Aprueban la suscripción de la Quinta Adenda al Convenio de Administración de Recursos para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública (PIP) “Mejoramiento de los servicios críticos y de consulta externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Sáenz”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 2096-2019-IN
Lima, 31 de diciembre de 2019
VISTOS, el Memorando Nº 001314-2019/IN/OGIN de la Oficina General de Infraestructura; el Informe Nº 000657-2019/IN/OGPP/OP de la Oficina de Presupuesto; el Memorando Nº 002659-2019/IN/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 003107-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se aprueba el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos para el Año Fiscal 2019, incluyéndose en el mismo los recursos presupuestarios del Pliego 007: Ministerio del Interior; asimismo, a través de la Resolución Ministerial Nº 1553-2018-IN se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 007: Ministerio del Interior, por la suma de S/ 10 194 162 389,00 (Diez mil ciento noventa y cuatro millones ciento sesenta y dos mil trescientos ochenta y nueve y 00/100 soles) por toda fuente de financiamiento;
Que, a través del literal e) de la Décima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se autoriza al Ministerio del Interior, durante el Año Fiscal 2019, para aprobar transferencias financieras a favor de organismos internacionales y celebrar convenios de administración de recursos y/o adendas conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 30356, con la Organización Internacional de Migraciones (OIM) para la continuidad de la ejecución del Proyecto de Inversión Pública (PIP) “Mejoramiento de los servicios críticos y de consulta externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Sáenz, Jesús María – Lima – Lima”, con Código 305924, a efectos de garantizar la ejecución del Área de Emergencia y los estacionamientos. Asimismo, se dispone que la transferencia financiera autorizada se realiza mediante resolución del Titular del Pliego, que se publica en el diario oficial El Peruano, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho Pliego;
Que, con fecha 02 de julio de 2015, el Ministerio del interior y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), suscribieron el Convenio de Administración de Recursos para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública (PIP) “Mejoramiento de los servicios críticos y de consulta externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Sáenz”, con código SNIP 305924, el cual tuvo como objeto normar los mecanismos de cooperación entre las partes para: (i) Ejecutar los procesos de selección y adjudicación para la implementación del Proyecto: “Mejoramiento de los Servicios Críticos y de Consulta Externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Saénz” (con código SNIP 305924), y; (ii) Realizar la administración de recursos durante la selección y adjudicación y el proceso de ejecución de los contratos resultantes en el marco del proyecto;
Que, el artículo 4 de la Ley Nº 30356, Ley que Fortalece la Transferencia y el Control en los Convenios de Administración de Recursos con Organizaciones Internacionales, establece los requisitos para la autorización y suscripción de convenios de administración de recursos (CAR), así como para sus modificatorias, disponiendo que previo a la suscripción del convenio resulta necesario contar con los informes favorables de las oficinas de presupuesto, de administración, de asesoría jurídica y la opinión favorable vinculante del Ministerio de Economía y Finanzas sobre la necesidad y viabilidad del convenio y que mediante acto resolutivo de carácter indelegable, el titular de la entidad aprueba la suscripción del convenio, que también es aplicable para la suscripción de adendas;
Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley Nº 30356, aprobado por Decreto Supremo Nº 381-2015-EF, dispone que las adendas que se suscriban al convenio de administración de recursos (CAR) que modifiquen la finalidad, el alcance, metas generales y específicas, objetivos o plazo, deberán cumplir, para la opinión del Ministerio de Economía y Finanzas con los requisitos establecidos en el referido Reglamento en lo que corresponda;
Que, considerando que el objeto de la suscripción de la Quinta Adenda no se enmarca dentro de los supuestos establecidos en el artículo 7 del citado Reglamento, no corresponde que el MEF emita opinión previa para su suscripción;
Que, con fecha 13 de diciembre de 2019 se suscribió la Cuarta Adenda al Convenio de Administración de Recursos para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública (PIP) “Mejoramiento de los servicios críticos y de consulta externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Sáenz, Jesús María – Lima – Lima”, con Código 305924, la cual tuvo por objeto transferir recursos, por el importe de S/ 4 979 221,00 (Cuatro millones novecientos setenta y nueve mil doscientos veintiuno y 00/100 soles), a favor de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), para garantizar la ejecución del Área de Emergencia del referido proyecto;
