Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional de Ingeniería a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional de Ingeniería a favor de la Contraloría General de la República

UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA

Resolución Rectoral

N° 0911-2024-UNI

Lima, 21 de marzo de 2024

VISTO:

El Oficio N° 552-I-OPP-J-2024 del 14 de marzo de 2024 emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad Nacional de Ingeniería.

CONSIDERANDO:

El Artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que “Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes”.

El literal b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Ingeniería aprobado con Resolución Rectoral N° 0142-2023-UNI del 26 de enero de 2023, establece como una de las funciones del Rectorado, “Dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa, económica y financiera, apoyado en órganos competentes”.

Mediante Resolución Rectoral N° 4021-2023-UNI del 28 de diciembre de 2023, se aprobó entre otros, el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondientes al Año Fiscal 2024 del Pliego 514: UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA por Categoría de Gastos, en mérito a lo establecido en la Ley N° 31953, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024.

El Numeral 1.1. del Artículo 1° de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente modificado por la Décima Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 31640 establece que la “La ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (cinco millones con 00/100 soles), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República”.

Del mismo modo el Numeral 2.1. del Artículo 2” del referido dispositivo legal preceptúa que: “Para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se refiere el Artículo 1° de la presente ley, se destina para su financiamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental”, correspondiendo la transferencia del 1% de dicho financiamiento a la Contraloría General de la República.

Asimismo, el numeral 4.1 del Artículo 4° de ese mismo dispositivo legal preceptúa que: “Para el cumplimiento de la presente ley, autorízase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la presente ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del pliego 019-Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza”.

Por otro lado, el noveno párrafo del Numeral 7.4 de la Directiva N° 016-2023-CG-GMPL señala que: “Las transferencias financieras a favor de la Contraloría, en el marco de la Ley N° 31358, las gestiona la OP de la entidad y se aprueban mediante resolución del titular del pliego, en el caso del gobierno nacional”. Para el caso se dispone en el citado numeral, que para la operatividad de las transferencias financieras, las entidades deberán, entre otras, considerar como disposición que: “En el caso de inversiones, el registro se realiza en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión “6000053 CONTROL CONCURRENTE” en la Finalidad “0348747 CONTROL CONCURRENTE” y en la Específica de Gasto “2.4.2.3.1.1. A OTRAS UNIDADES DE GOBIERNO NACIONAL”, de la categoría de gasto de capital, con cargo al presupuesto institucional de la entidad”.

El Inciso ii) del Literal b) del Numeral 17.1. del Artículo 17° de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada mediante Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, establece el procedimiento a seguir en el registro de la ejecución de transferencias financieras enmarcadas en el Artículo 4° de la Ley N° 31358.

Mediante Oficio N° 000118-2023-CG/SGE del 06 de febrero de 2023, el Secretario General de la Contraloría General de la República solicitó a la Universidad Nacional de Ingeniería, en el marco de lo dispuesto en el Artículo 4° de la antedicha Ley N° 31358, efectuar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por el monto de S/ 352,138.50 (trescientos cincuenta y dos mil ciento treinta y ocho con 50/100 soles) con cargo a los proyectos de inversión identificados con CUI : N° 2171470 por la suma de S/ 18,842.00 (dieciocho mil ochocientos cuarenta y dos con 00/100 soles), N° 2046351 por la suma de S/ 49,372.50 (cuarenta y nueve mil trescientos setenta y dos con 50/100 soles), N° 2399563 por la suma de S/ 50,380.50 (cincuenta mil trescientos ochenta con 50/100 soles), N° 2514165 por la suma de S/ 50,997.00 (cincuenta mil novecientos noventa y siete con 00/100 soles), N° 2169311 por la suma de S/ 51,293.00 (cincuenta y un mil doscientos noventa y tres con 00/100 soles), N° 2168023 por la suma de S/ 62,506.50 (sesenta y dos mil quinientos seis con 50/100 soles) y N° 2233799 por la suma de S/ 68,747.00 (sesenta y ocho mil setecientos cuarenta y siete con 00/100 soles).

Mediante Oficio N° 001447-2023-CG/SGE del 05 de octubre de 2023, el Secretario General de la Contraloría General de la República solicitó a la Universidad Nacional de Ingeniería en el marco de lo dispuesto en el Artículo 4° de la referida Ley N° 31358 efectuar la transferencia a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por el monto total de S/ 478,929.00 (cuatrocientos setenta y ocho mil novecientos veintinueve con 00/100 soles) con cargo a los proyectos de inversión identificados con CUI: N° 2112994 por la suma de S/ 110,218.00 (ciento diez mil doscientos dieciocho con 00/100 soles), N° 2168023 por la suma de S/ 65,284.00 (sesenta y cinco mil doscientos ochenta y cuatro con 00/100 soles), N° 2169311 por la suma de S/ 57,053.00 (cincuenta siete mil cincuenta y tres con 00/100 soles) y N° 2171554 por la suma de S/ 246,374.00 (doscientos cuarenta y seis mil trescientos setenta y cuatro con 00/100 soles).

