSAR AUGUSTO CORAL RENGIFO – SUPLENTE II del Proyecto denominado: “Dinamización del Ecosistema Regional de Innovación y Emprendimiento para fortalecimiento de Capacidades y Vinculación de Actores Estratégicos en la Región de San Martín (DER-SM), que se realizarán del 21 al 28 de marzo de 2024; en la ciudad de México- CDMX, por las consideraciones expuestas en la presente resolución.
Artículo Segundo.- INDICAR, que la participación de los Funcionarios antes mencionados no irrogará gastos al Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo, debido a que el Proyecto denominado: “Dinamización del Ecosistema Regional de Innovación y Emprendimiento para fortalecimiento de Capacidades y Vinculación de Actores Estratégicos en la Región de San Martín (DER-SM) cubrirá los gastos de viaje para sus participaciones en la Misión técnica.
Artículo Tercero.- NOTIFICAR, la presente resolución y sus anexos, a las instancias correspondientes de la Entidad, para su respectivo cumplimiento.
Regístrese y comuníquese.
JAVIER SINTI FLORES
Gerente General – PEHCBM
2274517-1