Modifican la R.M. Nº 0537-2022-MIDAGRI, que encargó al Programa Subsectorial de Irrigaciones – PSI, el Proyecto Chavimochic Tercera Etapa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0151-2024-MIDAGRI
Lima, 6 de mayo de 2024
VISTOS:
El Memorando Nº 446-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/DGIHR-DG de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego que adjunta el Informe Nº 0014- 2024- MIDAGRI-DVDAFIR/DGIHR-DNIHR-GCV; el Proveído de fecha 30 de abril de 2024 del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego y el Informe Nº 0537-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 82.1 del artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que la realización de actividades con carácter material, técnico o de servicios de competencia de un órgano puede ser encargada a otros órganos o entidades por razones de eficacia, o cuando la encargada posea los medios idóneos para su desempeño por sí misma;
Que, el Reglamento de la Ley Nº 28585, Ley que crea el Programa de Riego Tecnificado, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2006-AG, y sus modificatorias, tiene por objeto normar las iniciativas del sector público en materia de riego tecnificado; la creación y funcionamiento del Programa de Riego Tecnificado; su articulación nacional, regional y local; así como los beneficiarios, la asignación de incentivos de riego tecnificado y los proyectos a ser financiados; siendo el Ministerio el ente rector en materia de riego tecnificado, conforme al artículo 6 del referido Reglamento;
Que, con fecha 09 de mayo de 2014, se suscribió el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic (en adelante, el Contrato de Concesión) entre el Gobierno Regional de La Libertad (en adelante, el GORE), en calidad de Concedente y la empresa Chavimochic S.A.C. (en adelante, el Concesionario);
Que, con fecha 23 de julio de 2020, se suscribió el Convenio Nº 004-2020-MINAGRI-DM entre el GORE y el MIDAGRI (antes Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI) en el marco de lo dispuesto en la Décimo Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 021-2020, cuyo objeto es la transferencia de la titularidad del Proyecto Chavimochic Tercera Etapa del GORE a favor del MIDAGRI, así como cambiar al representante legal del Concedente en el Contrato de Concesión;
Que, con Oficio Nº 086-2020-MINAGRI-DVDIAR, se designó al PSI como Unidad Ejecutora de Inversiones del Proyecto Especial Chavimochic Tercera Etapa, el cual ejerce las funciones establecidas en el numeral 13.3 del artículo 13 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF;
Que, el 28 de abril de 2022, se emitió el Laudo Arbitral que resuelve la Caducidad Anticipada del Contrato de Concesión para el diseño, construcción, operación y mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic Tercera Etapa, el mismo que fue comunicado al MIDAGRI el 04 de octubre de 2022 y tiene autoridad de cosa juzgada arbitral a partir del 23 de enero de 2023;
Que, con Resolución Ministerial Nº 0537-2022- MIDAGRI, del 05 de diciembre de 2022, se encargó al Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI el Proyecto Chavimochic Tercera Etapa, a fin que reciba la obra y bienes de concesión, así como realice las gestiones y contrataciones necesarias para garantizar la continuidad del citado Proyecto, en el marco de lo dispuesto en el numeral 58.1 del artículo 58 del Decreto Legislativo Nº 1362;
Que, mediante Informe Nº 429-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPMI, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones - OPMI del MIDAGRI, que ha identificado que (i) el Proyecto de Inversión “Proyecto Chavimochic Tercera Etapa” identificado con CUI Nº 2077997 se encuentra activo, viable en fase de ejecución, y se está registrado en la Programación Multianual de Inversiones 2024-2026 vigente del Sector; (ii) que la citada inversión cuenta con APM 2024 por un total de S/ 63,248,589; (iii) actualmente. tiene como Unidad Formuladora y Unidad Ejecutora de Inversiones al Programa Subsectorial de Irrigaciones -PSI entidad perteneciente al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego MIDAGRI;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2024- MIDAGRI, se autorizó al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego a suscribir el Acuerdo de Estado a Estado para la contratación del Servicio de Asistencia Técnica del Proyecto Chavimochic Tercera Etapa y a realizar los actos necesarios para la formalización y adecuada implementación del Acuerdo de Estado a Estado;
Que, con fecha 30 de abril de 2024, se suscribió el Contrato de Estado a Estado del Servicio de Asistencia Técnica para la ejecución del Proyecto CHAVIMOCHIC Tercera Etapa MIDAGRI entre el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y el Estado de Canadá representado por Canadian Commercial Corporation (CCC);
Que, mediante Memorando Nº 446-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/DGIHR-DG, la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego solicita al Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, gestionar el acto resolutivo que delegue en el Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI (i) las acciones vinculadas al Contrato de Estado a Estado atendiendo a la magnitud y complejidad de la gestión contractual; y, (ii) las acciones que deriven de la Caducidad Anticipada del Contrato de Concesión; pedido que sustenta con el Informe Nº 0014-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-DGIHR-DNIHR-GCV;
Que, mediante Informe Nº 0537-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que corresponde modificar la Resolución Ministerial Nº 0537-2022-MIDAGRI, a fin de que, manteniendo el mecanismo del encargo por razones de eficiencia, se atienda lo solicitado por la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego y que el Programa Subsectorial de Irrigación – PSI pueda operar adecuadamente con dicho mecanismo durante toda la ejecución contractual;
Que, asimismo, teniendo en cuenta que la caducidad del Contrato de Concesión ha generado diversos pronunciamientos judiciales y arbitrales mediante resoluciones y laudos, es recomendable que el Programa Subsectorial de Irrigación - PSI se encargue también de su cumplimiento; pudiendo realizar para tal efecto las acciones, contrataciones y gestiones, así como todo acto administrativo y/o de administración que sea necesario;
Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Director General de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego; y, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 537-2022-MIDAGRI que encarga al Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI el Proyecto Chavimochic Etapa III.
Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 537-2022-MIDAGRI, que encarga al Programa Subsectorial de Irrigaciones – PSI, el Proyecto Chavimochic Tercera Etapa, el mismo que queda redactado en los siguientes términos:
“Artículo 1.- Encargo de acciones vinculadas al Contrato de Estado a Estado del Proyecto Chavimochic Tercera Etapa
Encargar al Programa Subsectorial de Irrigaciones – PSI, la administración, supervisión, gestión, coordinación, contrataciones, formulación de consultas u observaciones, otorgamiento de conformidades, pagos, así como todo acto administrativo y/o de administración necesario para garantizar la adecuada ejecución del Contrato de Estado a Estado del Proyecto Chavimochic Tercera Etapa” durante su vigencia.
Artículo 2.- Encargo de acciones que deriven de la Caducidad Anticipada del “Contrato de Concesión para el diseño, construcción, operación y mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic Tercera Etapa”
Encargar al Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI a realizar las acciones, contrataciones y gestiones, así como todo acto administrativo y/o de administración necesario para dar cumplimiento a laudos y sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada u otros mandatos judiciales que deriven de la caducidad del “Contrato de Concesión para el diseño, construcción, operación y mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic Tercera Etapa”.
Artículo 3.- Comunicación
Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e infraestructura Agraria y Riego; al Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI) y a la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego, para las coordinaciones y acciones pertinentes.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
2285845-1