Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho

Aprueban el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho

ORDENANZA N° 465-MDSJL

San Juan de Lurigancho, 26 de marzo de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO

DE LURIGANCHO

VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha, y de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 9 y del artículo 39 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO

DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025 DE La MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

SAN JUAN DE LURIGANCHO

Artículo 1.- APROBAR el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, el mismo que consta de seis (06) Capítulos, veinte (20) Artículos y cinco (05) Disposiciones Complementarias Finales, el que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2.- FACULTAR al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias de la presente Ordenanza, así como dictar disposiciones modificatorias de los Anexos del Reglamento aprobado en el artículo 1 de la presente resolución.

Artículo 3.- DEJAR sin efecto cualquier disposición interna que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Artículo 4.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, Gerencia de Desarrollo Humano, Gerencia de Desarrollo Urbano y demás unidades de organización pertinentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza y su Reglamento.

Artículo 5.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial El Peruano, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación y a la Oficina General de Gobierno Digital e Innovación en coordinación con la Oficina General de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación de la presente Ordenanza y el Anexo en el Portal Institucional (www.munisjl.gob.pe) y a la Gerencia de Desarrollo Humano la difusión correspondiente.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JESÚS MALDONADO AMAO

Alcalde

2274845-1