Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional José María Arguedas - UNAJMA, a favor de la Contraloría General de la República
UNIVERSIDAD NACIONAL
JOSÉ MARÍA ARGUEDAS
Rectorado
RESOLUCIÓN RECTORAL
N° 009-2024-UNAJMA/R
Andahuaylas, 31 de enero de 2024
VISTOS: El Oficio N° 000053-2024-CG/GRECE, de fecha 12 de enero de 2024; el Informe N° 0097-2024-OPP-UNAJMA, de fecha 26 de enero de 2024; el Proveído Nº 196-2024-R de fecha 29 de enero de 2024; por el que el rector dispone la emisión de la presente con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 28372 del 29 de octubre de 2004, se crea la Universidad Nacional José María Arguedas con sede en la Provincia de Andahuaylas, Región Apurímac; y por Resolución N° 035-2017-SUNEDU/CD del 02 de octubre de 2017, el Consejo Directivo de la SUNEDU, otorga la Licencia Institucional a la Universidad Nacional José María Arguedas;
Que, la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, en su artículo 8, respecto a la autonomía universitaria, establece que “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: Normativo, De gobierno, Académico, Administrativo y Económico”;
Que, en el artículo 60 de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, respecto al Rector, establece que “El Rector es el personero y representante legal de la universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la presente Ley y del Estatuto”;
Que, mediante Resolución N° 007-2023-CEU-UNAJMA, de fecha 26 de junio de 2023, el Comité Electoral Universitario de la UNAJMA, reconoce al Dr. Edgar Luis Martínez Huamán, como Rector, Dra. Cecilia Edith García Rivas Plata, Vicerrectora Académica y Dra. Mery Luz Masco Arriola, Vicerrectora de Investigación, de la Universidad Nacional José María Arguedas;
Que, mediante la Ley Nº 31953 se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público correspondiente al año fiscal 2024, en cuyo marco mediante la Resolución de Consejo Universitario N° 0223-2023-UNAJMA-CU de fecha 29/12/2023, aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al año fiscal 2024 del Pliego 544 Universidad Nacional José María Arguedas;
Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;
Que, asimismo, establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. De igual manera, la resolución del titular del pliego se publica el diario oficial “El Peruano”;
Que, mediante Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG se aprobó la Directiva N° 05-2022-CG/GAD, denominada “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, cuyo objetivo es desarrollar los procesos de registro, designación y contratación de las sociedades de auditoría para la ejecución de auditoría financiera gubernamental a las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, la cual dispone en su numeral 7.2 que “las entidades son incorporadas en los CPM luego que han pagado por el derecho por designación y que la transferencia financiera por retribución económica ha sido incorporada al presupuesto de la CGR, conforme a lo establecido en la Ley N° 27785 y su modificatoria”;
Que, a través del Oficio N° 000053-2024-CG/GRECE, de fecha 12 de enero de 2024, recibido el 22 de enero de 2024, la Contraloría General de la República solicita a la Unajma que, efectúe la transferencia financiera de la retribución económica de los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría del periodo 2023, a fin de que la entidad sea incluida en el próximo concurso público de méritos para designar una sociedad de auditoría que efectúe la auditoría de los períodos 2023 y 2024;
Que, mediante Informe N° 0097-2024-OPP-UNAJMA, de fecha 26 de enero de 2024, el Lic. Adm. Eduardo Guía Alcarraz, jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite al director general de Administración, Lic. Adm. Ruben Franklin Ponceca Barboza, el informe con opinión técnica favorable en materia presupuestal para la aprobación de la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 002-1698 Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, hasta por la suma de S/ 80,958.00 (ochenta mil novecientos cincuenta y ocho con 00/100 soles) para financiar el 100% de la retribución económica (incluido IGV) del periodo 2023 y 2024 para la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar la auditoría financiera gubernamental a la Universidad Nacional José María Arguedas. Asimismo, otorga la disponibilidad presupuestal favorable por la suma de S/ 4,116.00 (cuatro mil ciento dieseis con 00/100 soles) para financiar el pago de Derecho de designación por los periodos 2023 y 2024;
Que, mediante Informe N° 0003-2024-UNAJMA-DIGA, de fecha 29 de enero de 2024, el Lic. Adm. Ruben Franklin Ponceca Barboza, director general de Administración solicita al rector de la Unajma, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán, la aprobación de transferencias financiera de acuerdo al Informe N° 0097-2024-OPP-UNAJMA y Oficio N° 000053-2024-CG/GRECE;
Que, con Proveído Nº 196-2024-R, de fecha 29 de enero de 2024, el Dr. Edgar Luis Martínez Huamán, rector de la Unajma, dispone al secretario general proyectar la presente resolución con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario;
Por estos considerandos y en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y el Estatuto de la Unajma, al rector y con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 544: Universidad Nacional José María Arguedas - UNAJMA, hasta por la suma de S/ 85,074.00 (ochenta y cinco mil setenta y cuatro con 00/100 soles) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 002-1698 Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, de acuerdo al siguiente detalle:
Concepto |
Monto S/ |
100% retribución económica (incluye IGV) del periodo 2023 |
40,479.00 |
100% retribución económica (incluye IGV) del periodo 2024 |
40,479.00 |
Derecho de designación por los periodos 2023 y 2024 |
4,116.00 |
Artículo Segundo.- FINANCIAMIENTO, la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto institucional del Pliego 544: Universidad Nacional José María Arguedas - UNAJMA, en la Fuente de Financiamiento 2 Recursos Directamente Recaudados, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Específica del Gasto 2.4.1.3.1 1 “Otras unidades del gobierno nacional”.
Artículo Tercero.- LIMITACIÓN DEL USO DE LOS RECURSOS, los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo Cuarto.- DISPONER a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional de la Universidad Nacional José María Arguedas, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad Nacional José María Arguedas, adoptar acciones correspondientes para el cumplimiento de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
EDGAR LUIS MARTÍNEZ HUAMÁN
Rector
RODNEY VELIZ MONTESINOS
Secretario General
2284971-1