Designan Jefe de Órgano de Control Institucional del Jurado Nacional de Elecciones
RESOLUCIÓN de Contraloría
N° 005-2020-cg
Lima, 2 de enero de 2020
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Contraloría N° 073-2018-CG de fecha 08 de marzo de 2018, se designó al señor Gustavo Adolfo Pajares Gómez, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Jurado Nacional de Elecciones;
Que, el numeral 7.2.4 de la Directiva N° 007-2015-CG/PROCAL “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, vigente a la fecha, establece que la designación de los Jefes de Órganos de Control Institucional termina por la ocurrencia de los hechos siguientes: a) Advertirse alguna situación sobreviniente que no le permitan continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.4.1 de dicha Directiva; b) Por renuncia del Jefe del Órgano de Control Institucional; y, c) Por razones de interés nacional de la Contraloría General de la República, para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación;
Que, en ese sentido, por razones de interés institucional resulta pertinente dar por concluida la designación del señor Gustavo Adolfo Pajares Gómez en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Jurado Nacional de Elecciones;
Que, por lo señalado y en el marco de la normativa citada resulta por conveniente disponer las acciones necesarias respecto de la Jefatura del Órgano de Control Institucional de la entidad mencionada en el considerando precedente;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 32° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida a partir del 02 de enero de 2020, la designación del señor Gustavo Adolfo Pajares Gómez, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Jurado Nacional de Elecciones.
Artículo 2.- Designar a partir del 02 de enero de 2020, al señor Juan Jorge Orellana Ulfe, en el cargo de Jefe de Órgano de Control Institucional del Jurado Nacional de Elecciones.
Artículo 3°.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información, adopten las acciones de su competencia, a efecto de implementar lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 4°.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado peruano (www.peru.gob.pe). Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la intranet de la Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELSON SHACK YALTA
Contralor General de la República
1842296-3