Con Oficio N° 239-2024-AISJ-UEI-UNI del 08 de marzo de 2024, el Jefe de la Unidad Ejecutora de Inversiones, solicitó a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, un incremento presupuestal para financiar el rubro de “Control Concurrente” de los proyectos de inversión con CUI: 2171554 por la suma de S/ 246,374.00 (doscientos cuarenta y seis mil trescientos setenta y cuatro con 00/100 soles), N° 2399563 por la suma de S/ 50,381 (cincuenta mil trescientos ochenta y un mil con 00/100 soles) y N° 2168023 por la suma de S/ 65,284.00 (sesenta y cinco mil doscientos ochenta y cuatro con 00/100 soles) con la finalidad de cumplir con las transferencias financieras a favor de la Contraloría General de la República.

Con Nota de Modificación Presupuestal N° 0000001079 registrada y aprobada por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto el 14 de marzo de 2024, se habilitaron los créditos presupuestales de las inversiones con CUI N° 2171554 por la suma de S/ 246,374.00 (doscientos cuarenta y seis mil trescientos setenta y cuatro con 00/100 soles), N° 2399563 por la suma de S/ 50,381.00 (cincuenta mil trescientos ochenta y uno con 00/100 soles) y N° 2168023 por la suma de S/ 65,284.00 (sesenta y cinco mil doscientos ochenta y cuatro con 00/100 soles) con la finalidad de continuar con los trámites correspondientes en la citada transferencia.

En concordancia con lo antes señalado resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 514: Universidad Nacional de Ingeniería hasta por la suma de S/ 362,038.50 (trescientos sesenta y dos mil treinta y ocho con 50/100 soles) a favor del pliego 019: Contraloría General de la República.

Estando al Proveído N° 1767/ALCHN Rect.24 del 18 de marzo de 2024 del despacho del Rectorado y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 25° del Estatuto, ambas de la Universidad Nacional de Ingeniería.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 514: Universidad Nacional de Ingeniería hasta por la suma de S/ 362,038.50 (trescientos sesenta y dos mil treinta y ocho con 50/100 soles) a favor del pliego 019: Contraloría General de la República, para financiar las acciones de control concurrente de tres (03) inversiones a cargo del Pliego 514: Universidad Nacional de Ingeniería a través de la Unidad Ejecutora 001: UNI, en el marco de lo dispuesto por el Artículo 4° de la Ley N° 31358, que establece medidas para la expansión del control concurrente de acuerdo al siguiente detalle:

UE

CUI

NOMBRE DE LA INVERSIÓN

MONTO A TRANSFERIR POR EL PLIEGO 514:

UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA (S/)

=======================================================================================================================================

1

001-UNI

2171554

MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE LABORATORIO DE MECÁNICA DE SUELOS DE LA FIC DE LA UNI

246,374.00

2

001-UNI

2399563

ADQUISICIÓN DE UNIDAD DE LABORATORIO EN LA FACULTAD DE INGENIERIA QUÍMICA Y TEXTIL EN LA LOCALIDAD RÍMAC, DISRITO RÍMAC, PROVINCIA LIMA, DEPARTAMENTO LIMA

50,380.50

3

001-UNI

2168023

AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LA RESIDENCIA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA CAMPUS UNI – RÍMAC - LIMA

65, 284.00

=======================================================================================================================================

TOTAL-TRANSFERENCIA AL PLIEGO 019-CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

362,038.50

Artículo 2°.- Realizar con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 514:Universidad Nacional de Ingeniería para el Año Fiscal 2024, Unidad Ejecutora 001:UNI por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, en la Genérica de Gastos 2.4 “Donaciones y Transferencias”, Acción de Inversión 6000053 “Control Concurrente”, Finalidad 0348747 y la Especifica de Gastos 2.4.2.3.1.1 “A otras unidades del Gobierno Nacional”, la trasferencia financiera autorizada por el Artículo 1° de la presente Resolución Rectoral.

Artículo 3°.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizado en el Artículo 1° precedente, no pueden ser destinados bajo responsabilidad a fines distintos de los que han sido transferidos.

Artículo 4°.- Disponer que se publique la presente Resolución Rectoral en el diario oficial “El Peruano”.

Artículo 5°.- Dar cuenta al Consejo Universitario.

Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.

PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA

Rector

SONIA ANAPAN ULLOA

Secretaria General

2273691-1