Aprueban el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024 -2030 del Sector Comercio Exterior y Turismo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 081-2024-MINCETUR
Lima, 27 de marzo de 2024
VISTOS, el Informe Técnico Nº 000003-2024-CEPLAN-DNCPPSEM de la Coordinadora de Políticas Nacionales y Planes Sectoriales de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; el Oficio Nº 000171-2024-CEPLAN-PCD de la Presidencia del Consejo Directivo del CEPLAN; el Informe Nº 0091-2024-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto; el Memorándum Nº 306-2024-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, determina y regula el ámbito, estructura orgánica básica, competencia y funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; como un organismo del Poder Ejecutivo y constituye un pliego presupuestal con autonomía administrativa y económica de acuerdo a Ley;
Que, de acuerdo al literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Ministerios, tienen entre sus funciones generales, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; asimismo, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley citada, señala que a los Ministros de Estado les corresponde las funciones de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo del Marco de la Administración Financiera del Sector Público, señala que la administración financiera del Sector Público se encuentra vinculada con los planes y/o políticas nacionales, sectoriales e institucionales de corto, mediano y largo plazo;
Que, el numeral 7.2 del artículo 7 de la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/PCD, y formalizada la modificación por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 00009-2021/CEPLAN/PCD, (en adelante, la Directiva), establece que: i) Las políticas de Estado, en consonancia con la Visión del País, se concretan en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional – PEDN; ii) Las políticas nacionales, sectoriales y multisectoriales, en el marco de las Políticas de Estado y de conformidad con la Política General de Gobierno, se concretan en los planes estratégicos sectoriales multianuales – PESEM y los planes estratégicos multisectoriales – PEM; iii) Las políticas territoriales, a nivel regional y local, se concretan en los planes de desarrollo regional concertado – PDRC y planes de desarrollo local concertado – PDLC; y, iv) Las políticas institucionales en el marco de las políticas nacionales y territoriales según corresponda, se concretan en los planes estratégicos institucionales - PEI y los planes operativos institucionales - POI;
Que, el tercer párrafo del numeral 7.3 del artículo 7 de la Directiva establece que a nivel institucional los objetivos expresados en los PEI, para su implementación en los POI, se articulan con los objetivos estratégicos, entre otros, del PESEM, según corresponda al tipo de entidad;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 095-2022-PCM, se aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional – PEDN al 2050, que constituye el instrumento técnico de planeamiento estratégico para implementar la Visión del país al 2050, las Políticas de Estado del Acuerdo Nacional y los compromisos asumidos por el Perú en el ámbito internacional; asimismo, en el segundo párrafo de la Tercera Disposición Complementaria Final, señala que: “(…) Los sectores formulan y aprueban su Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) articulados al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050 en un plazo no mayor de trescientos treinta (330) días calendario, contado a partir de la entrada en vigencia del citado Decreto Supremo; además, la Quinta Disposición Complementaria Final, establece que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo, el CEPLAN, de manera excepcional, puede ampliar el plazo a que se refiere la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo;
Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 112-2023/CEPLAN/PCD, se dispone la ampliación excepcional de plazo para la formulación y aprobación del Plan Estratégico Sectorial Multianual articulado al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050, aprobado mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00037-2023/CEPLAN/PCD, hasta el 31 de marzo de 2024, plazo que será aplicable a todos los sectores del Poder Ejecutivo del Gobierno Nacional;
Que, con la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 009-2023/CEPLAN/PCD, se aprueba la “Guía Metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial”, la misma que tiene como objetivo, establecer y detallar la metodología para el proceso de formulación del PESEM, conforme al ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; indicando, además, que dicha Guía prevalece sobre algún otro instrumento metodológico;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 100-2023-MINCETUR se formaliza el inicio del proceso de formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual – PESEM 2023 – 2030 del Sector Comercio Exterior y Turismo, para lo cual se conforma el “Grupo de Trabajo Sectorial”, de naturaleza temporal, con el objeto de elaborar y formular el PESEM del Sector;
Que, a través del Oficio Nº 000171-2024-CEPLAN-PCD, del 22 de marzo de 2024, el Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN remite el Informe Técnico Nº 000003-2024-CEPLAN-DNCPPESEM por el cual la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN emite opinión favorable al proyecto del Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM 2024 - 2030 del Sector Comercio Exterior y Turismo, señalando que cumple con lo dispuesto en la Guía Metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial, aprobada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 00009-2023/CEPLAN/PCD, recomendando continuar con los trámites correspondientes para su aprobación mediante acto resolutivo;
Que, mediante Memorándum Nº 306-2024-MINCETUR/SG/OGPPD la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo remite el Informe Nº 0091-2024-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto, a través del cual, propone la aprobación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024 – 2030 del Sector Comercio Exterior y Turismo;
Que, conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes, es necesario aprobar el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024 - 2030 del Sector Comercio Exterior y Turismo;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y sus modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo del Marco de la Administración Financiera del Sector Público, y su modificatoria; la Ley Nº 27790, Ley de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/PCD, y formalizada la modificación por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 00009-2021/CEPLAN/PCD; y, la “Guía Metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial”, aprobada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 009-2023/CEPLAN/PCD;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024 -2030 del Sector Comercio Exterior y Turismo, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus organismos públicos adscritos, formulen nuevos documentos de gestión que se alineen al Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024 - 2030 del Sector Comercio Exterior y Turismo, aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
2274647-1