Modifican la Resolución de Secretaría General N° 000088-2023-DP/SG, que delega facultades y atribuciones en diversos funcionarios y servidores durante el Año Fiscal 2024
RESOLUCIÓN Nº 000019-2024-DP/SG
Lima, 27 de marzo del 2024
VISTOS: El Memorando N° 000115-2024-DP/SG, de la Secretaría General; el Memorando N° 000249-2024-DP/SSG y el Informe N° 000055-2024-DP/SSG, ambos de la Subsecretaría General; el Informe N° 000086-2024-DP/OGAJ y el Informe Legal N° 000019-2024-DP/OGAJ-SSS, ambos de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución de Secretaría General N° 088-2023-DP/SG, de fecha 31 de diciembre del 2023, se delegan diversas facultades y atribuciones de la Secretaría General al Subsecretario General, el Jefe de la Casa Militar, el Director de la Oficina General de Administración, el Director de la Oficina de Abastecimiento y el Director de la Oficina de Recursos Humanos;
Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el literal f) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución N° 000088-2023-DP/SG, se delega en el Subsecretario General la facultad, entre otras, de: “Suscribir, los términos de referencia, contratos, adendas, prórrogas, renovaciones, conformidades de servicios, y en general, todo lo que dispuesto en el Decreto Ley N° 25650 y sus modificatorias; así como en los “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley N° 25650 ” aprobados mediante Resolución Ministerial N° 118-2021-EF-43, en los procesos para la contratación de consultores, a través del Fondo de Apoyo Gerencial – FAG, lo cual implica:
- Suscripción de las solicitudes para el registro de Contratos; -Suscripción de Contrato de Locación de Servicios;
- Suscrición del Anexo N° 01 “Términos de Referencia del Servicio”;
- Suscripción de solicitud para el registro de prórroga y/o renovación de contratos;
- Suscripción del Anexo N° 08 “Adenda”;
- Suscripción de la solicitud para el pago de honorarios;
- Comunicación a la Unidad Transitoria de Pago cuando el consultor deje de prestar servicios, bajo cualquier causa y/o motivo;
- Comunicación a la Unidad Transitoria de Pago, de manera inmediata, en caso tome conocimiento de la imposición al consultor de alguna sanción de destitución firme o que haya agotado la vía administrativa y/o con sentencia condenatoria consentida y/o ejecutoriada;
- Otros documentos relacionados con el FAG en el marco del Decreto Ley N° 25650”.
Que, a través del Informe N° 000055-2024-DP/SSG, la Subsecretaría General propone modificar los artículos 1 y 5 de la Resolución N° 000088-2023-DP/SG, de fecha 31 de diciembre del 2023, con el propósito de optimizar la gestión administrativa en el Despacho Presidencial, en lo referido a las disposiciones legales vigentes relacionadas al Fondo de Apoyo Gerencial-FAG; siendo que, por Memorando N° 000115-2024-DP/SG la Secretaría General comunica que considera procedente continuar con el trámite correspondiente.
Que, mediante el Informe N° 000086-2024-DP/OGAJ y el Informe Legal N° 000019-2024-DP/OGAJ-SSS, la Oficina General de Asesoría Jurídica, opina que resulta legalmente viable emitir la resolución de Secretaría General que modifica los artículos 1 y 5 de la Resolución de Secretaría General N° 000088-2023-DP/SG, delegación de facultades del Titular de la Entidad.
Con los vistos de la Subsecretaría General, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; y el Decreto Supremo Nº 077-2016-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, modificado por el Decreto Supremo Nº 037-2017-PCM; y,
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación de la delegación de facultades
Modificar los artículos 1 y 5 de la Resolución de Secretaría General N° 000088-2023-DP/SG, en los siguientes términos:
“Artículo 1.- Delegación en la Subsecretaría General
Deléguese las siguientes facultades y atribuciones de la Secretaría General:
1.1 En materia de Gestión Administrativa:
a) Suscribir los requerimientos y/o solicitudes de bienes, servicios, viáticos, pasajes en los casos en los cuales el área usuaria sea el Despacho de la Secretaría General; así como firmar las autorizaciones y/o conformidades generadas como consecuencia de los requerimientos y/o solicitudes en mención.
b) Suscribir y supervisar, en representación del Despacho Presidencial, convenios marco y específicos, nacionales e internacionales de asistencia, Cooperación mutua y Colaboración interinstitucional, así como las adendas respectivas y suscribir toda la documentación que permita su ejecución, en el ámbito de sus competencias y en el marco de la normatividad vigente.
c) Representar al Despacho Presidencial ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas, en las que se requiera iniciar, y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, interponer recursos administrativos de impugnación, queja contra defectos de tramitación, rectificación de errores, entre otras pretensiones administrativas.
d) Designar a los responsables titulares y suplentes de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora: Despacho Presidencial (001061).
e) Aprobar, modificar o derogar directivas, manuales de procedimientos, y todo tipo de disposiciones internas vinculadas a la conducción de la institución; excepto en aquellas materias específicas delegadas a otros órganos.
f) Aprobar y autorizar, las acciones correspondientes para la implementación de la Gestión de la Continuidad Operativa, de conformidad con los “Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa de las entidades públicas en los tres niveles de gobierno”, aprobados por Resolución Ministerial N° 320-2021-PCM.
g) Designar y dejar sin efecto la designación de los Fedatarios Institucionales.”
(…)
“Artículo 5.- Delegación en el/la Director/a de la Oficina de Recursos Humanos
Deléguese las siguientes facultades y atribuciones de la Secretaría General:
(…)
i) Suscribir, los términos de referencia, contratos, adendas, prórrogas, renovaciones, conformidades de servicios, y en general, todo lo que dispuesto en el Decreto Ley N° 25650 y sus modificatorias; así como en los “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley N° 25650 ” aprobados mediante Resolución Ministerial N° 118-2021-EF-43, en los procesos para la contratación de consultores, a través del Fondo de Apoyo Gerencial – FAG, lo cual implica:
- Suscripción de las solicitudes para el registro de Contratos;
- Suscripción de Contrato de Locación de Servicios; -Suscrición del Anexo N° 01 “Términos de Referencia del Servicio”;
- Suscripción de solicitud para el registro de prórroga y/o renovación de contratos;
- Suscripción del Anexo N° 08 “Adenda”;
- Suscripción de la solicitud para el pago de honorarios;
- Comunicación a la Unidad Transitoria de Pago cuando el consultor deje de prestar servicios, bajo cualquier causa y/o motivo;
- Comunicación a la Unidad Transitoria de Pago, de manera inmediata, en caso tome conocimiento de la imposición al consultor de alguna sanción de destitución firme o que haya agotado la vía administrativa y/o con sentencia condenatoria consentida y/o ejecutoriada;
- Otros documentos relacionados con el FAG en el marco del Decreto Ley N° 25650.”
Artículo 2.- Publicación y difusión
Encargar a la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente resolución en la Página Web Institucional del Despacho Presidencial (www.gob.pe/presidencia), en el plazo de un (01) día hábil contado desde su emisión, en adición a la publicación efectuada en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE ERNESTO VILCHEZ VILCHEZ
Secretario General
2274839-1