Autorizan viaje de personal policial a Ecuador, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
Nº 0379-2024-IN
Lima, 25 de marzo de 2024
VISTOS, el Oficio Nº 399-2024-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe Nº 000545-2024-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio Nº PN-CG-2024-0229-O, de fecha 15 de febrero de 2024, el Comandante General de la Policía Nacional del Ecuador se dirige al Comandante General de la Policía Nacional del Perú, con el propósito de extender una invitación para participar en la “VI Reunión de Altos Mandos Policiales y Unidades Especializadas con la Policía Nacional del Perú”, a llevarse a cabo los días 28 y 29 de marzo de 2024, en la ciudad de Quito de la República del Ecuador;
Que, con Informe Nº 014-2024-COMOPPOLPNP/DIRASINT-DIVCIEA., la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú sustenta la importancia y viabilidad de la designación del personal policial mencionado en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, para que participe en la comisión descrita precedentemente;
Que, a través de la Hoja de Estudio y Opinión Nº 70-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente proseguir con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial mencionado en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 27 al 30 de marzo de 2024, a la ciudad de Quito de la República del Ecuador, señalando que la participación en la reunión mencionada precedentemente resulta importante para la Policía Nacional del Perú, por cuanto permitirá fortalecer la cooperación policial internacional y mejorar las capacidades operativas, para combatir de manera más efectiva las amenazas comunes, como la inseguridad ciudadana, la delincuencia común y las organizaciones criminales transnacionales que operan en ambos países;
Que, en ese sentido, la participación del personal policial antes mencionado en la comisión asignada se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), viáticos para hospedaje, alimentación y transporte, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior;
Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”;
Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (…)”;
Que, la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;
Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento”;
Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;
Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial mencionado en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 27 al 30 de marzo de 2024, a la ciudad de Quito de la República del Ecuador;
Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del 27 al 30 de marzo de 2024, a la ciudad de Quito de la República del Ecuador, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, del personal policial que se detalla a continuación:
- Teniente General PNP OSCAR MANUEL ARRIOLA DELGADO
- General PNP ZENON SANTOS LOAYZA DIAZ
- General PNP MARCO ANTONIO CONDE CUELLAR
- General PNP ALDO JUAN AVILA NOVOA
- Coronel PNP CARLOS FREDY ALCANTARA OBREGON
- Coronel PNP JOSE MIGUEL CAMPOS MILIAN
Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos de ida y vuelta, incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto, del personal policial mencionado en el artículo precendente, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo con el siguiente detalle:
Importe |
Días |
Personas |
Total |
|
Viáticos |
US$ 370,00 |
3 |
6 |
US$ 6 660,00 |
Pasajes aéreos |
US$ 919,00 |
6 |
US$ 5 514,00 |
Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Víctor Manuel Torres Falcón
Ministro del Interior
2274041-1