Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 116-2024-MINEM/DM

Lima, 25 de marzo de 2024

VISTOS: El Oficio N° 001229-2023-CG/GRECE de la Contraloría General de la República; el Informe N° 053-2023/MINEM-OGPP/OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00022-2024-MINEM/SG-OGA de la Oficina General de Administración; el Memorando Nº 00259-2024/MINEM-OGA-OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; el Informe N° 313-2024/MINEM-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2024, se emite la Resolución Ministerial Nº 518-2023-MINEM/DM que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondientes al Año Fiscal 2024 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas;

Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, indica que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiendo publicarse en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, mediante Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como, el impuesto general a las ventas-IGV y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoria por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, empresas prestadoras de servicios de saneamiento, universidades, empresas en liquidación bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), proyectos/programas y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoria que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, la Contraloría General de la República con Oficio N° 001229-2023-CG/GRECE, solicita al Ministerio de Energía y Minas, realizar la transferencia financiera de la retribución económica, para la contratación y pago de la sociedad auditora que previo concurso público de méritos, sea designada para realizar la auditoria financiera gubernamental del Ministerio de Energía y Minas del periodo 2024;

Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe N° 053-2023/MINEM-OGPP/OPRE emite opinión favorable respecto a la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, señalando que cuenta con los recursos presupuestales disponibles hasta por el monto de S/260 000,00 (Doscientos Sesenta Mil y 00/100 Soles) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Meta Presupuestaria 0024 “Gestión Administrativa” de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas-Central, en el presente año 2024, para financiar los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría, conforme lo establece el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control;

Que, asimismo, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con fecha 21 de febrero de 2024, aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario N° 2024-00750-001 (SIAF 00000000771), por el monto de S/ 234 112,00 (Doscientos Treinta y Cuatro Mil Ciento Doce y 00/100 Soles) para la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;

Que, la Oficina General de Administración a través del Informe N° 00022-2024-MINEM/SG-OGA sustenta la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República; asimismo, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración con Memorando Nº 00259-2024/MINEM-OGA-OFIN, precisa que la estructura programática es la señalada por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y por su parte la Oficina General de Asesoría Jurídica con Informe N° 313-2024/MINEM-OGAJ emite opinión favorable; por lo que, corresponde emitir el acto resolutivo que autoriza la citada transferencia financiera;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2024; la Ley N° 27785, Ley Orgánica el Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias; y la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, que aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como, el IGV y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional deben transferir a la Contraloría General de la República;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizar la transferencia financiera de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas-Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas hasta por el monto de S/ 234 112,00 (Doscientos Treinta y Cuatro Mil Ciento Doce y 00/100 Soles) a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente a la retribución económica (incluido el IGV) por el periodo 2024, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control.

Artículo 2.- Financiamiento y limitaciones al uso de los recursos

La transferencia financiera señalada en el artículo precedente se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el presente año fiscal del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, en la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados, cuyos recursos no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron transferidos, según el siguiente detalle:

DEL

Pliego : 016 Ministerio de Energía y Minas.

Unidad Ejecutora : 001 Ministerio de Energía y Minas-Central

Fuente de Financiamiento : Recursos Directamente Recaudados

Gastos Corrientes:

2.4.1 Donaciones y Transferencias

2.4.1.3.1.1A Otras Unidades del Gobierno Nacional S/ 234 112,00

AL

Pliego : 019 Contraloría General

Unidad Ejecutora : 002-1698 Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RÓMULO MUCHO MAMANI

Ministro de Energía y Minas

2273566-1