Que, con Memorando Nº 001314-2019/IN/OGIN, la Oficina General de Infraestructura del Ministerio del Interior solicita la emisión de la resolución ministerial y aprobación de la Quinta Adenda al Convenio de Administración de Recursos para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública (PIP) “Mejoramiento de los servicios críticos y de consulta externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Sáenz, Jesús María – Lima – Lima”, con Código 305924, al haber advertido que el monto transferido mediante Resolución Ministerial Nº 2004-2019-IN que asciende a S/ 4 979 221,00 (Cuatro millones novecientos setenta y nueve mil doscientos veintiuno y 00/100 soles), debe dividirse en S/ 647 980,24 para el rubro construcción e infraestructura moderna y funcional, S/ 4 163 586,36 correspondiente a equipamiento y mobiliario, y S/ 167 654,00 correspondiente a la supervisión de estudios definitivos y obras civiles; y no considerarse únicamente como componente de equipamiento y mobiliario;
Que, a través del Memorando Nº 002659-2019/IN/OGPP la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus competencias en materia presupuestaria y en virtud del Informe Nº 000657-2019/IN/OGPP/OP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable sobre la suscripción de la Quinta Adenda al Convenio de Administración de Recursos para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública (PIP) “Mejoramiento de los servicios críticos y de consulta externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Sáenz, Jesús María – Lima – Lima”, con Código 305924, por la suma de S/ 4 979 221,00 (Cuatro millones novecientos setenta y nueve mil doscientos veintiuno y 00/100 soles), a favor de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), a fin de modificar los componentes del monto total autorizado a transferir;
Que, la propuesta de suscripción de la Quinta Adenda al Convenio de Administración de Recursos cuenta con las opiniones favorables de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través del Memorando Nº 002659-2019/IN/OGPP, de la Oficina General de Infraestructura con Memorando Nº 001314-2019/IN/OGIN y la Oficina General de Asesoría Jurídica con el Informe Nº 003107-2019/IN/OGAJ;
Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Infraestructura y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 30356, Ley que fortalece la transparencia y el control en los convenios de administración de recursos con organizaciones internacionales, el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y modificatorias; el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y la Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Suscripción de la Quinta Adenda
Apruébase la suscripción de la Quinta Adenda al Convenio de Administración de Recursos para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública (PIP) “Mejoramiento de los servicios críticos y de consulta externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Sáenz”, con código SNIP 305924, con el objeto de modificar los componentes del monto transferido mediante Resolución Ministerial Nº 2004-2019-IN, conforme al Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Publicación
Publíquese la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter).
Artículo 3.- Presentación de la Resolución
Copia de la presente Resolución se remite a la Oficina General de Infraestructura, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Oficina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior para que efectúen las acciones que correspondan.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MORÁN SOTO
Ministro del Interior
Anexo 1
MODIFICACIONES EN LOS COMPONENTES
DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA (PIP) “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS CRÍTICOS Y DE CONSULTA EXTERNA DEL HOSPITAL NACIONAL PNP LUIS N. SÁENZ, JESÚS MARÍA – LIMA – LIMA”,
CON CÓDIGO 305924
componente del proyecto |
1/ Monto transferido a la OIM |
Variaciones por adquisición de equipamiento camas |
Monto referencial total por componente |
Monto referencial subtotal del proyecto |
OBRA |
||||
Estudios definitivos |
S/.7,079,381.98 |
S/.7,079,381.98 |
S/.347,546,072.78 |
|
Construcción de infraestructura moderna y funcinal |
S/.221,129,764.89 |
S/.647,980.24 |
S/.221,777,745.13 |
|
Estudio de impacto ambiental |
S/.30,000.00 |
S/.30,000.00 |
||
Plan de contingencia |
S/.2,243,408.16 |
S/.2,243,408.16 |
||
Equipamiento y mobiliario |
S/.112,251,951.15 |
S/.4,163,586.36 |
S/.116,415,537.51 |
|
SUPERVISIÓN |
||||
Supervisión de estudios definitivos y obras civiles |
S/.12,985,079.21 |
S/.167,654.40 |
S/.13,152,733.61 |
S/.13,152,733.61 |
Presupuesto referencial total del proyecto sin service fee |
S/.360,698,806.40 |
|||
SERVICE FEE |
S/.3,367,528.66 |
S/.3,367,528.66 |
S/.3,367,528.66 |
|
Presupuesto referencial total del proyecto con service fee |
S/.359,087,114.06 |
S/.4,979,221.00 |
S/.364,066,335.06 |
S/.364,066,335.06 |
1842089-1